Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-0002-2021), 09-07-2021
Número de expediente | SCM-JDC-0002-2021 |
Fecha | 09 Julio 2021 |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MORELOS, CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO INDÍGENA DE HUEYAPAN, MORELOS Y OTROS |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO (Y PERSONAS CIUDADANAS)
EXPEDIENTES: SCM-JDC-2/2021 y SCM-JDC-3/2021
PARTE ACTORA:
JOSÉ ESCOBAR P. Y OTRAS PERSONAS
PARTE TERCERA INTERESADA:
PABLO ALONSO RODRÍGUEZ Y OTRAS PERSONAS
AUTORIDADES RESPONSABLES:
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MORELOS Y OTRO
MAGISTRADA INSTRUCTORA:
MARÍA GUADALUPE SILVA ROJAS
SECRETARIO:
LUIS ENRIQUE RIVERO CARRERA
MAGISTRADO ENCARGADO DEL ENGROSE: HÉCTOR ROMERO BOLAÑOS
SECRETARIAS: MARÍA DE LOS ÁNGELES VERA OLVERA Y PAOLA PÉREZ BRAVO LANZ
Ciudad de México, a nueve de julio de dos mil veintiuno.
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública confirma la sentencia emitida el veinticuatro de diciembre de dos mil veinte[1] por el Tribunal Electoral del Estado de Morelos en el juicio TEEM/JDC/30/2020-1, que declaró fundados e inoperantes los agravios de la parte actora de ese juicio y confirmó sus renuncias o remociones tomadas en la Asamblea General del municipio de Hueyapan de veintitrés de julio.
ÍNDICE
GLOSARIO
SÍNTESIS
ANTECEDENTES
RAZONES Y FUNDAMENTOS
PRIMERA. Jurisdicción y competencia
SEGUNDA. Análisis con perspectiva intercultural
TERCERA. Demanda de Margarita Pérez Casarez y salto de instancia
CUARTA. Acumulación
QUINTA. Partes terceras interesadas
SEXTA. Solicitud de sobreseimiento
SÉPTIMA. Requisitos de procedencia
OCTAVA. Planteamiento del caso
NOVENA. Estudio de fondo
9.1. Contexto
9.2. Síntesis de demandas y comparecencias
9.3. Suplencia y forma en que serán estudiados los planteamientos
9.4. Tipo de conflicto
9.5. Estudio de los agravios
9.5.1. Llamamiento o notificaciones del Tribunal local a las autoridades de la comunidad
9.5.2. Notificación de la sentencia practicada a la parte actora primigenia
9.5.3. Funciones del Concejo Mayor
9.5.4. Validez de la Asamblea Controvertida
RESUELVE
A N E X O
Asamblea general realizada el veintitrés de julio, en el municipio indígena de Hueyapan, Morelos
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Código Local |
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos
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Concejo Municipal |
Concejo Municipal del municipio indígena de Hueyapan, Morelos
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Consejo Mayor |
Consejo Mayor del municipio indígena de Hueyapan, Morelos
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Constitución |
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
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Constitución local |
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos
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Convenio 169 |
Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y tribales en países independientes
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Declaración de la ONU |
Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
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Dictamen Antropológico |
Dictamen antropológico elaborado el siete de enero de dos mil diecinueve por el doctor Luis Miguel Morayta Mendoza, investigador titular, adscrito al “Centro INAH Morelos” del Instituto Nacional de Antropología e Historia[2]
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Hueyapan |
Municipio indígena de Hueyapan, Morelos
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Instituto local o IMPEPAC |
Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana
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Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (y personas ciudadanas)
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Juicio local |
Juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano (y personas ciudadanas) con la clave TEEM/JDC/30/2020-1, del índice del Tribunal Electoral del Estado de Morelos
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Ley de Medios |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral
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Parte actora primigenia |
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Resolución impugnada |
Sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Morelos, en el juicio TEEM/JDC/30/2020-1, el cinco de octubre, modificada el veinticuatro de diciembre -en cumplimiento de lo resuelto por esta Sala Regional en los juicios SCM-JDC-170/2020 y acumulado
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Tribunal Electoral o TEPJF |
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
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Tribunal local |
Tribunal Electoral del Estado de Morelos |
Para facilitar la comprensión de esta sentencia[3] la Sala Regional presenta su síntesis:
¿Qué se impugnó (resolución impugnada)?
La sentencia del Tribunal local que declaró por una parte infundados y por otra inoperantes los agravios de la parte actora primigenia y levantó las medidas cautelares que había otorgado el catorce de diciembre.
El Tribunal local confirmó la validez de las renuncias y/o remociones de la parte actora primigenia como personas concejales de Hueyapan, acordadas en la Asamblea Controvertida.
¿Qué resuelve esta Sala Regional?
Confirmar la resolución impugnada.
¿Por qué confirmar la resolución impugnada?
Porque, en concepto de esta Sala Regional, el Tribunal local de manera adecuada determinó la validez de las renuncias y/o remociones de la parte actora primigenia acordadas en la Asamblea Controvertida.
Durante la integración del juicio se presentó el convenio por la paz en Hueyapan, dado su contenido se solicitó sobreseer -sentarse- en el juicio por considerar que ya no había controversia por resolver; sin embargo, esta Sala determinó que no era posible atender esta pretensión porque subsistiría el conflicto, por ello era necesario analizar la controversia.
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