Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SRE-PSC-0151-2021), 2021
Número de expediente | SRE-PSC-0151-2021 |
Fecha | 19 Agosto 2021 |
Tipo de proceso | Procedimiento especial sancionador del Órgano Central del Instituto Nacional Electoral |
Tribunal de Origen | UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR |
|
EXPEDIENTE: |
SRE-PSC-151/2021 |
PROMOVENTE: |
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL |
PARTES INVOLUCRADAS: |
MORENA Y OTRAS |
MAGISTRADO PONENTE: |
L.E.M. |
SECRETARIADO: |
CARLA ELENA SOLÍS ECHEGOYEN Y DAVID ALEJANDRO ÁVALOS GUADARRAMA |
COLABORARON: |
GUADALUPE S.M.V.Y.A.B. DÍAZ |
Ciudad de México, a diecinueve de agosto de dos mil veintiuno[1].
SENTENCIA de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que determina la inexistencia de la infracción consistente en el presunto uso indebido de programas sociales o de gobierno, en detrimento de la equidad en la contienda entre partidos políticos y candidaturas independientes, en el proceso electoral federal 2020-2021, con motivo de:
- La utilización de los colores distintivos del instituto político M. en la indumentaria de las personas servidoras públicas encargadas de verificar la identidad de la ciudadanía que acudía a los centros de vacunación contra el virus SARS CoV-2 (COVID-19) atribuida a dicho instituto político y al Titular de la Secretaría de Bienestar del Gobierno Federal
- La recopilación y conservación de información electoral, contenida en la credencial para votar con fotografía, de la ciudadanía que acudía a los centros de vacunación contra el virus SARS CoV-2 (COVID-19), para que se emitiera un voto a favor de M. atribuida al Presidente de la República[2]; el Secretario de Salud y Subsecretario de Prevención y Promoción Social[3], ambos del gobierno federal; el S. de Bienestar del Gobierno Federal[4]; el Coordinador General de la Estrategia Nacional Digital de la Oficina de la Presidencia y a la Directora General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología[5]; el C. General de Programas para el Desarrollo[6]; y a las personas titulares de las treinta y dos Coordinaciones Estatales de las Brigadas Especiales (Brigadas Correcaminos)[7]
GLOSARIO |
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Autoridad instructora o UTCE: |
Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral. |
Comisión de Quejas: |
Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral. |
Covid-19: |
Enfermedad causada por el coronavirus SARS-CoV-2.[8] |
CURP: |
Clave Única de Registro de Población. |
INE: |
Instituto Nacional Electoral. |
M. o partido denunciado: |
Partido Político Morena. |
PAN o quejoso: |
Partido Acción Nacional. |
Partes involucradas: |
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Plan Nacional de Vacunación o programa: |
Plan Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención del COVID-19 en México. |
Sala Especializada: |
Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. |
Sala Superior: |
Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. |
SCJN |
Suprema Corte de Justicia de la Nación |
Unidad Especializada: |
Unidad Especializada para la Integración de los Expedientes de los Procedimientos Especiales Sancionadores.
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ANTECEDENTES
I. Proceso electoral
- 1. Proceso Electoral Federal 2020-2021. El veintiséis de agosto de dos mil veinte, el Consejo General del INE aprobó el acuerdo INE/CG218/2020[10], relativo al plan integral y calendario del proceso electoral federal 2020-2021, entre las que destacan:
Inicio del Proceso |
Periodo de Precampaña |
Periodo de Intercampaña |
Periodo de Campaña |
Jornada Electoral |
7 de septiembre de 2020 |
23 de diciembre de 2020 al 31 de enero |
1 de febrero de 2020 al 3 de abril |
4 de abril de 2020 al 2 de junio |
6 de junio |
- 2. Acuerdo INE/CG551/2020. El veintiocho de octubre de dos mil veinte, el Consejo General del INE emitió el acuerdo por el que se aprobó la convocatoria y los Lineamientos para la verificación del cumplimiento del porcentaje de apoyo de la ciudadanía inscrita en la lista nominal electoral que se requiere para el registro de candidaturas independientes para diputaciones federales por el principio de mayoría relativa en el Proceso Electoral Federal 2020-2021[11]
II. Sustanciación del procedimiento especial sancionador
- 3.Queja. El diecisiete de febrero, la representación del PAN ante el Consejo General del INE, denunció a M., así como a las personas servidoras públicas encargadas de la logística y operación de los módulos en los que se aplica la vacuna contra el virus SARS CoV-2 en la Ciudad de México, porque a su juicio, los hechos denunciados podrían actualizar: a) la indebida solicitud de credencial para votar a las personas adultas mayores, así como la captura de fotografías tanto del documento de identidad como de la persona que recibe la vacuna, y el b) uso indebido de programas sociales o de gobierno durante el proceso electoral.
- 4. Registro, admisión, reserva de emplazamiento, requerimientos y medidas cautelares. Ese mismo día, la autoridad instructora registró la queja con la clave UT/SCG/PE/PAN/CG/51/PEF/67/2021, ordenó realizar los requerimientos que consideró pertinentes para la integración del expediente, admitió a trámite la queja, se reservó proveer sobre el emplazamiento, realizó diversos requerimientos y, presentó a la Comisión de Quejas la elaboración de la propuesta de acuerdo de medidas cautelares.
- 5. Medidas cautelares y tutela preventiva. El diecinueve de febrero, la Comisión de Quejas, mediante el Acuerdo con clave ACQyD-INE-30/2021[12] negó las medidas cautelares, bajo la figura de tutela preventiva solicitadas por el promovente.
- En opinión del quejoso, se beneficiaba a M. a través del acceso a...
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