Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 28 de Febrero de 2015 (Tesis num. 1a. LXXXIV/2015 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 27-02-2015 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 2008551 |
Número de resolución | 1a. LXXXIV/2015 (10a.) |
Fecha de publicación | 28 Febrero 2015 |
Fecha | 28 Febrero 2015 |
Localizador | [TA] ; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 15, Febrero de 2015; Tomo II; Pág. 1409. 1a. LXXXIV/2015 (10a.). |
Emisor | Primera Sala |
Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que la igualdad jurídica debe traducirse en la seguridad de no tener que soportar un perjuicio o privarse de un beneficio desigual e injustificado, pues el valor superior que persigue este principio consiste en evitar la existencia de normas que, llamadas a proyectarse sobre situaciones de igualdad de hecho produzcan, por su aplicación, la ruptura de esa igualdad, al generar un trato discriminatorio entre situaciones análogas, o bien, propicien efectos semejantes sobre personas que se encuentran en situaciones dispares, lo que se traduce en desigualdad jurídica. Ahora bien, en particular, los menores tienen derecho a la no discriminación, lo cual implica que, sin excepción, deben disfrutar de su derecho a la protección eficaz, esto es, que ninguno sea víctima de actos discriminatorios por motivos de raza, religión, color de piel, idioma, nacionalidad, origen étnico o social, condición económica, discapacidad o de cualquiera otra índole. En ese sentido, la Convención sobre los Derechos del Niño -específicamente en su artículo 2- retoma el principio de igualdad y no discriminación, y establece para los Estados la obligación de garantizar todos los derechos para las niñas y los niños sin distinción alguna, principio general que, junto al del interés superior del menor (artículo 3), deben considerarse para interpretar, aplicar y hacer respetar todos los demás derechos de la propia convención. Así, la convención referida reafirma el principio general de no discriminación, el cual se proyecta en dos ámbitos: la no discriminación por cualidades de los menores y de sus padres, aspectos que implican la obligación de los Estados de evitar prácticas discriminatorias dirigidas hacia niños o niñas y, entre otras, las que pretendan fundamentarse en las características de sus padres o tutores.
Amparo directo en revisión 2293/2013. 22 de octubre de 2014. Mayoría de tres votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de L., O.S.C. de G.V. y A.G.O.M.. Disidentes: J.R.C.D., quien reservó su derecho para formular voto particular y J.M.P.R., quien formuló voto particular. Ponente: A.G.O.M.. Secretaria: M.D.I.D. de Sollano.
Esta tesis se publicó el viernes 27 de febrero de 2015 a las 09:30 horas en el Semanario Judicial de la Federación.Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

7 días de acceso ilimitado
-
Ejecutoria de Corte Suprema de Justícia, Pleno, 13-05-2022
...1a./J. 125/2017 (10a.), 2a./J. 64/2016 (10a.), 1a./J. 66/2015 (10a.), y aisladas 1a. CCCLXVIII/2015 (10a.), 1a. CCCXV/2015 (10a.), 1a. LXXXIV/2015 (10a.), 1a. CCCLXXXV/2014 (10a), 1a. CCCLXXIV/2014 (10a.), 1a. CCCLIV/2014 (10a.) y 1a. CCCVI/2014 (10a.) citadas en esta sentencia, aparecen pu......
-
Ejecutoria de Corte Suprema de Justícia, Pleno, 27-05-2022
...y aisladas 1a. VII/2017 (10a.), 1a. CCCLXVIII/2015 (10a.), 1a. CCCLXXIV/2014 (10a.), 1a. CCCLXIX/2015 (10a.), 1a. CCCXV/2015 (10a.), 1a. LXXXIV/2015 (10a.), 1a. CCCLXXXV/2014 (10a.), 1a. CCCLIV/2014 (10a.) y 1a. CCCVI/2014 (10a.) citadas en esta sentencia, también aparecen publicadas en el ......
-
Ejecutoria num. 670/2021 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 27-01-2023 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN)
...página 189, con números de registro digital: 2006808, 2008255, 2010676, 2010954, 2012506 y 2015305, respectivamente. Las tesis aisladas 1a. LXXXIV/2015 (10a.) y de jurisprudencia 1a./J. 37/2016 (10a.) y P./J. 10/2016 (10a.) citadas en esta sentencia, aparecen publicadas en el Semanario Judi......
-
Ejecutoria num. 129/2022 de Tribunales Colegiados de Circuito, 08-09-2023 (AMPARO DIRECTO)
...que encuadra en esos supuestos normativos. Nota: Las tesis de jurisprudencia 1a./J. 24/2020 (10a.) y aisladas 1a. LXXXVI/2015 (10a.), 1a. LXXXIV/2015 (10a.), 1a. LXXXII/2015 (10a.), 1a. LXXXIII/2015 (10a.), 1a. XCI/2015 (10a.), 1a. LXXXVII/2015 (10a.), 1a. LXXXIX/2015 (10a.), 1a. XC/2015 (1......
-
El separatismo mexicano y las minorías religiosas en México. A propósito de la sentencia A.R. 267/2016, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre el registro de la Iglesia Nativa Americana de México como asociación religiosa
...México es un país religiosamente diverso, si bien aún mantiene una holgada mayoría católica. De acuerdo con este reporte, 6 2 Tesis: 1a. LXXXIV/2015 (10a.), Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta , Décima Época, t. II, febrero de 2015, de rubro: “Principio de igualdad y no discrimi......