Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 1 de Septiembre de 2016 (Tesis num. XV.5o.2 K (10a.) de Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 17-01-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXV.5o.2 K (10a.)
Fecha de publicación01 Septiembre 2016
Fecha01 Septiembre 2016
Número de registro2005328
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 2, Enero de 2014; Tomo IV; Pág. 2945. XV.5o.2 K (10a.).

La resolución que decreta la acumulación de juicios y que se reclama mediante el amparo indirecto, no actualiza la causa manifiesta e indudable de improcedencia, consistente en que no se trata de un acto de imposible reparación, que lleve al desechamiento de la demanda, ya que el Juez de Distrito al analizar ésta no cuenta con los elementos que le permitan conocer los fundamentos y motivos que tuvo la autoridad responsable para declarar procedente el incidente de acumulación, por lo que será hasta que reciba el informe justificado y las constancias que lo apoyen que podrá advertir o no, la improcedencia del juicio.


QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.

Queja 157/2013. Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana. 12 de septiembre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: J.A.S.G.. Secretaria: L.M.Z..


Nota:


Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 96/2016 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de la que derivó la tesis jurisprudencial P./J. 32/2016 (10a.) de título y subtítulo: "ACUMULACIÓN DE JUICIOS. CUANDO SE RECLAMA LA RESOLUCIÓN QUE LA DECRETA, SE ACTUALIZA UNA CAUSA MANIFIESTA E INDUDABLE DE...

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