Respuesta a los comentarios recibidos respecto al Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-114-STPS-1994, Sistema para la identificación y comunicación de riesgos por sustancias químicas en los centros de trabajo, para quedar como NOM-018-STPS-2000, Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por...

Fecha de disposición10 Marzo 2000
Fecha de publicación12 Septiembre 2000
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

RESPUESTA a los comentarios recibidos respecto al Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-114-STPS-1994, Sistema para la identificación y comunicación de riesgos por sustancias químicas en los centros de trabajo, para quedar como NOM-018-STPS-2000, Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo, publicado el 10 de marzo de 2000.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

RESPUESTA A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS RESPECTO AL PROYECTO DE MODIFICACION DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-114-STPS-1994, SISTEMA PARA LA IDENTIFICACION Y COMUNICACION DE RIESGOS POR SUSTANCIAS QUIMICAS EN LOS CENTROS DE TRABAJO, PARA QUEDAR COMO NOM-018-STPS-2000, SISTEMA PARA LA IDENTIFICACION Y COMUNICACION DE PELIGROS Y RIESGOS POR SUSTANCIAS QUIMICAS PELIGROSAS EN LOS CENTROS DE TRABAJO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 10 DE MARZO DE 2000.

CARLOS ARMANDO BIEBRICH TORRES, Subsecretario de Previsión Social, en cumplimiento a lo establecido en la fracción III del artículo 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y en representación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por acuerdo del Titular del Ramo hecho en los términos de la fracción II del artículo 5 y fracción XIII del artículo 7 del Reglamento Interior de la Dependencia, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 10 de marzo de 2000, en cumplimiento a lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-114-STPS-1994, Sistema para la identificación y comunicación de riesgos por sustancias químicas en los centros de trabajo, para quedar como NOM-018-STPS-2000, Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo, a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral;

Que como consecuencia de lo anterior, presentaron comentarios las dependencias, organismos y empresas que a continuación se indican:

Delegación Federal del Trabajo en el Estado de Tamaulipas

. Instituto Mexicano de Psiquiatría

Napko, S.A. de C.V

Asociación Nacional de Fabricantes de Pinturas y Tintas, A.C. México

Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios

Promociones Serigráficas, S.A. de C.V.

Enlace Ecológico, A.C.

Asociación Nacional de la Industria Química, A.C.

GEMI, A.C.

DUPONT, S.A. de C.V.

Asociación Mexicana de Higiene y Seguridad, A.C.

Que dentro del término previsto por el artículo 47 fracción II de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral, procedió a estudiar los comentarios recibidos y emitió las respuestas respectivas, resolviendo modificar el Proyecto de Norma Oficial Mexicana señalado, por lo que acordó solicitar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la publicación de dichas respuestas;

Que en atención a las anteriores consideraciones y en cumplimiento a lo previsto en el artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publican las respuestas a los comentarios recibidos respecto al Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-114-STPS-1994, Sistema para la identificación y comunicación de riesgos por sustancias químicas en los centros de trabajo, para quedar como NOM-018-STPS-2000, Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo.

PROMOVENTE: DELEGACION FEDERAL DEL TRABAJO EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS

COMENTARIO 1: Se propone la inclusión de un apartado en esta Norma, que centre su atención en el diseño específico o fortalecimiento de programas de capacitación y comunicación de riesgos para perfiles de puestos que por las características especiales de quienes los ocupan presentan ciertas limitaciones para interpretar las indicaciones, códigos, simbología y peligros a los que están expuestos, tales como personal de aseo, limpieza o mantenimiento, que en ocasiones dependen de empresas que ofrecen servicios subrogados y quedan fuera del ámbito de capacitación y protocolo de seguridad del propio centro de trabajo, que realizan actividades de apoyo tales como aseo de contenedores, limpieza en general de las instalaciones y expuestos a las sustancias químicas que se manejan.

RESPUESTA: No procede su comentario, debido a que el patrón debe capacitar a los trabajadores para cumplir con el objetivo de la Norma, que es el conocimiento de los elementos de su sistema de identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas y no la manera específica de capacitar en cada caso, como lo plantea su propuesta.

COMENTARIO 2: En la guía para la elaboración de la (HDS) Hoja de Datos de Seguridad, no se indica la vida útil ni el grado de depreciación periódica de los depósitos o contenedores que almacenan sustancias químicas peligrosas ni el grado de resistencia de los materiales que los conforman, ante el uso constante y el contacto permanente con la sustancia de que se trate.

