Síntesis ejecutiva

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Fiscal

AVISOS DE SUSPENSION Y REANUDACION DE ACTIVIDADES, ¿SABIA QUE ESTA OBLIGADO A PRESENTARLOS POR SUS TRABAJADORES?

Frecuentemente, los patrones personas físicas y morales que cuentan con trabajadores o con personas que perciben ingresos asimilados a salarios, ignoran que tienen obligación de presentar avisos de suspensión y reanudación de actividades por los trabajadores que contratan o por aquellos que se retiran por renuncia o despido de sus labores.

Se señalan al respecto los lineamientos a seguir para presentar estos avisos.

· (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A30)

EMISION DE CFD. SI NO PRESENTA EL REPORTE MENSUAL DE FOLIOS DEBERA EXPEDIR CFDI

En términos de la regla I.2.9.3.1 de la RMF para 2011, los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal de 2010 y anteriores hubieran optado por expedir CFD al amparo de lo dispuesto por el artículo 29 del CFF, vigente hasta el 31 de diciembre de 2010, y los hayan emitido efectivamente, podrán optar por continuar generando y emitiendo por medios propios CFD, sin necesidad de remitirlos a un proveedor de certificación de CFDI para la validación de requisitos, asignación de folio e incorporación del sello digital del SAT. Quienes ejerzan esta opción deberán cumplir diversas obligaciones, entre otras, presentar un reporte mensual de folios.

En este sentido, entre otros supuestos, cuando los contribuyentes incumplan con el requisito de presentar el reporte durante dos meses consecutivos, o bien, en tres meses no consecutivos, en el mismo ejercicio fiscal, perderán el derecho de aplicar la facilidad de expedir CFD a partir de que se presente el último incumplimiento, y quedarán obligados desde esa fecha a aplicar las disposiciones generales en la materia (emitir CFDI).

Por ello, es importante que los contribuyentes referidos presenten en tiempo y forma el reporte señalado a efecto de que no pierdan la facilidad de expedir CFD.

Se indica el procedimiento para presentar el reporte mensual de folios de CFD.

· (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A33)

DIOT, ES ILEGAL LA MULTA QUE SE IMPONGA POR PRESENTARLA A REQUERIMIENTO DE LA AUTORIDAD. TESIS DEL TFJFA

Conforme al artículo 81, fracción XXVI, del CFF, se considera infracción re-

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lacionada con la obligación de presentar declaraciones, no proporcionar la información a que se refiere el artículo 32, fracción VIII, de la Ley del IVA (Declaración informativa de operaciones con terceros, DIOT), a través de los medios, formatos electrónicos y plazos establecidos en esta ley, o...

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