Tesis Aislada, Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 31 de Marzo de 2013 (Tesis num. I.11o.C.16 C (10a.) de Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-03-2013 (Tesis Aisladas))

Número de registro2003138
Número de resoluciónI.11o.C.16 C (10a.)
Fecha de publicación31 Marzo 2013
Fecha31 Marzo 2013
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVIII, Marzo de 2013; Tomo 3; Pág. 2072. I.11o.C.16 C (10a.).
MateriaCivil,Derecho Civil

Si el actuario al constituirse nuevamente en el domicilio indicado por la parte actora a fin de lograr la diligencia de requerimiento de pago, embargo y emplazamiento, previo citatorio, es atendido por una persona, diversa al deudor, que se niega a dar su nombre e identificarse, y que incluso no firma el acta respectiva, persona de la cual plasma como media filiación su estatura, complexión, color de piel y edad aproximada; tal circunstancia por sí sola no permite tener por satisfecho el debido cercioramiento de que la persona buscada tiene su domicilio en ese lugar, pues el aludido cercioramiento debe derivarse de datos que reflejen que los hechos asentados en el acta corresponden a la realidad, lo que si bien puede obtenerse a través del establecimiento de una media filiación de la persona que le manifiesta ese hecho y con la que se entiende la diligencia; también lo es que la misma no sólo debe contener los rasgos genéricos de una persona, como lo es estatura, edad, complexión y color de piel, sino que debe precisar las características particulares más notables que advierta y que den singularidad a la persona con la que se entiende tal diligencia; como pudiera ser la existencia de alguna característica física que permita diferenciar a la persona de las demás, de tal manera que esa media filiación permita satisfacer el requisito de precisar la identidad de la persona con la que se entiende la diligencia y quien manifestó ser ése el domicilio del buscado, ya que de lo contrario ésta se tornaría irregular.


DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo en revisión 266/2012. O.S.O.Á.. 23 de agosto de 2012...

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