Tercera Resolución de modificaciones a las RCGMCE para 2014. Comentarios

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Introducción

El pasado 18 de noviembre, la SHCP dio a conocer en el DOF la Tercera Resolución de modificaciones a las reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2014. Comentamos al respecto los principales cambios que verificó la resolución, con la finalidad de que las personas interesadas en la materia aduanera y de comercio exterior tengan conocimiento de ello.

Modificaciones a las RCGMCE para 2014

Suspensión en el padrón de importadores (regla 1.3.3; modificación)

La regla 1.3.3 indica los casos en que procederá la suspensión en el padrón de importadores o en el padrón de importadores de sectores específicos; al efecto, se adiciona la fracción XL para disponer que una de las causales será cuando los contribuyentes no realicen operaciones de comercio exterior en un periodo que exceda de 12 meses.

En este sentido, existe inquietud en algunos importadores, por lo que es importante aclarar que conforme al artículo único transitorio de esta resolución, las modificaciones de la tercera resolución entraron en vigor a partir del 19 de noviembre de 2014 (salvo algunas excepciones), y conforme a los principios generales de derecho, esta modificación no podrá aplicarse retroactivamente.

Por tanto, si un importador que obtuvo en julio de 2013 su padrón de importador y no lo utilizó durante 2013 y 2014, no se le podrá cancelar su padrón de importadores con base en la regla que se comenta.

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Datos que se consideran información relativa al valor de la mercancía, y demás datos relacionados con su comercialización (regla 1.9.20; adición)

Se adiciona la regla 1.9.20 para precisar los datos que se consideran información relativa al "valor de la mercancía y demás datos relacionados con...

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