Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SX-JIN-0062-2021), 2021
Fecha | 09 Julio 2021 |
Número de expediente | SX-JIN-0062-2021 |
Tribunal de Origen | 10 CONSEJO DISTRITAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE VERACRUZ, CON CABECERA EN XALAPA. |
Emisor | Sala regional Xalapa (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
JUICIO DE INCONFORMIDAD
EXPEDIENTE: SX-JIN-62/2021
ACTOR: PARTIDO ENCUENTRO SOLIDARIO
AUTORIDAD RESPONSABLE: 10 CONSEJO DISTRITAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ, CON CABECERA EN XALAPA
TERCERO INTERESADO: MORENA
MAGISTRADO PONENTE: ADÍN ANTONIO DE LEÓN GÁLVEZ
SECRETARIO: J.A.M.M.
COLABORADORES: V.C.G., L.A.R.A. Y JUSTO CEDRIT VELIS CÁRDENAS
Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave, nueve de julio de dos mil veintiuno.
SENTENCIA que resuelve el juicio de inconformidad precisado en el rubro, promovido por el Partido Encuentro Solidario contra los resultados del cómputo distrital consignados en el acta respectiva, la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de la constancia de mayoría a la fórmula de candidatos postulada por el partido MORENA. Todos esos actos referentes a la elección de diputados federales de mayoría relativa al distrito 10, con cabecera en Xalapa, Veracruz, realizados por el Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en dicho distrito.
ÍNDICE
SUMARIO DE LA RESOLUCIÓN
ANTECEDENTES
I. Contexto
II. Del trámite y sustanciación del medio de impugnación federal
CONSIDERANDO
PRIMERO. Jurisdicción y competencia
SEGUNDO. Tercero interesado
TERCERO. Requisitos generales y especiales de procedencia
CUARTO. Cuestión previa en relación con la fecha límite para resolver los juicios de inconformidad.
QUINTO. Pretensión, causales de nulidad invocadas y metodología de estudio
SEXTO. Elementos comunes para analizar las causales de nulidad de votación recibida en casilla
SÉPTIMO. Causal de nulidad de votación recibida en casilla, prevista en el artículo 75, inciso e), de la LGSMIME
OCTAVO. Causal de nulidad de votación recibida en casilla, prevista en el artículo 75, apartado 1, inciso f), de la LGSMIME
NOVENO. Causal de nulidad de votación recibida en casilla, prevista en el artículo 75, apartado 1, inciso g), de la LGSMIME
DÉCIMO. Causal de nulidad de votación recibida en casilla, prevista en el artículo 75, inciso i), de la LGSMIME.
DÉCIMO PRIMERO. Causal de nulidad de votación recibida en casilla, prevista en el artículo 75, apartado 1, inciso j), de la LGSMIME
DÉCIMO SEGUNDO. Causal de nulidad de votación recibida en casilla, prevista en el artículo 75, apartado 1, inciso k), de la LGSMIME
DÉCIMO TERCERO. Efectos
RESUELVE
SUMARIO DE LA RESOLUCIÓNEsta S. Regional anula la votación recibida en la casilla 1905 E1C7 al actualizarse la causa prevista en el inciso e) del artículo 75 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; en consecuencia, modifica los resultados electorales. Sin embargo, se confirma la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría respectiva, pues la formula ganadora sigue manteniendo el triunfo.
ANTECEDENTES I. ContextoDel escrito de demanda y demás constancias que obran en el expediente se advierte lo siguiente:
- Jornada electoral. El seis de junio de dos mil veintiuno,[1] se llevó a cabo la jornada electoral para la elección de diputados federales.
- Sesión de cómputo distrital. En su oportunidad, el 10 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral[2] en el estado de Veracruz, con cabecera en Xalapa, realizó el cómputo distrital de la elección de diputados federales por el principio de mayoría relativa, mismo que arrojó los resultados siguientes:
Total de votos en el distrito
Partido, coalición o candidato/a |
VOTACIÓN |
|
Con letra |
Con número |
|
|
Veintiséis mil doscientos sesenta y seis |
26,266 |
|
Treinta y dos mil novecientos uno |
32,901 |
|
Tres mil |
3,000 |
|
Cinco mil treinta y nueve |
5,039 |
|
Tres mil ochocientos once |
3,811 |
|
Once mil novecientos ochenta y seis |
11,986 |
|
Setenta mil quinientos sesenta y nueve |
70,569 |
|
Cuatro mil doscientos treinta y tres |
4,233 |
|
Dos mil quinientos setenta y cinco |
2,575 |
|
Tres mil setecientos treinta y dos |
3,732 |
|
Dos mil cuatrocientos cincuenta y cinco |
2,455 |
|
Cuatrocientos noventa y nueve |
499 |
|
Ochenta y siete |
87 |
|
Ochenta y seis |
86 |
Candidatos/as no registrados/as |
Ciento setenta |
170 |
Votos nulos |
Seis mil doscientos treinta y dos |
6,232 |
Votación final |
Ciento setenta y tres mil seiscientos cuarenta y un |
173,641 |
Distribución final de votos a partidos políticos y candidatos/as independientes
Partido, coalición o candidato/a |
VOTACIÓN |
|
Con letra |
Con número |
|
|
V. mil trescientos setenta y siete |
27,377 |
|
Treinta y cuatro mil trece |
34,013 |
|
Tres mil novecientos cuatro... |
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