Solicitud de Confidencialidad de la Información

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas1385-1387

ARTÍCULO 158.

Requisitos para que la Secretaría le dé el tratamiento de confidencial a la información

Las partes interesadas o las personas físicas o morales que conforme a la Ley y este Reglamento participen en los procedimientos a que se refiere este título, tendrán derecho a que la Secretaría dé a su información tratamiento confidencial o de información comercial reservada. Para tal efecto, el particular interesado deberá cumplir con los siguientes requisitos:

I. Presentar la solicitud por escrito;

II. Justificar por qué su información tiene el carácter de confidencial o de comercial reservada;

III. Presentar un resumen de la información o, en su caso, la exposición de las razones por las cuales no pueda resumirse, y

IV. En su caso, manifestar por escrito su consentimiento expreso de que su información marcada como confidencial o comercial reservada podrá ser revisada por los representantes legales de las otras partes interesadas.

ARTÍCULO 159.

Representante legal acreditado para tener acceso a la información confidencial. Requisitos

Para los efectos del artículo 80 de la Ley se considerará representante legal acreditado la persona física que cuente con la autorización de la Secretaría para tener acceso a la información confidencial, previo cumplimiento de los siguientes requisitos:

I. Presentar ante la Secretaría una solicitud por escrito en la que manifieste la necesidad de revisar la información confidencial;

II. Presentar los documentos oficiales con los que se acredite que el solicitante es abogado con título para ejercer en el territorio nacional, conforme a las leyes aplicables.

La solicitud a que se refiere esta fracción también podrá ser presentada por cualquier otra persona siempre que cumpla con los requisitos establecidos en este artículo, con excepción del señalado en el párrafo anterior, y sea asistido por un abogado;

III. Presentar el documento original o copia certificada del mismo, con el que acredite su representación;

IV. Exhibir la escritura pública o copia certificada de la misma, con la que acredite el nombre y las facultades del funcionario de la empresa que otorga la representación;

V. Ser residente en México;

VI. Asumir y presentar el compromiso de confidencialidad, en los términos que disponga la Secretaría conforme lo dispuesto en la Ley y en este Reglamento;

VII. Manifestar por escrito conocer las responsabilidades y sanciones en que podría incurrir en caso de violar la confidencialidad de la información...

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