Por el que Se Suspenden Actividades Gubernamentales y Escolares y Plazos, como Medidas Temporales de Prevención, con Motivo del Alto Riesgo Generado por las Lluvias Atípicas y Sus Posibles Afectaciones
MÉRIDA, YUC., MARTES 2 DE JUNIO DE 2026. DIARIO OFICIAL PÁGINA 3
Decreto 191/2026 por el que se suspenden actividades gubernamentales y
escolares y plazos, como medidas temporales de prevención, con motivo del
alto riesgo generado por las lluvias atípicas y sus posibles afectaciones
Joaquín Jesús Díaz Mena, Gobernador del Estado de Yucatán y presidente del
Consejo Estatal de Protección Civil, con fundamento en los artículos 55, fracción II,
y 60 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; 2, 12, 13, párrafo segundo,
y 14, fracciones VIII y IX, del Código de la Administración Pública de Yucatán; y 77,
fracción VII, de la Ley de Protección Civil del Estado de Yucatán, y
Considerando:
Que en días recientes Yucatán se ha visto afectado por lluvias atípicas, las cuales
ocasionaron inundaciones en diferentes regiones del estado, daños a
infraestructura, agricultura y viviendas, poniendo en riesgo la integridad física y la
vida de la población de Yucatán, principalmente la de quienes habitan en las zonas
de mayor riesgo.
Que derivado del monitoreo que están llevando las autoridades de protección civil
del estado se ha detectado que las lluvias atípicas presentarán un incremento en
su magnitud y el daño que podrían causar a las personas el día 2 de junio del año
en curso.
Que, ante este panorama, considerando las características de intensidad de las
lluvias atípicas que estamos viviendo, y su probable afectación a la población e
infraestructura del estado, es necesario suspender las labores, plazos y actividades
escolares en el estado.
Que la Ley de Protección Civil del Estado de Yucatán establece, en su artículo 77,
fracción VII, que es atribución de la coordinación estatal o las coordinaciones
municipales adoptar la suspensión de trabajos, actividades y servicios, como
medidas de atención de emergencias.
Que el Gobierno del Estado de Yucatán ha establecido medidas urgentes de
atención ante este fenómeno natural, que implica la implementación, de forma
inmediata, de las acciones necesarias que permitan proteger primordialmente la
seguridad e integridad de los habitantes del estado ante el paso de las lluvias
atípicas.
Que para la presente administración la seguridad y el bienestar de la población es
lo más importante, por lo que, se han adoptado medidas inmediatas y urgentes que
nos permitan garantizar la salvaguarda de las y los yucatecos, a fin de aminorar, en
la medida de lo posible, las afectaciones generadas por este fenómeno natural, por
lo que he tenido a bien expedir el presente:
Decreto 191/2026 por el que se suspenden actividades gubernamentales y
escolares y plazos, como medidas temporales de prevención, con motivo del
alto riesgo generado por las lluvias atípicas y sus posibles afectaciones
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