Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 30 de Septiembre de 2013 (Tesis num. II.3o.P.21 P (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 01-09-2013 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.3o.P.21 P (10a.)
Fecha de publicación30 Septiembre 2013
Fecha30 Septiembre 2013
Número de registro2004585
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIV, Septiembre de 2013; Tomo 3; Pág. 2663. II.3o.P.21 P (10a.).
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

Si bien en la tesis VI.4o.10 P, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.V., enero de 1998, página 1165, de rubro: "REVISIÓN EXTRAORDINARIA. LA RESOLUCIÓN QUE LA FALLA ES IMPUGNABLE EN AMPARO INDIRECTO, YA QUE SE TRATA DE UN ACTO EMITIDO DESPUÉS DE CONCLUIDO EL JUICIO POR SENTENCIA EJECUTORIA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).", se sustentó que la resolución que falla la revisión extraordinaria, al ser un acto emitido después de concluido el juicio por sentencia ejecutoriada, debe impugnarse a través del juicio de amparo indirecto; sin embargo, ello no ocurre cuando el quejoso promueve juicio de amparo directo contra la sentencia definitiva, y previamente acudió a la revisión extraordinaria prevista en el artículo 306, fracción II, del Código de Procedimientos Penales para el Estado de México abrogado, pues en este caso, a fin de no emitir una decisión en desacato al principio de exhaustividad, éstas deberán analizarse conjuntamente. Lo anterior es así, en virtud de que la revisión extraordinaria de sentencia ejecutoriada, busca resolver sobre la reducción o sustitución de la pena ante la expedición de una ley posterior, lo que permite deducir que dicha determinación es parte integrante del fallo definitivo de apelación, pues de resultar fundado y procedente este último, implica que la sentencia de alzada pueda ser modificada parcialmente, en tanto es factible reducir o...

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