Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 1 de Enero de 2014 (Tesis num. VI.1o.C.40 C (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, 31-01-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.1o.C.40 C (10a.)
Fecha de publicación01 Enero 2014
Fecha01 Enero 2014
Número de registro2005425
Localizador [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 2, Enero de 2014; Tomo IV; Pág. 3025. VI.1o.C.40 C (10a.).
MateriaCivil,Derecho Civil

Si se considera que en el contenido de la declaración I y de los artículos 1 a 7 del Convenio sobre la Notificación o Traslado en el Extranjero de Documentos Judiciales o Extrajudiciales en Materia Civil o Comercial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de febrero de 2001, se prevén los requisitos concernientes a la solicitud de notificación, la autoridad a quien se dirigen y a la que corresponde verificarlos y establece, además, los documentos que deben adjuntarse, la certificación que tiene que levantarse, así como las fórmulas modelo que deben requisitarse; ello trae consigo que resulte inaplicable, para validar los requisitos de la carta rogatoria, la Convención Interamericana sobre E. o C.R., dado que en México la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores es a quien corresponde verificar que las solicitudes cumplan con los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR