Técnicas y procedimientos

AutorLuis Z Cabeza Garcia
Páginas13-71
PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA 13
TECNICAS Y PROCEDIMIENTOS
La referencia del nuevo Reglamento de la Ley Aduanera, se cita-
ra “N.R.L.A.”
Al llevar a cabo la auditoría de operaciones de comercio exterior,
debemos perseguir los objetivos consistentes en los elementos de
organización con los que cuenta la entidad, también y no menos
importantes, tenemos los objetivos de investigación, control, eva-
luación, cambio, calidad del control interno y varios aspectos más.
Debemos tener presente que se evaluarán las operaciones lle-
vadas a cabo dentro de este nicho altamente especializado de las
actividades administrativas de las entidades en lo referente al co-
mercio exterior, en el cual se involucran gran cantidad de leyes,
disposiciones y códigos de diferentes campos de aplicación del De-
recho, por lo que la lectura de este apartado es crucial para realizar
un trabajo apropiado.
Es importante el señalar que todas las actividades asociadas con
el comercio exterior, presentan un considerable y abierto grado de
contingencias, las cuales pueden ser fiscales, administrativas e in-
clusive penales, entre otras; por lo que deben tener toda la atención
y vigilancia de parte del representante legal de la entidad y necesa-
riamente, también, de parte de los propietarios de la misma.
Resulta de primordial importancia, el que el Auditor que lleve a
cabo la auditoría, cuente con un conocimiento de las disposiciones
relacionadas con el comercio exterior, pudiendo citar entre otras, la
Ley Aduanera, su Reglamento y las Reglas Generales; así mismo, lo
referente a la Tarifa de la Ley General de Importación y Exportación,
Código Fiscal de la Federación, Ley del Servicio de Administración
Tributaria, Ley de Comercio Exterior, Acuerdo por el que se esta-
blecen las Normas para la Determinación del País de Origen de
las Mercancías Importadas y las Disposiciones para la Certificación,
para efectos No Preferenciales, Ley Federal para la Prevención e
Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita,
Ley Federal de Derechos, Reglas Generales de Comercio Exterior
y Anexos, Decreto por el que se Otorgan Facilidades Administrati-
vas en Materia Aduanera y de Comercio Exterior, Reglas en Materia
Aduanera del T. L. C. y el conjunto de Tratados de Comercio y faci-
litación entre México, Europa y el resto de los países con los cuales
nuestro país ha suscrito y firmado.
EDICIONES FISCALES ISEF 14
La auditoría de operaciones de comercio exterior, debe ser un
acopio, revisión, análisis, interpretación y conclusiones de los ha-
llazgos efectuados en la entidad o persona física, cuyo propósito
es determinar si las mismas se ajustan a las disposiciones legales
que las regulan.
Siguiendo los principios generales administrativos de la audito-
ría, es necesario aplicar una metodología que permita realizar las
actividades con la oportunidad, consistencia y efectividad requeri-
das, con el fin de obtener el objetivo buscado.
Aunque hay diversidad de opiniones, se puede considerar que
la metodología más apropiada a la revisión de las operaciones de
comercio exterior, sería la siguiente:
A) Información preliminar de la situación que guarda la entidad
o la persona física.
A.1) Es importante el informarse si la entidad está siendo o fue
sometida a una revisión por parte de la autoridad recientemente y la
clase de acción fiscalizadora emprendida y sobre en qué aspectos,
áreas o rubros se ejerció o se está ejerciendo.
A.2) La situación general que debe aportar la entidad, respecto
a la existencia de los archivos, ya sean físicos o electrónicos que la
ley obliga a tener; su situación real de almacenamiento, accesibili-
dad y grado de cumplimiento legal.
A.3) Acopio de los documentos legales y generales de la entidad
o persona física, según el caso, como son: Escritura Constitutiva y
sus cambios y modificaciones, comprobantes fiscales del Regis-
tro Federal de Contribuyentes, Alta fiscal, evidencia notarial de la
acreditación del o los representantes legales y el alcance de sus
facultades, así como la exhibición de las últimas cinco declaracio-
nes anuales, también, solicitar la “Constancia de Situación Fiscal”,
el Acuse Unico de Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes
y la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales.
Es preciso el revisar que dentro del objeto social de la entidad, se
haga mención de que la misma puede llevar a cabo operaciones de
comercio exterior y en caso negativo, informarlo para que se tomen
las medidas correctivas a que haya lugar.
De igual forma, el revisar el que la entidad tenga el alta corres-
pondiente ante el “Padrón de Importadores” de la Administración
General de Aduanas.
A.4) Observación de la estructura administrativa de la entidad,
contador o contadores, auxiliares de contabilidad, estructura orga-
nizacional del área contable y fiscal, políticas, normas y reglas de
manejo de las operaciones de comercio exterior que se realizan.
PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA 15
A.5) Revisión y análisis del personal que lleva a cabo el manejo
fiscal, contable y operativo de las operaciones de comercio exterior.
A.6) Debe llevarse a cabo una entrevista o las necesarias, tanto
con el personal operativo que atienda la auditoría, como con el o los
representantes legales y si es posible, con el o los propietarios para
poder observar la forma de conducirse y darse cuenta de la calidad
y clase de personas que están manejando la entidad.
A.7) Es preciso observar que en muchas entidades, los repre-
sentantes legales y los propietarios, dejan en manos de un determi-
nado personal, ya sea contadores, administradores y personal en
general el manejo de las operaciones de comercio exterior, desen-
tendiéndose de su manejo, lo cual puede generar severos proble-
mas de tipo fiscal, contingencias severas e inclusive problemas de
tipo penal, cuando las operaciones de comercio exterior son mane-
jadas de manera descuidada, corrupta o irresponsable.
A.8) Un aspecto que tiene especial relevancia en el manejo de
las operaciones de comercio exterior, es el de la rotación de perso-
nal, por lo que se debe revisar el tiempo que tiene el personal ope-
rativo que se hace cargo de estas operaciones, con el fin de evaluar
el aspecto de consistencia cronológica de la gestión y en caso de
presentarse, el aspecto de contingencia.
Reviste especial importancia el hecho de que sí la entidad hace
uso de cualquier programa de fomento, como el programa IMMEX
o cualquier otro similar, es preciso abordar de inmediato la revisión
del manejo de este instrumento, ya que la cronología del mane-
jo de los reportes y demás aspectos a vigilar, revisten especial y
trascedente consecuencia en caso de errores o negligencias, pu-
diendo acarrear a la entidad fuertes problemas operativos, como
por ejemplo, la cancelación del programa y/o la baja del padrón de
importadores.
A.9) En vista de que los Agentes Aduanales que le prestan ser-
vicio de la entidad, acorde al artículo 59, inciso III, segundo párrafo
de la Ley Aduanera, deben ser dados de alta en el denominado
“Encargo Conferido”, con el fin de que electrónicamente y bajo la
firma electrónica del representante legal de la entidad, se acredite
legalmente a esos Agentes Aduanales para que puedan prestar los
servicios al comercio exterior.
Por lo anterior, debe solicitarse una relación de cuales Agentes
Aduanales han sido dados de alta y la misma ser obtenida también
de la página del Sistema de Administración Tributaria, con el fin de
verificar estos datos.
En términos generales, se estima que una entidad que presenta
una gran cantidad de altas, bajas y cambios de los Agentes Adua-
nales en el “Encargo Conferido”, puede significar irregularidades,

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