Sociedades y asociaciones civiles del titulo II de la LISR

AutorJaime Domínguez Orozco
Páginas79-127

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1. Nueva Ley del impuesto sobre la renta en 2014

En el Diario Oficial de la Federación del 11 de diciembre de 2013 se publicó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y se abroga la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Unica, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.

En términos del artículo primero transitorio la Nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta entró en vigor el 1o. de enero de 2014 y en el artículo segundo transitorio quedarán, abrogadas la Ley del Impuesto Sobre la Renta, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 1o. de enero de 2002. El reglamento de la Ley del ISR de fecha 17 de octubre de 2003 continuará aplicándose en lo que no se oponga a la presente Ley del ISR y hasta en tanto no se expida un nuevo Reglamento.

La Nueva Ley del ISR, incluye la mayoría de las disposiciones de la Ley del ISR que se abroga, conserva la misma estructura de VII Títulos, disminuye los artículos a 195, pero tiene cambios en limitar deducciones a las personas morales del Título II, elimina regímenes especiales como consolidación fiscal, régimen simplificado, y en sustitución incluye un régimen opcional para grupo de sociedades; régimen de los coordinados para el autotransporte terrestre de carga o de pasajeros; régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras. En personas morales con fines no lucrativos del Título III, incluye nuevas actividades que pueden considerarse en este Título y a las sociedades o asociaciones civiles que se dediquen a la enseñanza con autorización o con reconocimiento de validez de estudios en los términos de la Ley General de Educación, cuyo objeto sea la enseñanza, que sean autorizadas para recibir donativos deducibles, continuarán en el Título III, por lo que si no son donatarias autorizadas a partir del 1o. de enero de 2014 tributarán en el Título II.

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Igualmente, las asociaciones deportivas reconocidas por la Comisión Nacional del Deporte continuarán en el Título III, siempre y cuando éstas sean miembros del Sistema Nacional del Deporte, en términos de la Ley General de Cultura Física y Deporte, por lo que si no cumplen con este requisito tributarán en el Título II.

La Nueva Ley del ISR realiza cambios importantes en el Título IV de las personas físicas, principalmente en establecer una tarifa con tasa máxima de 35% para ingresos anuales superiores a $ 3’000,000.00 y cambios en el Capítulo II de las actividades empresariales y servicios profesionales al eliminar el régimen de pequeños contribuyentes (REPECOS) y en sustitución incluye el régimen de incorporación fiscal (RIF).

2. Sociedades y asociaciones civiles que tributan en el título II de la nueva ley del ISR

Con base en la Nueva Ley del ISR vigente en 2017 ejemplificamos algunos tipos de sociedades y asociaciones civiles que deben aplicar el Título II de la Ley del ISR.

– Sociedades de profesionistas, técnicos o prestadores de servicios.

– Sociedades Inmobiliarias.

– Sociedades de representantes de empresas.

– Sociedades y asociaciones civiles que se dediquen a la enseñanza que no cuenten con autorización o con reconocimiento de validez de estudios de la Secretaría de Educación Pública.

– Sociedades y asociaciones civiles que se dediquen a la enseñanza que cuenten con autorización o con reconocimiento de validez de estudios de la Secretaría de Educación Pública, pero que no estén autorizadas para recibir donativos deducibles.

– Sociedades de agentes aduanales.

– Cualquier sociedad o asociación civil que no esté incluida en el artículo 79 de la Ley del ISR como no contribuyente del ISR.

– Sociedades o asociaciones deportivas que no sean reconocidas por la Comisión Nacional del Deporte, en términos de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

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3. Concepto de persona moral en la LISR

El artículo 7 de la Ley del ISR establece que cuando se haga mención a persona moral, se entienden comprendidas, entre otras:

– Las sociedades mercantiles, los organismos descentralizados que realicen preponderantemente actividades empresariales.

– Las instituciones de crédito.

– Las sociedades y asociaciones civiles.

– La asociación en participación cuando a través de ellas se realicen actividades empresariales en México.

Sobre estas bases, las sociedades y asociaciones civiles comprendidas en el Título II, tendrán que cumplir con todas las obligaciones fiscales, como cualquier sociedad mercantil.

4. Concepto de acciones en la LISR

Asimismo, el artículo 7 de la LISR establece que cuando se haga referencia a acciones se entenderán incluidos los siguientes:

– Los certificados de aportación patrimonial emitidos por las sociedades nacionales de crédito.

– Las partes sociales.

– Las participaciones en asociaciones civiles.

– Los certificados de participación ordinarios emitidos con base en fideicomisos sobre acciones que sean autorizados conforme a la legislación aplicable en materia de inversión extranjera.

Otra aclaración importante que hace esta disposición es que cuando se haga referencia a accionistas, quedarán comprendidos los titulares de los certificados a los que se ha hecho referencia, de las partes sociales y de las participaciones señaladas.

Esta precisión tiene una gran trascendencia para las sociedades civiles, ya que las disposiciones relativas a la determinación de las cuentas de capital de aportación, enajenación de acciones, reducción de capital, etc., serán aplicables también a este tipo de sociedades.

La misma disposición hace la aclaración que tratándose de sociedades cuyo capital esté representado por partes sociales, cuando en esta ley se haga referencia al costo comprobado de ad-

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quisición de acciones, se deberá considerar la parte alícuota que representen las partes sociales en el capital social de la sociedad de que se trate.

5. Principales obligaciones fiscales

Las sociedades y asociaciones civiles que se encuentran en el Título II de la LISR, tienen que cumplir con todas las obligaciones fiscales que se establecen en este ordenamiento, por lo cual a continuación hacemos mención de las principales, con base en la Ley del ISR en vigor a partir del 1o. de enero de 2014 y aplicable en 2017.

CALCULO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA SOBRE EL RESULTADO FISCAL

Las sociedades y...

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