Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 1 de Marzo de 2014 (Tesis num. XVIII.4o.22 L (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, 13-12-2013 (Tesis Aisladas))

Número de registro2005174
Número de resoluciónXVIII.4o.22 L (10a.)
Fecha de publicación01 Marzo 2014
Fecha01 Marzo 2014
Localizador [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 1, Diciembre de 2013; Tomo II; Pág. 1112. XVIII.4o.22 L (10a.).
MateriaLaboral

Al analizar el tema relativo a la inscripción retroactiva en el Instituto Mexicano del Seguro Social, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sostuvo la jurisprudencia 2a./J. 3/2011, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., febrero de 2011, página 1082, de rubro: "SEGURO SOCIAL. PROCEDE LA INSCRIPCIÓN RETROACTIVA DE UN TRABAJADOR AL RÉGIMEN OBLIGATORIO, AUN CUANDO YA NO EXISTA EL NEXO LABORAL CON EL PATRÓN DEMANDADO.", la que aplicada por mayoría de razón al supuesto en el que se reclamen las constancias de aportaciones, no sólo en materia de seguridad social sino, además, las relacionadas a vivienda y fondo de ahorro, lleva a considerar que, al analizar su procedencia, no puede estimarse su prescripción, ya que su cumplimiento durante la vigencia del vínculo contractual es de tracto sucesivo, lo que constituye una serie de derechos adquiridos; pues, de estimarse lo contrario, quedarían sin solución ciertos derechos que pudieran haberse generado durante la existencia de aquélla, los cuales conservaría el trabajador si hubiese sido derechohabiente de las instituciones de seguridad social, a saber: el reconocimiento de semanas cotizadas que, conjuntamente con otros requisitos, podrían dar lugar, mediata o inmediatamente, a la asignación de alguna de las pensiones instituidas en la ley; la de ser titular de una cuenta individual con la subcuenta de ahorro para el retiro, con todos los derechos inherentes de mantener depositadas en su cuenta individual, en la subcuenta de ahorro y en la de vivienda, aportaciones que el patrón hubiera enterado y, excepcionalmente, verse favorecido con alguno de los créditos o beneficios implantados en materia de vivienda, hasta antes de llegar a retirar...

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