Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, 31 de Enero de 2013 (Tesis num. XVII.1o.C.T.12 K (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, 01-01-2013 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVII.1o.C.T.12 K (10a.)
Fecha de publicación31 Enero 2013
Fecha31 Enero 2013
Número de registro2002443
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVI, Enero de 2013; Tomo 3; Pág. 1889. XVII.1o.C.T.12 K (10a.).
MateriaComún

Los argumentos que se hagan valer como agravios contra la resolución combatida, deben referirse a un menoscabo u ofensa reales, derivados de dicha resolución, pues es ésta la que se examina a la luz de aquéllos; consecuentemente, dichos agravios son inoperantes cuando constituyen meras consideraciones de naturaleza hipotética o subjetiva, pues éstas, por su propia índole, no pueden controvertir la indicada resolución.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

Amparo en revisión 116/2012. Administradora de Fondos para el Retiro Bancomer, S.A. de C.V. 4 de octubre de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: M.d.C.C.M.. Secretario: A.M.T..

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