Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SRE-PSC-0152-2021), 2021
Número de expediente | SRE-PSC-0152-2021 |
Fecha | 19 Agosto 2021 |
Tipo de proceso | Procedimiento especial sancionador del Órgano Central del Instituto Nacional Electoral |
Tribunal de Origen | UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR |
|
EXPEDIENTE: |
SRE-PSC-152/2021 |
PROMOVENTES: |
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA Y OTROS |
PARTES INVOLUCRADAS: |
A.M.L.O., PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y OTROS |
MAGISTRADO PONENTE: |
L.E.M. |
SECRETARIADO: |
LUCILA EUGENIA DOMÍNGUEZ NARVÁEZ Y JOSÉ EDUARDO HERNÁNDEZ PÉREZ |
COLABORARON: |
J.H.H.M. Y YELENYS SILVA ROY |
Ciudad de México, a diecinueve de agosto de dos mil veintiuno[1].
SENTENCIA de la S. Especializada, que determina: i) la existencia de la propaganda gubernamental en periodo prohibido y vulneración al principio de imparcialidad, por parte del P. de la República respecto de algunos mensajes emitidos en las conferencias de prensa matutina del dieciséis, diecinueve y veinte de abril; ii) la existencia de la responsabilidad del Director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales de la Presidencia de la República y del C. General de Comunicación Social y V. de la Presidencia de la República por su participación en la difusión de las expresiones que vulneraron la normatividad electoral; iii) la existencia de la difusión de las expresiones del P. que constituyeron...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba