Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, 28 de Febrero de 2014 (Tesis num. IV.1o.T.1 K (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, 14-02-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIV.1o.T.1 K (10a.)
Fecha de publicación28 Febrero 2014
Fecha28 Febrero 2014
Número de registro2005570
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 3, Febrero de 2014; Tomo III; Pág. 2162. IV.1o.T.1 K (10a.).
MateriaConstitucional, Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

El referido numeral de la Ley de Amparo, vigente a partir del 3 de abril de 2013, no se contrapone con el contenido de los mandatos establecidos en los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos sino que, en todo caso, los reglamenta, ya que fija lo que debe entenderse por actos de imposible reparación para efectos de la procedencia del amparo indirecto y, al efecto, dispone que se trata de los que afectan materialmente derechos sustantivos tutelados en la Norma Fundamental y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte. De ahí que si la Ley de Amparo es el ordenamiento reglamentario de los citados artículos constitucionales, se concluye que dicha legislación cumple con su finalidad y es congruente con la Constitución, en la medida en que regula el contenido y alcance de los conceptos previstos en ésta, sin que ello se traduzca en imponer limitantes al acceso a la administración de justicia.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.

Queja 46/2013. M.S.C.. 24 de octubre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: J. de J.O. de la Peña. Secretario: J.M.Z..


Nota:


Por ejecutoria del 18 de junio de 2014, la Segunda Sala declaró sin materia la contradicción de tesis 54/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que uno de los Tribunales...

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