Síntesis de la Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de las actividades para la obtención de apoyo ciudadano de las personas aspirantes al cargo de gubernatura correspondiente al Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, en el Estado de Guerrero.

Fecha de publicación07 Octubre 2021
SecciónUNICA. Organismos Autonomos
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SÍNTESIS de la Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de las actividades para la obtenc
SÍNTESIS de la Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de las actividades para la obtención de apoyo ciudadano de las personas aspirantes al cargo de gubernatura correspondiente al Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, en el Estado de Guerrero. Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional Electoral.- Unidad Técnica de Fiscalización.- Resolución INE/CG128/2021.
SÍNTESIS DE LA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESPECTO DE LAS IRREGULARIDADES ENCONTRADAS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES PARA LA OBTENCIÓN DE APOYO CIUDADANO DE LAS PERSONAS ASPIRANTES AL CARGO DE GUBERNATURA CORRESPONDIENTE AL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2020-2021, EN EL ESTADO DE GUERRERO.(1)
26.1 C. Daniel Campos Caravallido.
Acatamiento 1
Acatamiento 2
Conclusión
Tipo de
conducta
Sanción
Monto
Imp.
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Imp.
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
11.2_C1_GR
Fondo
Pérdida del derecho a ser registrados como candidatos en el marco del Proceso Electoral Concurrente 2020-2021, así como en los dos Procesos Electorales subsecuentes.
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NO
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33.1 C. Héctor Manuel Popoca Boone.(2)
Acatamiento 1
Acatamiento 2
Conclusión
Tipo de
conducta
Sanción
Monto
Imp.
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Imp.
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
11.1-C1-GR
Forma
Multa
$1,129.44
NO
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11.1-C3-GR
Fondo
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11.1-C2-GR
Fondo
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En términos del artículo 458, numeral 8 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, los recursos obtenidos por la aplicación de las sanciones económicas serán destinados al organismo estatal encargado de la promoción, fomento y desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación de la entidad federativa correspondiente en los términos de las disposiciones aplicables.
Atentamente
Ciudad de México, a 06 de septiembre de 2021.- Titular de la Unidad Técnica de Fiscalización, Jacqueline Vargas Arellanes.- Rúbrica.
1 Visible en: https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/117876/CGor202102-26-rp-10-2-Gro.pdf
2 Por la totalidad de las faltas observadas se realizó la imposición de una sola sanción, atendiendo a la capacidad económica del aspirante.

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