La socialdemocracia en el siglo XXI y su relación con los partidos políticos que aprobaron el juicio penal acusatorio en México

AutorRodolfo Rafael Elizalde Castañeda y Edgar Ramón Aguilera García
Páginas74-115
El Estado Social y sus adversidades en el Siglo XXI
SUMARIO: I. Introducción. II. Marco teórico conceptual de la socialdemocracia,
partidos políticos y el modelo de justicia penal acusatorio. III. Relación de la social-
democracia con la ideología y principios de los partidos políticos que participaron en
la creación del nuevo modelo de justicia penal acusatorio en México. IV. Conclusio-
nes. V. Bibliografía.
RESUMEN: En el presente texto se analiza la inuencia de la doctrina de la social-
democracia en la ideología y principios de los partidos políticos mexicanos como el
Partido Revolucionario Institucional (PRI), Partido Acción Nacional (PAN), Partido
de la Revolución Democrática (PRD), CONVERGENCIA, ALTERNATIVA, Par-
tido Verde Ecologista de México (PVEM), Partido del Trabajo (PT) y Partido Nueva
Alianza (PANAL), que participaron en la reforma constitucional de fecha 18 de junio
de 2008, concretamente sobre la adopción del nuevo sistema de justicia penal acusa-
de los Estado Unidos Mexicanos de 1917 (CPEUM); asimismo, se analiza la inuen-
cia de esa doctrina en la adopción de este nuevo modelo.
PALABRAS CLAVES: Socialdemocracia, Juicio penal acusatorio, Ideología, Parti-
dos políticos, Estado social, Reforma constitucional.
I. INTRODUCCIÓN
A
principios del siglo XXI en México, concretamente en la citada reforma que
se publicó en el Diario Ocial de la Federación (DOF), la cual dio origen a un
nuevo modelo de justicia penal acusatorio, mismo que vendría a substituir al
modelo penal inquisitivo. Por lo que, en el 2019 a once años del nacimiento del nue-
vo modelo y a tres años de su instrumentación en todo el territorio nacional, en este
trabajo se investiga el siguiente problema, la relación que existe entre la doctrina de
la socialdemocracia que en sus orígenes pretendía implantar el socialismo1 e ideoló-
gicamente se ubica entre el liberalismo y el comunismo, pero se presenta como una
propuesta moderada-reformadora, es decir, para los socialdemócratas la transición
de la sociedad liberal-capitalista al socialismo se pretende hacer por medios pací-
cos y dentro del mismo sistema liberal-capitalista, y de ninguna manera por medios
1 Silva Triste, Fernando, Breve historia de la Socialdemocracia, H. Cámara de Diputados, Integración
para la Democracia Social, Asociación Política Nacional y Miguel Ángel Porrúa, México, 2005, pp.
12-19.
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Capítulo 2. La socialdemocracia en el siglo xxi y su relación con los partidos políticos...
violentos a través de la revolución,2 con la ideología y principios de los partidos po-
líticos que aprobaron el referido modelo de justicia penal acusatorio, así como la in-
uencia de dicha doctrina en la adopción de dicho modelo.
El objetivo general de este estudio consistió en investigar y analizar la relación de
la socialdemocracia con la ideología y principios de los partidos políticos que parti-
ciparon en la citada reforma, y su inuencia en la adopción del modelo de justicia
penal acusatorio adoptado por México el 18 de junio de 2008.
Esta propuesta de investigación la consideramos viable, pues a pesar de que la
socialdemocracia, al igual que liberalismo y neoliberalismo, es un término muy an-
tiguo, ambiguo, difuso, confuso, polivalente, multivalente, plurivalente; como lo
veremos más adelante, tiene algunos elementos que lo caracterizan, lo que nos per-
mitió identicar si existe alguna relación con la ideología y los principios de los par-
tidos políticos que participaron en la aprobación del nuevo modelo de justicia penal
acusatorio.
Este trabajo se justicó en razón de que, desde la instrumentación del nuevo
modelo de justicia penal acusatorio en México, no hay trabajos académicos que
hayan abordado el problema que planteamos, cuando menos no encontramos
nada igual o parecido en el ISCTE IUL Repositorio del Instituto Universitario de
Lisboa;3 FLASCO Andes, Repositorio digital FLACSO Ecuador;4 Repositorio de
Datos de investigación de la Universidad Autónoma Metropolitana;5 Repositorio
de la Universidad de Cantabria;6 Repositorio de la Universidad Nacional Autó-
noma de México.7 Por tanto, se trataba de un tema totalmente novedoso. Igual-
mente, un tema trascendente y relevante tanto para el mundo político y jurídico
2 Fundación de la Socialdemocracia de las Américas, “¿Qué es la socialdemocracia? Los principios y
valores de la Tercera Vía”, publicación electrónica por la Fundación de la Socialdemocracia de las
Américas, Convergencia Partido Político Nacional, México, 2006, p. 2, en http://www.fusda.org/
socialdemocracia.pdf Consultada el 5 de enero de 2019. Véase también, Documentos para talleres
sobre Socialdemocracia organizados por MRO y FRAS, Socialdemocracia, aporte del movimiento
revolucionario oriental, Montevideo, diciembre de 2006, en http://www.nuevaradio.org/mro/b2-
img/SOCIALDEMOCRACIA%20(aporteMRO).pdf Consultado el 10 de enero de 2019.