RESPUESTA: No procede su comentario, debido a que el objetivo de la Norma es identificar los peligros y riesgos por las sustancias y no conocer las características de diseño de los depósitos o contenedores.

. PROMOVENTE: INSTITUTO MEXICANO DE PSIQUIATRIA

COMENTARIO 1: Objetivo, sería conveniente que el título se cambiara a Comunicación de riesgos por sustancias químicas peligrosas para evitar ser repetitivo en la comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas.

RESPUESTA: No procede su comentario, ya que el objetivo de la Norma está sintetizado en el título y comprende los aspectos de la identificación y comunicación de los peligros y riesgos por las sustancias químicas peligrosas.

COMENTARIO 2: b) carcinógeno. La definición anterior podría complementarse de la siguiente manera: agente químico, físico o biológico que al actuar sobre un tejido viviente puede producir cáncer (crecimiento celular incontrolado).

RESPUESTA: Procede parcialmente su comentario, por lo que se modifica el inciso b) del Capítulo 4, para quedar de la siguiente manera:

b) carcinógeno; cancerígeno: agente químico, físico o biológico que al actuar sobre un tejido viviente puede causar una malignidad.

COMENTARIO 3: m) incompatibilidad. Otra definición que podría explicar este caso es la siguiente:

Se caracteriza por reacciones violentas y negativas para el equilibrio ecológico y para el ambiente, que se producen como resultado de la mezcla de dos o más residuos o sustancias peligrosas, y se manifiesta a través de incrementos de temperatura, emisión de gases y/o formación de precipitados.

RESPUESTA: Procede parcialmente su comentario, por lo que se modifica el inciso m) del Capítulo 4, que pasa a ser inciso k), para quedar de la siguiente manera:

k) incompatibilidad: es la característica de aquellas sustancias químicas que al mezclarse entre sí, debido a sus propiedades físicas o químicas, pueden generar una reacción en cadena, peligrosa para el trabajador, el centro de trabajo, el equilibrio ecológico o el ambiente.

COMENTARIO 4: q) mutágeno: que puede causar cambios hereditarios en la estructura genética.

RESPUESTA: Procede parcialmente su comentario, por lo que se modifica el inciso q) del Capítulo 4, que pasa a ser inciso p), para quedar de la siguiente manera:

p) mutágeno; mutagénico: sustancia química capaz de alterar la estructura genética en un organismo y provocar cambios físicos o funcionales en generaciones subsecuentes.

COMENTARIO 5: gg) temperatura de autoignición: Probablemente la siguiente definición sea más explícita Es la temperatura más baja a la cual un material inflamable, al mezclarse con el aire, se incendia por sí solo, sin la presencia de una flama o chispa.

RESPUESTA: Procede parcialmente su comentario, por lo que se modifica el inciso gg) del Capítulo 4, que pasa a ser inciso ff), para quedar de la siguiente manera:

ff) temperatura de autoignición: es la temperatura mínima a la que una sustancia química entra en combustión en ausencia de chispa o llama.

COMENTARIO 6: Apéndice C. Hojas de Seguridad: Sería conveniente agregar que las hojas de seguridad deben estar en un compendio en cada una de las áreas donde se manejen las sustancias químicas peligrosas de tal manera que el trabajador pueda consultarlas en la misma área de trabajo, para que puedan contar con información inmediata para instrumentar medidas preventivas o correctivas y atención de accidentes en el centro de trabajo.

RESPUESTA: No procede su comentario, debido a que en el Apartado C.1.1 ya se establece que las HDS deben estar permanentemente disponibles para los trabajadores.

COMENTARIO 7: Respecto a la actualización de la HDS. Sugerimos que se aclare en el caso de los centros de investigación en donde se trabaje por proyectos de investigación y cuyo manejo de sustancias químicas peligrosas cambia constantemente, es importante que antes de iniciar cualquier serie de experimentación, se generen las hojas de seguridad correspondientes y el compendio de hojas de seguridad se actualice periódicamente.

RESPUESTA: No procede su comentario, ya que la Norma en el inciso a) del Apartado 5.4, establece la obligación de contar con las HDS y en el Apartado C.1.5, la obligación de mantenerlas actualizadas.

COMENTARIO 8: HDS, SECCION II, c) Familia química.

Es conveniente incluir en esta SECCION la fórmula...

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