El sistemático desafío de Salinas Pliego al SAT

AutorClaudia Villegas

Trimestre a trimestre, Grupo Elektra ha reconocido ante los inversionistas del mercado de valores que desde 2013 litiga de manera sistemática en contra del Estado mexicano el pago de créditos fiscales después de que, a partir de enero de 2014, se derogó el régimen de consolidación tributaria, el cual le había permitido reducir su tasa efectiva de impuestos.

Antes, en 2013, las modificaciones al artículo 71 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) también representaron cambios para Elektra.

Durante los primeros tres años de la entrada en vigor de la desconsolidación tributaria, Elektra reconoció públicamente que esa decisión del Poder Legislativo y, posteriormente, la ejecución por parte de la autoridad tributaria, le generó un impacto en sus finanzas de al menos 3 mil 853 millones de pesos, y que tendría sólo cinco años para resolver si los pagaba o no. Allí comenzó la defensa frente al Servicio de Administración Tributaria (SAT)

Para Elektra el artículo 71 de la Ley del ISR viola los principios de seguridad jurídica y legalidad, al ser omiso en señalar expresamente cuál es la consecuencia de la fusión de sociedades que pertenecen al mismo grupo de consolidación fiscal, por lo que se desconoce si, en ese caso, se actualiza o no el supuesto de desincorporación y si es posible aprovechar las pérdidas.

Elektra estima que se violaron sus derechos constitucionales, así como los establecidos en los artículos 8 y 25.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los cuales estipulan que "toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competente, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales". Elektra cumple ya más de ocho años litigando el pago de impuestos y, finalmente, el asunto llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El equipo de abogados de Grupo Elektra ha insistido ante las autoridades judiciales del país en todos los niveles que el artículo 17 de la Ley del ISR no garantiza el principio de seguridad jurídica porque al interpretarlo, a su libre albedrío, la autoridad "deja desprotegido al contribuyente". Al recibir una sentencia de la SCJN que le niega un amparo en uno de sus juicios fiscales, Grupo Elektra informó que acudirá ante instancias internacionales para hacer valer sus alegatos.

A los tenedores de deuda y accionistas de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), Elektra les explicó que, para los créditos fiscales declarados durante 2008, 2010, 2011 y 2012, las autoridades del SAT consideraron inexistentes las pérdidas en venta de acciones, por lo que no fue legal su consolidación ni la reducción de la tasa del ISR. Pero el grupo ha sostenido ante el SAT, ante el mercado de valores y ante los tribunales de todas las instancias que el descuento de pérdidas sí procede.

Sin embargo, el pasado 19 de enero, en una decisión que dividió a los ministros del máximo tribunal del país, el pleno de la SCJN decidió no amparar ni proteger a Grupo Elektra contra las decisiones del SAT, lo...

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