Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SRE-PSC-0173-2021), 2021
Número de expediente | SRE-PSC-0173-2021 |
Fecha | 28 Septiembre 2021 |
Tipo de proceso | Procedimiento especial sancionador del Órgano Central del Instituto Nacional Electoral |
Tribunal de Origen | UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR |
|
EXPEDIENTE: |
SRE-PSC-173/2021 |
PROMOVENTE: |
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS POLÍTICOS |
PARTES DENUNCIADAS: |
PARTIDO ENCUENTRO SOLIDARIO Y OTRO |
MAGISTRADO PONENTE: |
L.E.M. |
SECRETARIADO: |
J.E.H.P.Y.A.O.D. |
COLABORÓ: |
YELENYS SILVA ROY |
Ciudad de México, a veintiocho de septiembre de dos mil veintiuno[1].
SENTENCIA que determina la existencia de violencia política contra las mujeres por razón de género atribuida al Partido Encuentro Solidario, como consecuencia del incumplimiento a su obligación de asignar al menos el 40% de los tiempos en radio y televisión durante el periodo de campaña a sus candidatas, de conformidad con lo establecido en los “Lineamientos para que los partidos políticos nacionales y, en su caso, los partidos políticos locales, prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género”.
GLOSARIO |
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Autoridad instructora o UTCE |
Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral |
CONAPRED |
Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación |
Dirección de Prerrogativas |
Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral |
Ley General de Acceso |
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. |
Ley de Partidos |
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Lineamientos |
Lineamientos para que los partidos políticos nacionales y, en su caso, los partidos políticos locales, prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género |
INE |
Instituto Nacional Electoral |
PES |
Partido Encuentro Solidario |
Protocolo |
Protocolo para Atender la Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género, emitido por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y otras autoridades, edición 2017 |
Reglamento |
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Sala Especializada |
Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
Sala Superior |
Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
Suprema Corte |
Suprema Corte de Justicia de la Nación |
Tribunal Electoral |
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
Unidad Especializada |
Unidad Especializada para la Integración de los Expedientes de los Procedimientos Especiales Sancionadores de esta Sala Especializada |
VPMrG |
Violencia Política en contra las Mujeres por Razón de Género |
- a. Reforma. El trece de abril de dos mil veinte, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones en relación con la VPMrG[2].
- b. Reglamento. El veintiuno de agosto de esa anualidad, mediante el acuerdo INE/CG198/2020, el Consejo General del INE aprobó la modificación de dicha normatividad con motivo de la reforma legal en materia de VPMrG[3].
- c. Lineamientos. El veintiocho de octubre de dos mil veinte, mediante el acuerdo INE/CG517/2020 el Consejo General del INE aprobó los Lineamientos[4], en lo que se establecen las bases para que los partidos políticos nacionales y locales incorporen disposiciones para garantizar la no discriminación de las mujeres en razón de género en la programación y distribución de los tiempos del Estado en radio y televisión que les correspondan y de las prerrogativas para las precampañas y campañas políticas, incluidas aquellas ejercidas en coalición, así como los mecanismos mediante los cuales se rendirán cuentas[5].
- d. Proceso electoral federal. El veintiséis de agosto de dos mil veinte, el Consejo General del INE aprobó el acuerdo INE/CG218/2020, relativo al plan integral y calendario del proceso electoral federal 2020-2021[6] para renovar las diputaciones federales, en el cual destacan las siguientes fechas:
Inicio del Proceso |
Periodo de Precampaña |
Periodo de Intercampaña |
Periodo de Campaña |
Jornada Electoral |
7 de septiembre de 2020 |
23 de diciembre de 2020 al 31 de enero |
1 de febrero al 3 de abril |
4 de abril al 2 de junio |
6 de junio |
- a. Vista[7]. El dieciséis de junio, a través del oficio INE/DEPPP/STCRT/0271/2021 el titular de la Dirección de Prerrogativas dio vista al Secretario Ejecutivo del INE, ante el probable incumplimiento a lo establecido en los Lineamientos[8] por parte del PES, toda vez que del informe final de cumplimiento de los partidos políticos nacionales relativo al acceso igualitario en pauta de radio y televisión conforme a lo establecido en el acuerdo INE/CG517/2020 en el PEF 2020-2021[9], dicho instituto político asignó 22.4% de su pauta al género femenino en contraposición con el 40% al que estaba obligado a otorgar.
- b. Registro, admisión y reserva[10]. El treinta de junio, la UTCE registró el procedimiento[11], lo admitió...
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