Del Sistema de Control y Seguimiento de Juicios

AutorJosé Pérez Chavez - Eladio Campero Guerrero - Raymundo Fol Olguin
Páginas369-371

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ARTÍCULO 66

Registro y control en forma electrónica

El registro y control de las demandas, promociones, acuerdos, sentencias y demás actuacionesjurisdiccionales que realicen el Pleno Jurisdic-

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cional de la Sala Superior, las Secciones, las Salas Regionales, o las ponencias de los magistrados instructores en juicios que se tramiten en la vía sumaria, se efectuarán en forma electrónica, utilizando el Sistema de Control y Seguimiento de Juicios respecto de los juicios que se tengan registrados en él hastaquese concluyan totalmente, o bien, el SistemadeJusticiaen Línea respecto de losjuicios que ingresen al Tribunal a partir de lafechaque determine la Junta mediante Acuerdo General que expida para tal efecto, seaquesetramiten en líneao en lavíatradicional, todo ello de acuerdo a losi-guiente:

I. La Dirección General del SistemadeJusticiaenLíneatendráasu cargo el análisis, diseño, construcción, operación y mantenimiento del Sistema de ControlySeguimientodeJuicios, asícomo brindar laasesoría, capacitación y apoyo técnico a los usuarios del mismo, además propondrá a la Junta las modificaciones que se requieran para su mejor funcionamiento;

II. El Sistema de Control y Seguimiento de Juicios será utilizado exclusivamente por los servidores públicos del Tribunal, en la parte que les corresponda, conforme a lo previsto en el presente Reglamentoy el Sistemade Justicia en Línea se utilizará en términos de los Lineamientos que para tal efecto emita la Junta;

III. La utilización de los Sistemas, asícomo de la información registrada en ellos, será de uso restringido y solamente los usuarios responsables y autorizados podrán hacer uso de los mismos para los fines establecidos en las leyes y dentro del marco de las atribuciones o derechos que su cargo, función o actividad les otorguen;

IV. Los Sistemas deberán contar con los mecanismos de seguridad necesarios para preservar la confidencialidad de la información registrada y sólo los usuarios responsables y autorizados para su operación, contarán con claves individuales para accesar a los mismos;

V. Los Magistrados de Sala Superior y los Presidentes de las Salas Regionales, solicitarán a la Dirección General del Sistema de Justicia en Línea, según el Sistema deque se trate, la asignación de claves a los servidores públicos que autorizan, para su acceso a los Sistemas;

VI. Los Magistrados Instructores supervisarán la correcta y oportuna captura de los datos a los...

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