Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SRE-JE-0031-2022), 2022

Fecha20 Abril 2022
Número de expedienteSRE-JE-0031-2022
Tribunal de OrigenUNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Tipo de procesoJuicio electoral
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)

JUICIO ELECTORAL

EXPEDIENTE:

SRE-JE-31/2022

PARTES DENUNCIANTES:

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y OTROS

PARTES DENUNCIADAS:

C.S.P., JEFA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y OTRAS

MAGISTRADO PONENTE:

L.E. MORALES

SECRETARIA:

L.E.D.N.

COLABORÓ:

JOSÉ EDUARDO HERNÁNDEZ PÉREZ

Ciudad de México, a veinte de abril de dos mil veintidós[1].

ACUERDO por el que se devuelve el expediente identificado con la clave UT/SCG/PE/PAN/CG/36/2022 y acumulados, a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, a fin de que realice mayores diligencias de investigación y emplace a las partes de manera correcta en el procedimiento.

ABREVIATURAS

Autoridad instructora o UTCE

Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del INE

Comisión de Quejas

Comisión de Quejas y Denuncias del INE

Constitución

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Dirección de Prerrogativas

Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE

Gobernadora de BC

Marina del P.Á.O., G. del estado de Baja California

Gobernador de BCS

V.M.C.C., Gobernador del estado de Baja California Sur

Gobernadora de Campeche

Layda Sansores San Román, Gobernadora del estado de Campeche

Gobernador de Chiapas

Rutilio Escandón Cadenas, Gobernador del estado de Chiapas

Jefa de Gobierno

C.S.P., Jefa de Gobierno de la Ciudad de México

Gobernadora de Colima

Indira Vizcaíno Silva, G. del estado de Colima

Gobernadora de Guerrero

Evelyn Salgado Pineda, G. del estado de Guerrero

Gobernador de Michoacán

Alfredo Ramírez Bedolla, Gobernador del estado de Michoacán

Gobernador de Morelos

Cuauhtémoc Blanco Bravo, Gobernador del estado de Morelos

Gobernador de Nayarit

Miguel Ángel Navarro Quintero, Gobernador del estado de Nayarit

Gobernador de Puebla

Luis Miguel G. Barbosa Huerta, Gobernador del estado de Puebla

Gobernador de SLP

J.R.G.C., Gobernador del estado de San Luis Potosí

Gobernador de Sinaloa

Rubén Rocha Moya, Gobernador del estado de Sinaloa

Gobernador de Sonora

Francisco Alfonso Durazo Montaño, Gobernador del estado de Sonora

Gobernador de Tabasco

Carlos Manuel Merino Campos, Gobernador interino del estado de Tabasco

Gobernador de Tlaxcala

L.C.C., G. del estado de Tlaxcala

Gobernador de Veracruz

Cuitláhuac García Jiménez, Gobernador del estado de Veracruz

Gobernador de Zacatecas

D.M.Á., Gobernador del estado de Zacatecas

INE

Instituto Nacional Electoral

Ley Electoral

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Ley de Revocación

Ley Federal de Revocación de Mandato

Lineamientos

Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para la organización de la Revocación de Mandato

Presidente de la República

A.M.L.O., Presidente de los Estados Unidos Mexicanos

PAN o promovente

Partido Acción Nacional

Sala Superior

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Sala Especializada

Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Suprema Corte

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Unidad Especializada

Unidad Especializada para la Integración de los Expedientes de los Procedimientos Especiales Sancionadores de la Sala Especializada

ANTECEDENTES I. Trámite ante al UTCE
  1. a. Primera denuncia. El catorce de febrero, el PAN[2] denunció a la Jefa de Gobierno y a las personas titulares de diecisiete gubernaturas[3] porque, en su concepto, difundieron propaganda gubernamental en periodo prohibido a través de sus cuentas de T., por haber difundido un comunicado en apoyo al Presidente de la República en el que destacan obras públicas de su administración.
  2. Asimismo, solicitó que se adoptaran medidas cautelares para que dichas personas servidoras públicas suspendieran y se abstuvieran de difundir dicho material o cualquier propaganda gubernamental hasta pasada la votación del proceso de revocación de mandato.
  3. b. Radicación y reserva. En misma fecha, la UTCE determinó registrar la denuncia con la clave de expediente UT/SCG/PE/PAN/CG/36/2022, reservar su admisión, el dictado de medidas cautelares y el emplazamiento a las partes hasta en tanto culminara la etapa de investigación.
  4. c. Admisión y diligencias. El quince de febrero, la autoridad instructora acordó admitir la denuncia, elaborar la opinión técnica relacionada con el acuerdo de medida cautelar y ordenó desahogar diversas diligencias para la debida integración del expediente.
  5. d. Segunda denuncia. El quince de febrero, el PAN[4] denunció a la Jefa de Gobierno y las personas titulares de diecisiete gubernaturas[5] porque, en su concepto, difundieron propaganda gubernamental en periodo prohibido a través de sus cuentas de T. y, respecto de la primera, también en su cuenta de Facebook, por difundir un comunicado de apoyo al Presidente de la República a nombre de los gobernadores y gobernadora de la 4ª. Transformación.
  6. Por lo anterior, solicitó la adopción de medidas cautelares, así como en su vertiente preventiva, para...

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