3 Cfr., en, https://repositorio.iscte-iul.pt/handle/10071/16351; Consultado el 12 de marzo de 2019.
4 Cfr., en, https://repositorio.acsoandes.edu.ec/handle/10469/4812 Consultado el 12 de marzo de
2019.
5 Cfr., en, https://repositorio.uam.es/handle/10486/129560/browse?value=Socialdemocracia+-+Bo-
livia+-+Tesis+doctorales&type=subject Consultado el 12 de marzo de 2019.
6 Cfr., en, https://repositorio.unican.es/xmlui/bitstream/handle/10902/7481/VoinotMeissnerPa-
blo.pdf?sequence=1&isAllowed=y Consultado el 12 de marzo de 2019.
7 Cfr., en, https://repositorio.unam.mx/contenidos/america-latina-y-la-social-democracia-la-viabili-
dad-de-un-proyecto-94548?c=4MwKyK&d=false&q=*:*&i=3&v=0&t=search_0&as=0 Consulta-
do el 12 de marzo de 2019.
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como para la ciudadanía en general, pues a partir del proceso de investigación
como de sus resultados, los interesados en estos temas tendrán la oportunidad de
acrecentar su cultura política y jurídica sobre la presencia de la doctrina de la so-
cialdemocracia -vía los partidos políticos que participaron en la precitada refor-
ma constitucional-, y su inuencia en la adopción del precitado modelo de justicia
penal acusatorio.
El presente estudio lo enfocamos a México, sin descuidar los antecedentes históri-
cos de la doctrina de la socialdemocracia que surge y se desarrolla en Europa; abar-
cando de manera especíca el periodo que va de 2007 a 2008, o sea, el tiempo que
duro el proceso legislativo que dio origen a la mencionada reforma, donde se adoptó
el nuevo modelo de justicia penal acusatorio.
El marco teórico-conceptual del presente trabajo lo sustentamos en la teoría de la
socialdemocracia de Eduardo Bernstein y Anthony Guiddens, la teoría de Giovanni
Sartori sobre los partidos políticos y la teoría garantista de Luigi Ferrajoli. Este últi-
mo autor, tomando en cuenta que el nacimiento del nuevo modelo de justicia penal
acusatorio surge de la mano de la referida teoría garantista. Aquí, debemos aclarar
que, en relación con la tipología propuesta por Sartori para el estudio de los partidos
políticos, solamente nos ocuparemos de la ideología, no así de las demás caracterís-
ticas como son la estructura, motivación, actitud, composición y papel, por no ser
objeto de este estudio. También aclaramos que por este mismo motivo no profundi-
zaremos en el estudio del modelo del juicio penal acusatorio.
Posteriormente, revisamos la actuación de dichos partidos a partir de las iniciati-
vas en relación con la precitada reforma8 que, entre otras cosas, dio origen al modelo
de justicia penal acusatorio.
El planteamiento del problema lo basamos en las siguientes preguntas de investi-
gación que guiaron el presente estudio: ¿Qué signicado teórico-conceptual tienen
la socialdemocracia, los partidos políticos y el sistema penal acusatorio? ¿Qué rela-
ción guarda la doctrina de la socialdemocracia con la ideología y principios de los
partidos políticos que participaron en la reforma constitucional que se publicó el 18
de junio de 2008?, ¿cuál fue la inuencia de dicha doctrina en la adopción del nuevo
modelo de justicia penal acusatorio? y ¿La ideología política y principios que profe-
san los partidos los hace coincidentes al momento de aprobar el modelo de justicia
penal acusatorio?
La hipótesis como una respuesta adelantada al problema que planteamos fue, el
modelo de justicia penal acusatorio adoptado en México con motivo de la reforma
constitucional del 18 de junio de 2008, nació bajo la inuencia de la doctrina de la
8 Cfr. Reforma constitucional publicada en el Diario Ocial de la Federación (DOF) el 18 de junio de 2008,
en http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5046978&fecha=18/06/2008. Consultado el 5 de
enero de 2019.
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