Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SX-JDC-1281-2021), 2021

Número de expedienteSX-JDC-1281-2021
Fecha23 Julio 2021
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO CHIAPAS
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
EmisorSala regional Xalapa (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO Y DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL

EXPEDIENTES: SX-JDC-1281/2021 Y ACUMULADO

ACTORES: A.V.D. Y OTRO

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS

TERCERO INTERESADO: PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

MAGISTRADA PONENTE: E.B.Z.

SECRETARIO: A.S.R.

COLABORÓ: PAOLA HERRERA GALINDO

Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave, veintitrés de julio de dos mil veintiuno.

Sentencia que resuelve los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y de revisión constitucional electoral, promovidos por A.V.D.[1] y el Partido Chiapas Unido.

Los actores controvierten la sentencia de tres de julio del año en curso, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas[2], dentro del juicio de inconformidad TEECH/JIN-M/076/2021 en el cual se confirmó la declaración de validez de la elección de miembros del ayuntamiento de El Porvenir, y en consecuencia la expedición y entrega de la constancia de mayoría y validez respectiva a la planilla postulada por el Partido Verde Ecologista de México.

Í N D I C E

SUMARIO DE LA DECISIÓN

ANTECEDENTES

I. Contexto

II. Medios de impugnación federales

CONSIDERANDO

PRIMERO. Jurisdicción y competencia

SEGUNDO. Acumulación

TERCERO. Tercero interesado

CUARTO. Requisitos de procedencia

QUINTO. Estudio de fondo

I.P., causa de pedir y método de estudio

II. Análisis de la controversia

III. Conclusión

RESUELVE

SUMARIO DE LA DECISIÓN

Esta S.R. decide confirmar la sentencia impugnada, pero por razones distintas a las expresadas por el Tribunal responsable. Ello, porque el candidato que obtuvo el triunfo de la elección municipal de El Porvenir no estaba obligado a separarse del cargo de director técnico de una escuela primaria, al no contar con funciones de mando, dirección y ejercicio de recursos financieros.

ANTECEDENTES I. Contexto

De lo narrado por los actores y de las constancias que obran en autos se advierte lo siguiente:

  1. Jornada electoral. El seis de junio de dos mil veintiuno[3], se llevó a cabo la jornada electoral para la elección de los integrantes de los ayuntamientos en Chiapas, entre ellas, la correspondiente al municipio de El Porvenir.
  2. Sesión de cómputo municipal. El nueve de junio, el Consejo Municipal Electoral de El Porvenir[4] del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas[5]; llevó a cabo la sesión de cómputo de la elección referida, en la cual se obtuvieron los siguientes resultados:[6]

PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN

VOTACIÓN

(CON NÚMERO)

VOTACIÓN

(CON LETRA)

Partido Acción Nacional

20

Veinte

Partido Revolucionario Institucional

215

Doscientos quince

Partido de la Revolución Democrática

17

Diecisiete

Partido del Trabajo

176

Ciento setenta y seis

Verde

Partido Verde Ecologista de México

2,088

Dos mil ochenta y ocho

Movimiento Ciudadano

418

Cuatrocientos dieciocho

Partido Chiapas Unido

1,629

Mil seiscientos veintinueve

MORENA

139

Ciento treinta y nueve

Podemos Mover a Chiapas

178

Ciento setenta y ocho

Nueva Alianza Chiapas

41

Cuarenta y uno

Partido Popular Chiapaneco

180

Ciento ochenta

Partido Encuentro Solidario

1,598

Mil quinientos noventa y ocho

Partido Redes Sociales Progresistas

143

Ciento cuarenta y tres

Partido Fuerza por México

6

Seis

CANDIDATOS/AS NO REGISTRADOS

192

Ciento noventa y dos

VOTOS NULOS

242

Doscientos cuarenta y dos

VOTACIÓN TOTAL

7,282

Siete mil doscientos ochenta y dos

  1. Declaración de validez. Una vez obtenidos los resultados se declaró la validez de la elección y entregó la constancia de mayoría a la planilla postulada por el Partido Verde Ecologista de México, encabezada por el ciudadano J.R.S..
  2. Juicio de inconformidad. Inconforme con el resultado anterior, el trece de junio, A.V.D. promovió el referido juicio ante el Instituto local.
  3. El actor solicito el recuento de votos, planteó la nulidad de la votación recibida en diversas casillas, así como la nulidad de la elección derivado de la inelegibilidad del candidato ganador.
  4. Resolución...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR