La SHCP da a conocer la tabla bimestral que utilizarán los pequeños contribuyentes, para calcular el ISR a su cargo durante el primer semestre de 2004

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El artículo 137, fracción VI, de la Ley del ISR, establece que las personas físicas que tributen en el régimen de pequeños contribuyentes deberán presentar, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel al que corresponda el pago, declaraciones mensuales en las que determinarán y pagarán el impuesto correspondiente.

Asimismo, dispone que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y, en su caso, las entidades federativas con las que se celebre convenio de coordinación para la administración del ISR a cargo de las personas físicas referidas, podrán ampliar los periodos de pago a bimestral, trimestral o semestral, considerando la rama de actividad o la circunstancia territorial de los contribuyentes.

Por lo anterior, la regla 3.18.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2003-2004 establece que las personas físicas que tributen en el régimen de pequeños contribuyentes, en lugar de presentar declaraciones mensuales correspondientes al periodo comprendido entre enero y junio del...

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