Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 30 de Junio de 2013 (Tesis num. I.3o.C.89 C (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-06-2013 (Tesis Aisladas))

Número de registro2003869
Número de resoluciónI.3o.C.89 C (10a.)
Fecha de publicación30 Junio 2013
Fecha30 Junio 2013
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXI, Junio de 2013; Tomo 2; Pág. 1279. I.3o.C.89 C (10a.).
MateriaCivil,Derecho Civil

El artículo 2546 del Código Civil para el Distrito Federal dispone: "El mandato es un contrato por el que el mandatario se obliga a ejecutar por cuenta del mandante los actos jurídicos que éste le encarga.". En dicho contrato los actos jurídicos que el mandante encargue al mandatario pueden consistir en que administre bienes, en su caso, para que los enajene o para que se haga cargo de todos los actos judiciales en que el mandante sea o desee ser parte, al que se le denomina mandato general para pleitos y cobranzas. El mandato general en la práctica denominado para pleitos y cobranzas tiene como característica esencial que se otorga para un sinnúmero de casos de determinado tipo; de ahí su nombre de mandato general. Debe entenderse que pleito equivale a controversia, entonces, el mandatario para pleitos se encuentra facultado para actuar en una controversia ante un órgano judicial, en actos prejudiciales y...

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