Solicitud de cancelación de la suspensión al Padrón de importadores. Entérese en qué consiste

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Solicitud de cancelación de la suspensión al
Padrón de importadores. Entérese en qué consiste
Introducción
Conforme a la LA, quienes importan mercancías al territorio nacional están obligados a estar inscritos en el Padrón de
importadores y, en su caso, en el Padrón de importadores de sectores específicos a cargo del SAT.
Por su parte, el Reglamento de la LA y las RGCE para 2020 indican los casos en que las autoridades aduaneras pue-
den suspender legalmente el Padrón de importadores.
Cuando la autoridad aduanera suspende el Padrón de importadores, el importador puede realizar el trámite para so-
licitar que se deje sin efectos la suspensión; comentamos al respecto las disposiciones legales que establecen este
procedimiento.
Obligación de inscripción en el Padrón de importadores
Según la fracción IV del artículo 59 de la LA, quienes importen mercancías deberán cumplir (entre otras obligaciones)
el de estar inscritos en el Padrón de importadores y, en su caso, en el Padrón de importadores de sectores específicos
o en el Padrón de exportadores sectorial a cargo del SAT; al efecto, deberán estar al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones fiscales, así como acreditar ante las autoridades aduaneras que se encuentran inscritos en el RFC
y cumplir los demás requisitos que disponga el Reglamento de la LA y los que establezca el SAT mediante reglas.
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