Sistema de justicia penal juvenil: Principios rectores a la luz de la convención de los derechos del niño

AutorXochithl Guadalupe Rangel Romero
CargoProfesora Investigadora de Tiempo Completo en la Facultad de Derecho 'Abogado Ponciano Arriaga Leíja' de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí
Páginas155-172
155
Ciencia Jurídica
Universidad de Guanajuato
División de Derecho, Política y Gobierno
Departamento de Derecho
Año 8, núm. 15
P. 155
SISTEMA DE JUSTICIA PENAL JUVENIL: PRINCIPIOS RECTORES
Juvenile Criminal Justice System: Guiding Principles In The Light Of The Convention
Xochithl Guadalupe RANGEL ROMERO*
Sumario:
I. Introducción II. Aproximaciones jurídicas al concepto de principio III. Principios
básicos establecidos en la Convención de los Derechos del Niño IV. El sistema de jus-
ticia penal: estándares establecidos en la CDN V. Principios procesales del sistema de
justicia penal juvenil VI. Conclusión
* Profesora Investigadora de Tiempo Completo en la Facultad de Derecho “Abogado Ponciano Arriaga
Leíja” de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí. Correo electrónico: xochithl.rangel@uaslp.mx;
Se hace la observación al lector que parte de esta investigación pertenece al trabajo de investigación de
la suscrita, para obtener el Doctorado en Ciencias Penales y Política Criminal por el Instituto Nacional
de Ciencias Penales.
Resumen: A partir de 1989, con el nacimiento de la Convención de los Derechos del
Niño (más adelante, CDN o Convención), comienza la evolución del entendimiento
del adolescente en conicto con la ley penal, quedando establecido en este instrumento
normativo que se requiere la construcción de un sistema de justicia especializado para
atender este paradigma de justicia novedoso. Lo anterior dio como derivación que este
sistema necesariamente debe estar cimentado en principios especícos, rescatados espe-
cialmente del texto de la Convención y sobre las bases especícas que este instrumento
internacional colocó al sistema de protección a la infancia. La Convención ha emitido
parámetros concretos de cómo deben ser entendidos algunos principios atinentes a la
materia juvenil en conicto con la ley, que requieren ser comprendidos con la nalidad
de entender –verdaderamente– el sistema de justicia especializado para adolescentes.
Palabras clave: Adolescente en conicto con la ley, Sistema de justicia especializado,
Principios en materia juvenil.
Abstract: Beginning in 1989 with the birth of the Convention on the Rights of the Child
(hereafter, CRC or Convention), the evolution of the understanding of the adolescent in
conict with the criminal law begins, being established in this normative instrument that
the construction of a specialized justice system is required to address this novel para-
digm of justice. The foregoing led to the conclusion that this system must necessarily be
Fecha de recepción: 25 octubre 2017
Fecha de aceptación: 28 noviembre 2017
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Xochithl Guadalupe Rangel Romero
CienCia JurídiCa. Departamento de Derecho. División de Derecho, Política y Gobierno, Universidad de Guanajuato - Año 8, núm. 15, 2019
I. Introducción
Con el nacimiento de la CDN, en 1989, se encamina para la infancia novedosos sistemas
de protección, lo anterior derivado de la adopción de la Doctrina de la Protección Integral
de la Infancia (más adelante, DPI), que este instrumento normativo enmarca1. Lo ante-
rior trajo como derivación que dentro de la estructura de la Convención se establecieran
particularidades sobre cómo debe atenderse la temática de los adolescentes en conicto
con la ley penal. Es de recordarse que la DPI tiene como constructo principal el hecho de
que el niño y la niña sean considerados como sujetos de derechos y no meros objetos de
protección.
De lo que se enmarca en la CDN se ha puesto de maniesto, dentro del hemisferio oc-
cidental, la necesidad de crearse un sistema de justicia especializado para la infancia con
principios especícos que le doten de un sentido propio al quehacer de un sistema de jus-
ticia juvenil; a raíz del nacimiento de la Convención, los países comienzan una nueva (re)
estructuración de sus sistemas de justicia, lo que da como atinente que el entendimiento
de este novedoso sistema comience dentro de cada uno de los Estados, particularizando
formas de cómo entenderlo y comprenderlo.
Con base en lo anterior, cada una de las naciones dentro de este hemisferio inicia el
transitar de sus sistemas de justicia penal juvenil con la nalidad de adecuarse a lo esta-
blecido por la Convención. De lo anterior deriva el estudio de que los principios que ema-
nan de la CDN y otros instrumentos internacionales deben tener un alcance tan amplio en
la protección del derecho para los adolescentes en conicto con la ley penal, que permita
en todo caso que los Estados, sus autoridades e instituciones, mantengan un discurso
elevado de interpretación, de modo que el adolescente en conicto con la ley dentro del
sistema de justicia juvenil goce de principios, valores y derechos plenos, y que las res-
tricciones por parte de los Estados no sean adversas a todo un Sistema Interamericano de
Derechos Humanos.
II. Aproximaciones jurídicas al concepto de principio
Una de las grandes complejidades jurídicas que a la fecha se ponderan deviene especí-
camente con el entendimiento de lo que debe entenderse por principio y de sus alcances.
Dentro de una norma se puede acotar una gran cantidad de elementos que dotan al ser
1 Véase: rangel roMero, Xochithl Guadalupe (2018), 80 preguntas sobre derechos de infancia y la justi-
cia penal juvenil, México, editorial Flores Editor. Especícamente la sección I.
based on specic principles, which are especially drawn from the text of the Convention
and on the specic bases that this international instrument placed on the child protection
system. The Convention has issued specic parameters on how certain principles rela-
ting to juvenile matters in conict with the law should be understood, which need to be
understood in order to truly understand the specialized justice system for adolescents.
Keywords. Adolescent in conict with the law, Specialized justice system, Juvenile
principles.

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