Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 31 de Julio de 2014 (Tesis num. 1a. CCLIX/2014 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 04-07-2014 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 1a. CCLIX/2014 (10a.) |
Fecha de publicación | 31 Julio 2014 |
Fecha | 31 Julio 2014 |
Número de registro | 2006876 |
Localizador | [TA] ; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 8, Julio de 2014; Tomo I; Pág. 152. 1a. CCLIX/2014 (10a.). |
Emisor | Primera Sala |
Materia | Constitucional,Derecho Constitucional |
Considerar que la finalidad del matrimonio es la procreación constituye una medida no idónea para cumplir con la única finalidad constitucional a la que puede obedecer la medida: la protección de la familia como realidad social. Pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales que están situadas en condiciones similares a las parejas heterosexuales. La distinción es discriminatoria porque las preferencias sexuales no constituyen un aspecto relevante para hacer la distinción en relación con el fin constitucionalmente imperioso. Como la finalidad del matrimonio no es la procreación, no tiene razón justificada que la unión matrimonial sea heterosexual, ni que se enuncie como "entre un solo hombre y una sola mujer". Dicha enunciación resulta discriminatoria en su mera expresión. Al respecto cabe recordar que está prohibida cualquier norma discriminatoria basada en la orientación sexual de la persona. En consecuencia, ninguna norma, decisión o práctica de derecho interno, tanto por parte de autoridades estatales como de particulares, pueden disminuir o restringir los derechos de una persona a partir de su orientación sexual. Así pues, bajo ninguna circunstancia se puede negar o restringir a nadie un derecho con base en su orientación sexual. Por tanto, no es factible hacer compatible o conforme un enunciado que es claramente excluyente, por lo que procede declarar la inconstitucionalidad de la porción normativa del artículo 143 del Código Civil del Estado de Oaxaca.
Amparo en revisión 152/2013. 23 de abril de 2014. Mayoría de cuatro votos de los Ministros A.Z.L. de Larrea, J.R.C.D., quien formuló voto concurrente, A.G.O.M. y O.S.C. de G.V.. Disidente: J.M.P.R., quien formuló voto particular. Ponente: A.G.O.M.. Secretarios: K.I.Q.O. y D.G.S..
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia 1a./J. 43/2015 (10a.), publicada el viernes 19 de junio de 2015, a las 9:30 horas en el Semanario Judicial de la Federación y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 19, Tomo I, junio de 2015, página 536, de título y subtítulo: "MATRIMONIO. LA LEY DE CUALQUIER ENTIDAD FEDERATIVA QUE, POR UN LADO, CONSIDERE QUE LA FINALIDAD DE AQUÉL ES LA PROCREACIÓN Y/O QUE LO DEFINA COMO EL QUE SE CELEBRA ENTRE UN HOMBRE Y UNA MUJER, ES INCONSTITUCIONAL."
Esta tesis se publicó el viernes 04 de julio de 2014 a las 08:05 horas en el Semanario Judicial de la Federación.-
Ejecutoria num. 143/2019 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-08-2021 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD)
...los artículos 1o. y 4o. constitucionales. "Al respecto, la Primera Sala de esa Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis 1a CCLIX/2014 (10a.), publicada la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 8, Tomo I, julio de 2014, Décima Época, materia constitucional, página ......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 05-08-2015 (SOLICITUD DE REASUNCIÓN DE COMPETENCIA 26/2015)
...página 3451, de rubro: “NORMAS DISCRIMINATORIAS. NO ADMITEN INTERPRETACIÓN CONFORME Y EXISTE OBLIGACIÓN DE REPARAR.”; tesis aislada 1a. CCLIX/2014 (10a.) publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo I julio de 2014, materia constitucional de la Décima Época, página ......
-
Ejecutoria num. 143/2019 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-08-2021 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD)
...los artículos 1o. y 4o. constitucionales. "Al respecto, la Primera Sala de esa Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis 1a CCLIX/2014 (10a.), publicada la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 8, Tomo I, julio de 2014, Décima Época, materia constitucional, página ......
-
Ejecutoria, Tribunales Colegiados de Circuito
...la inconstitucionalidad de una ley a partir de las particularidades de los quejosos, como en la ejecutoria de la que derivó la tesis 1a. CCLIX/2014 (10a.), emitida por la Primera Sala de ese Alto Tribunal, de título y subtítulo: "MATRIMONIO. LA LEY QUE, POR UN LADO, CONSIDERA QUE LA FINALID......
-
La concepción del matrimonio en San Luis Potosí y la discriminación que alude su legislación
...unpload/legislacion/codigos/2018/01/Codigo_Familiar_para_el_Estado_12_Octubre_2017.pdf, consultada el día 13 de mayo de 2018. 2Tesis: 1a. CCLIX/2014 (10a.), Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 8, Julio de 2014, Tomo I, Página: 152....
-
Estados Unidos Mexicanos
...de Tesis: Aislada Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Libro 8, Julio de 2014, Tomo I Materia(s): Constitucional Tesis: 1a. CCLIX/2014 (10a.) Página: 152 MATRIMONIO. LA LEY QUE, POR UN LADO, CONSIDERA QUE LA FINALIDAD DE AQUÉL ES LA PROCREACIÓN Y/O QUE LO DEFINE COMO EL QU......