Acuerdo por el que se suprime la Junta Especial número 41 de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en la ciudad de Hidalgo del Parral, Estado de Chihuahua; se crea la Junta Especial número 61 de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en la ciudad de Tepic, Estado de Nayarit, y se modifica la jurisdicción...
Fecha de disposición | 02 Junio 2000 |
Fecha de publicación | 02 Junio 2000 |
Emisor | SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO por el que se suprime la Junta Especial número 41 de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en la ciudad de Hidalgo del Parral, Estado de Chihuahua; se crea la Junta Especial número 61 de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en la ciudad de Tepic, Estado de Nayarit, y se modifica la jurisdicción territorial de las juntas especiales números 17, 18 y 26 de la Federal de Conciliación y Arbitraje.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
MARIANO PALACIOS ALCOCER, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 606 de la Ley Federal del Trabajo; 40 fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 6 fracción VII del Reglamento Interior de la dependencia a mi cargo, y
CONSIDERANDO
Que conforme a lo dispuesto por el artículo 606 de la Ley Federal del Trabajo, corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social determinar el establecimiento de Juntas Especiales de la Federal de Conciliación y Arbitraje, cuando lo requieran las necesidades de los factores de la producción, fijando el lugar de su residencia y su competencia territorial, con el propósito de acercar la justicia laboral a los trabajadores y patrones;
Que el desarrollo económico y el número de conflictos y asuntos laborales que se suscitan en el Estado de Nayarit, justifican la creación de una Junta Especial con sede en la ciudad de Tepic, Estado de Nayarit, y
Que la reducida cantidad de conflictos laborales de carácter individual que se tramitan actualmente ante la Junta Especial número 41, radicada en la ciudad de Hidalgo del Parral, Estado de Chihuahua, justifica la conveniencia de suprimir dicha Junta Especial y, en tal virtud, los asuntos que venía conociendo se integren a la competencia territorial de la Junta Especial número 26, con sede en la ciudad de Chihuahua, Estado de Chihuahua, debiendo reubicarse el personal adscrito a aquélla de acuerdo a las necesidades de servicio de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE SUPRIME LA JUNTA ESPECIAL NUMERO 41 DE LA FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE HIDALGO DEL PARRAL, ESTADO DE CHIHUAHUA; SE CREA LA JUNTA ESPECIAL NUMERO 61 DE LA FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE TEPIC, ESTADO DE NAYARIT, Y SE MODIFICA LA...
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