Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 30 de Septiembre de 2013 (Tesis num. 1a. CCLXIV/2013 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-09-2013 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 1a. CCLXIV/2013 (10a.) |
Fecha de publicación | 30 Septiembre 2013 |
Fecha | 30 Septiembre 2013 |
Número de registro | 2004489 |
Localizador | [TA] ; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIV, Septiembre de 2013; Tomo 1; Pág. 991. 1a. CCLXIV/2013 (10a.). |
Emisor | Primera Sala |
Materia | Común |
Del artículo 213 de la Ley de Amparo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2013, deriva que en el recurso de inconformidad, el órgano jurisdiccional de amparo debe suplir la deficiencia de la vía y de los argumentos hechos valer por el promovente, con el fin de desentrañar la verdadera intención de los recurrentes. Lo anterior es así, toda vez que los juzgadores deben interpretar el sentido de las promociones presentadas por los justiciables para determinar con precisión su voluntad, para lo cual deben considerar el escrito presentado en su integridad, tomando en cuenta la norma que, en su caso, funde su promoción, lo aducido en su escrito respecto de la vía que intentan, así como lo esgrimido en los puntos petitorios.
Recurso de inconformidad 6/2013. 3 de julio de 2013. Cinco votos. Ponente: J.R.C.D.. Secretaria: L.G.R..
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia 1a./J. 119/2013 (10a.), publicada el viernes 10 de enero de 2014, a las 14:17 horas en el Semanario Judicial de la Federación y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 2, Tomo II, enero de 2014, página 759, de título y subtítulo: "RECURSO DE INCONFORMIDAD. EL ÓRGANO JURISDICCIONAL DE AMPARO QUE CONOZCA DEL MISMO, DEBE SUPLIR LA DEFICIENCIA DE LA VÍA Y DE LOS ARGUMENTOS HECHOS VALER POR EL PROMOVENTE."
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala
...o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos. Nota: Las tesis aisladas 1a. CCLXV/2013 (10a.), 1a. CCLXVI/2013 (10a.) y 1a. CCLXIV/2013 (10a.) citadas en esta ejecutoria, aparecen publicados en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XXIV, Tomo 1, ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 22-11-2013 (RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN LAS FRACCIONES I A III DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO 490/2013)
...la ausencia de agravios, ya que goza de las más amplias facultades para ello. Es aplicable a lo expuesto, la siguiente tesis aislada 1a. CCLXIV/201314 emitida por esta Primera Sala, de rubro y texto siguiente: “INCONFORMIDAD. EL ÓRGANO JURISDICCIONAL DE AMPARO QUE CONOZCA DE DICHO RECURSO, ......
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
...EL CUAL SE INTERPONEN.’(se transcribe).-En el mismo sentido, se cita el criterio de la Primera Sala del Alto Tribunal, que en su tesis 1a. CCLXIV/2013 sustenta, la cual si bien no se encuentra publicada, resulta orientadora para este órgano colegiado por las razones que la integran, misma q......
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala
...o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos. Nota: Las tesis aisladas 1a. CCLXV/2013 (10a.), 1a. CCLXVI/2013 (10a.) y 1a. CCLXIV/2013 (10a.) citadas en esta ejecutoria, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XXIV, Tomo 1, ......