Síntesis de la Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de las actividades para la obtención del apoyo ciudadano de las personas aspirantes a los cargos de diputaciones de mayoría relativa y ayuntamientos, correspondientes al Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021 en el Estado de San Luis Potosí, identificada con la clave alfanumérica INE/CG261/2021.

Fecha de publicación06 Septiembre 2021
SecciónUNICA. Organismos Autonomos
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SÍNTESIS de la Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de las actividades para la obtenc
SÍNTESIS de la Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de las actividades para la obtención del apoyo ciudadano de las personas aspirantes a los cargos de diputaciones de mayoría relativa y ayuntamientos, correspondientes al Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021 en el Estado de San Luis Potosí, identificada con la clave alfanumérica INE/CG261/2021. Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional Electoral.- Unidad Técnica de Fiscalización.- Resolución INE/CG261/2021.
SÍNTESIS DE LA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESPECTO DE LAS IRREGULARIDADES ENCONTRADAS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES PARA LA OBTENCIÓN DEL APOYO CIUDADANO DE LAS PERSONAS ASPIRANTES A LOS CARGOS DE DIPUTACIONES DE MAYORÍA RELATIVA Y AYUNTAMIENTOS, CORRESPONDIENTES AL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2020-2021 EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, IDENTIFICADA CON LA CLAVE ALFANUMÉRICA INE/CG261/2021.(1)
33.1. Aspirante que fue sancionado con la pérdida del derecho a ser registrado como candidato en el marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.
Acatamiento 1
Acatamiento 2
Nombre
Tipo de
conducta
Sanción
Imp.
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Imp.
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Juan Carlos Muñiz Garza
Fondo
Perdida del derecho a
ser registrado
SI
SM-JDC-
0203-2021
Desecha
-
-
-
-
-
-
-
-
-
SM-JDC-
0466-2021
Desecha
-
-
-
-
-
-
-
-
-
TESLP/JDC/8
7/2021
Desecha
-
-
-
-
-
-
-
-
-
34.1. Aspirantes que fueron sancionados con la pérdida del derecho a ser registrados como candidatos en el marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.
Acatamiento 1
Acatamiento 2
Nombre
Tipo de
conducta
Sanción
Imp.
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Imp.
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Ricardo Castañeda Hernandez
Fondo
Perdida del derecho a
ser registrado
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Jose Crispín Segura Lara
Fondo
Perdida del derecho a
ser registrado
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Edith Areli Jasso Cárdenas
Fondo
Perdida del derecho a
ser registrado
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Elena Montserrat Hernandez Luna
Fondo
Perdida del derecho a
ser registrado
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Florencio Cruz Benito
Fondo
Perdida del derecho a
ser registrado
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Pedro Gustavo Marcial Cruz
Fondo
Perdida del derecho a
ser registrado
SI
SM-RAP-48/
2021
Sobresee
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Jose Inés Coronado Guerrero
Fondo
Perdida del derecho a
ser registrado
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Angélica Bravo Garcia
Fondo
Perdida del derecho a
ser registrado
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Justino Castro Rodriguez
Fondo
Perdida del derecho a
ser registrado
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
35.1.1 C. Gabriel Alan Salazar Soto(2)
Acatamiento 1
Acatamiento 2
Conclusión
Tipo de
conducta
Sanción
Monto
Impugnado
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Impugnado
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
12.3_C2_SL y
12.3_C3_SL
Formal
Multa
$6,602.88
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
12.3_C1_SL
Fondo
Multa
-
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
12.3_C6_SL
Fondo
Multa
-
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
35.1.2 C. José Alfonso Somohano Olvera
Acatamiento 1
Acatamiento 2
Conclusión
Tipo de
conducta
Sanción
Monto
Impugnado
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Impugnado
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
12.5_C1_SL
Forma
Multa
$868.80
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
35.2.1 C. Rafael Olvera Torres
Acatamiento 1
Acatamiento 2
Conclusión
Tipo de
conducta
Sanción
Monto
Impugnado
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Impugnado
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
12.1_C1_SL
Fondo
Multa
$6,950.40
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
12.1_C2_SL,
12.1_C4_SL y
12.1_C5_SL.
Forma
Multa
-
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
12.1_C3_SL
Fondo
Multa
-
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
12.1_C6_SL
Fondo
Multa
-
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
12.1_C9_SL
Fondo
Multa
-
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
35.2.2 C. Leonardo Vinaja Vázquez
Acatamiento 1
Acatamiento 2
Conclusión
Tipo de
conducta
Sanción
Monto
Impugnado
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Impugnado
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
12.2_C2_SL y
12.2_C3_SL.
Forma
Multa
$9,556.80
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
12.2_C1_SL
Fondo
Multa
-
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
35.2.3 C. Napoleón Guerrero Godoy
Acatamiento 1
Acatamiento 2
Conclusión
Tipo de
conducta
Sanción
Monto
Impugnado
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Impugnado
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
12.4_C1_SL
Fondo
Multa
$49,956.00
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
12.4_C2_SL,
12.4_C3_SL.,
12.4_C4_SL,
12.4_C5_SL y
12.4_C6_SL
Forma
Multa
-
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
12.4_C9_SL
Fondo
Multa
-
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
En términos del artículo 458, numeral 8 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, los recursos obtenidos por las aplicaciones de las sanciones económicas serán destinadas al organismo estatal encargado de la promoción, fomento y desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación de la entidad federativa correspondiente, en los términos de las disposiciones aplicables.
Atentamente
Ciudad de México, a 16 de agosto de 2021.- Titular de la Unidad Técnica de Fiscalización, Jacqueline Vargas Arellanes.- Rúbrica.
1 Visible en: https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/118834/CGor202103-21-rp-3-41.pdf
2 Para los aspirantes a candidatos independientes, atendiendo a la capacidad económica de cada uno, se realizó la imposición de una sola sanción por la totalidad de las faltas observadas.

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