Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Primer Circuito, 31 de Agosto de 2012 (Tesis num. XI.C.3 C (10a.) de Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Primer Circuito, 01-08-2012 (Tesis Aisladas))

Número de registro2001237
Número de resoluciónXI.C.3 C (10a.)
Fecha de publicación31 Agosto 2012
Fecha31 Agosto 2012
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012; Tomo 2; Pág. 1633. XI.C.3 C (10a.).
MateriaCivil,Derecho Civil

Atento al principio de derecho de que la regla especial prevalece sobre la general, si en el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Michoacán abrogado a partir del 8 de septiembre del 2008, específicamente, en sus artículos 698 y 699, se establecía la regla especial relativa a que cuando la apelación se interponga contra un auto o interlocutoria y se admita sólo en el efecto devolutivo, el apelante deberá señalar y aportar, a su costa, dentro del término de los tres días siguientes, constancias para la formación del testimonio, a las cuales se agregarán las que designe el colitigante dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación que se le haga del auto que admita el recurso, pero si el apelante no señala...

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