Acuerdo de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-JDC-1173-2021-Acuerdo1), 2021
Número de expediente | SUP-JDC-1173-2021 |
Fecha | 28 Agosto 2021 |
Tribunal de Origen | CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
ACUERDO DE SALA
EXPEDIENTE: SUP-JDC-1173/2021
MAGISTRADO PONENTE: FELIPE DE LA MATA PIZAÑA[1]
Ciudad de México, veintiocho de agosto de dos mil veintiuno.
Acuerdo que reencauza a recurso de reconsideración, la demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano presenta por J.E.R.M.. Esto, por ser el medio de impugnación procedente para controvertir el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral mediante el cual asignó diputaciones federales de representación proporcional.
GLOSARIO
ANTECEDENTES
ACTUACIÓN COLEGIADA
REENCAUZAMIENTO
ACUERDOS
GLOSARIO
CG del INE: |
Consejo General del Instituto Nacional Electoral |
JDC: |
Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano |
INE: |
Instituto Nacional Electoral |
LGSMIME: |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. |
MR: |
Mayoría relativa |
PAN: |
Partido Acción Nacional |
REC: |
Recurso de reconsideración |
RP: |
Representación proporcional |
I. Jornada. El seis de junio[2], se realizó la elección de diputaciones federales de MR y RP.
II. Asignación. El veintitrés de agosto, el CG del INE emitió el acuerdo por el cual asignó las diputaciones de RP que corresponden a los partidos políticos.
III. Juicio ciudadano
1. Demanda. El veinticinco de agosto, el actor presentó demanda de JDC para impugnar el acuerdo de asignación de diputaciones de RP.
2. Recepción y turno. En su oportunidad, se recibieron las constancias respectivas y se integró el expediente SUP-JDC-1173/2021, el cual fue turnado a la Ponencia del Magistrado F. de la M.P..
ACTUACIÓN COLEGIADAPor tanto, la decisión en modo alguno corresponde a las facultades individuales de quienes integran este órgano jurisdiccional, porque implica una modificación en el trámite ordinario.[3]
REENCAUZAMIENTOI. Tesis
Se debe reencauzar el JDC a REC, por ser el medio de impugnación procedente para controvertir el acuerdo de asignación de diputaciones de RP.
II. Justificación
Conforme a la normativa, el REC procederá para impugnar las asignaciones de RP realizadas por el CG del INE.[4]
Es presupuesto que el CG del INE haya asignado indebidamente diputaciones o senaduría de RP.[5]
Asimismo, se establece que el REC se deberá interponer dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes del momento en el cual concluya la sesión del CG del INE, en la cual se hayan asignado las diputaciones.
Finalmente, mediante las sentencias dictadas en el REC se pueden modificar las asignaciones de diputaciones o senadurías de RP.
Cabe señalar que, la normativa otorga legitimación a quienes ostentaron una candidatura a fin de interponer el REC, pero cuando el objeto de controversia sea una sentencia de las S.s Regionales.
En cualquier otro caso...
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