Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 155-49-53 hectáreas de temporal de uso común, de terrenos del ejido El Paraíso, Municipio de Ixhuatlán del Sureste, Ver

EmisorSecretaría de la Reforma Agraria

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 155-49-53 hectáreas de temporal de uso común, de terrenos del ejido El Paraíso, Municipio de Ixhuatlán del Sureste, Ver.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción IV, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número PEP-SAF-660 2002 de fecha 18 de noviembre del 2002, Pemex Exploración y Producción solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 156-70-94 Has., de terrenos del ejido denominado “EL PARAÍSO”, Municipio de Ixhuatlán del Sureste del Estado de Veracruz, para destinarlos a la construcción de la terracería, vaso, cortina y obras complementarias de la presa “A” del proyecto Tuzandepetl, que alojará la salmuera que se encuentra contenida en los domos salinos, y requiere desplazarse para el almacenamiento de gas o crudo, en un ciclo continuo de acuerdo a las necesidades de la industria petrolera, obra indispensable para la realización eficiente de los trabajos de explotación, transporte, almacenamiento y comercialización de hidrocarburos, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción IV y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 12887. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 155-49-53 Has., de temporal de uso común.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando primero y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por sentencia del Tribunal Superior Agrario de fecha 5 de junio de 1996, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de enero de 1997, se concedió por concepto de dotación de ejido al núcleo ejidal “EL PARAÍSO”, Municipio de lxhuatlán del Sureste, Estado de Veracruz, una superficie de 269-36-50 Has., para beneficiar a 85 capacitados en materia agraria, ejecutándose dicha sentencia en forma parcial el 28 de enero de 1997, entregando una superficie de 266-15-89...

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