Acuerdo de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SM-JDC-0501-2021-Acuerdo1), 2021

Número de expedienteSM-JDC-0501-2021
Fecha28 Mayo 2021
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE GUANAJUATO
EmisorSala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

ACUERDO PLENARIO DE CUMPLIMIENTO

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SM-JDC-501/2021

ACTORES: M.G.N.M.Y.J.L.F.M.

RESPONSABLE: TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE GUANAJUATO

MAGISTRADO: Y.D.G.O.

SECRETARIO: HOMERO TREVIÑO LANDIN

Monterrey, Nuevo León, a diez de junio de dos mil veintiuno.

I.S.. Mediante resolución de veintiocho de mayo[1], esta Sala Regional determinó, revocar el acuerdo plenario de diecinueve de mayo, dictado por el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato[2], en el Asunto General del Pleno con numero de expediente TEEG-AGP-01/2021, al considerar que el escrito que presentaron los actores fue catalogado incorrectamente como una solicitud enmarcada dentro de su derecho de petición, ya que controvertían lo resuelto por el órgano de justicia intrapartidista del Partido de la Revolución Democrática, por lo que debió tramitarse como un medio de impugnación.

En consecuencia, se ordenó al Tribunal Local que diera trámite al escrito de los promoventes presentado el siete de mayo, como medio de impugnación, y en el término de veinticuatro horas, contados a partir de que reciba las constancias relacionadas con el medio de impugnación, lo resolviera.

Una vez que el Tribunal Local cumpla con lo ordenado deberá informarlo a este órgano jurisdiccional dentro de las veinticuatro horas siguientes, anexando las constancias respectivas primero, vía correo electrónico y luego, en copia certificada por el medio más rápido[3].

II. Recepción de constancias. Mediante oficio TEEG-ACT-323/2021, firmado por la Actuaria adscrita al Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato, remitió a esta Sala Regional copia certificada de la sentencia emitida por el pleno del referido tribunal dentro del expediente TEEG-JPDC-188/2021, en la que, entre otras cuestiones, revocó la resolución intrapartidiaria dentro del...

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