Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 155-49-53 hectáreas de temporal de uso común, de terrenos del ejido El Paraíso, Municipio de Ixhuatlán del Sureste, Ver
Emisor | Secretaría de la Reforma Agraria |
DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 155-49-53 hectáreas de temporal de uso común, de terrenos del ejido El Paraíso, Municipio de Ixhuatlán del Sureste, Ver.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción IV, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y
RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número PEP-SAF-660 2002 de fecha 18 de noviembre del 2002, Pemex Exploración y Producción solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 156-70-94 Has., de terrenos del ejido denominado “EL PARAÍSO”, Municipio de Ixhuatlán del Sureste del Estado de Veracruz, para destinarlos a la construcción de la terracería, vaso, cortina y obras complementarias de la presa “A” del proyecto Tuzandepetl, que alojará la salmuera que se encuentra contenida en los domos salinos, y requiere desplazarse para el almacenamiento de gas o crudo, en un ciclo continuo de acuerdo a las necesidades de la industria petrolera, obra indispensable para la realización eficiente de los trabajos de explotación, transporte, almacenamiento y comercialización de hidrocarburos, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción IV y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 12887. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 155-49-53 Has., de temporal de uso común.
RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando primero y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por sentencia del Tribunal Superior Agrario de fecha 5 de junio de 1996, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de enero de 1997, se concedió por concepto de dotación de ejido al núcleo ejidal “EL PARAÍSO”, Municipio de lxhuatlán del Sureste, Estado de Veracruz, una superficie de 269-36-50 Has., para beneficiar a 85 capacitados en materia agraria, ejecutándose dicha sentencia en forma parcial el 28 de enero de 1997, entregando una superficie de 266-15-89...
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