Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente ST-RAP-0027-2021), 07-05-2021
| Número de expediente | ST-RAP-0027-2021 |
| Fecha | 07 Mayo 2021 |
| Tribunal de Origen | CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL |
| Tipo de proceso | Recurso de apelación |
| Emisor | Sala Regional Toluca (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
|
RECURSO DE APELACIÓN
EXPEDIENTE: ST-RAP-27/2021
RECURRENTE: PEDRO ANTONIO CHUAYFFET MONROY
AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
MAGISTRADO PONENTE: JUAN CARLOS SILVA ADAYA
SECRETARIO: GUILLERMO SÁNCHEZ REBOLLEDO |
Toluca de Lerdo, Estado de México, a siete de mayo de dos mil veintiuno.
Resolución de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que resuelve el recurso de apelación indicado al rubro, interpuesto por el ciudadano Pedro Antonio Chuayffet Monroy,[1] en el sentido de revocar las conclusiones 12.13_C7_ME, 12.13_C8_ME, 12.13_C9_ME, 12.13_C12_ME y 12.13_C13_ME y confirmar las conclusiones 12.13_C1_ME, 12.13_C2_ME, 12.13_C3_ME, 12.13_C4_ME, 12.13_C5_ME, 12.13_C10_ME y 12.13_C11_ME del dictamen consolidado INE/CG340/2021 y la resolución INE/CG341/2021, ambos, del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de las actividades para la obtención del apoyo ciudadano de las personas aspirantes al cargo de ayuntamientos, correspondiente al proceso electoral local ordinario 2020-2021, en el Estado de México.
ANTECEDENTES1. Convocatoria para candidaturas independientes. El veinte de noviembre de dos mil veinte, mediante acuerdo IEEM/CG/43/2020, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México emitió la Convocatoria para postularse a los cargos de diputaciones e integrantes de los ayuntamientos en el proceso electoral local 2021.
2. Ampliación de plazo para recabar apoyo ciudadano. El cuatro de enero de dos mil veintiuno, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral emitió el acuerdo INE/CG04/2021, a través del cual se modificaron los periodos de obtención de apoyo ciudadano de los diversos procesos electorales en curso.
3. Inicio del proceso electoral en el Estado de México. El cinco de enero del año en curso, dio inicio el proceso electoral en el Estado de México, para renovar a los integrantes de los ayuntamientos y las diputaciones del Congreso que integran la entidad federativa.
4. Solicitud de registro. El diecinueve de enero de este año, el recurrente presentó ante la Oficialía de Partes del instituto electoral local, el escrito de manifestación de intención a efecto de ser registrado como aspirante a una candidatura independiente al cargo de integrante del ayuntamiento por el municipio de Metepec.
5. Aprobación de la solicitud de registro. El veinticinco de enero siguiente, mediante el acuerdo IEEM/CG/28/2021, el Consejo General del Instituto Electoral de Estado de México aprobó, entre otras, la solicitud de registro referida en el numeral que antecede.
6. Periodo de obtención de apoyo ciudadano. El recurrente afirma que, en el periodo del veintiséis de enero al veintiocho de febrero de este año, realizó las actividades tendentes a recabar el apoyo de la ciudadanía en el citado municipio.
7. Presentación del informe de ingresos y gastos de las actividades para la obtención del apoyo ciudadano. El recurrente argumenta que el tres de marzo siguiente, presentó el informe de ingresos y gastos correspondientes al período de obtención de apoyo de la ciudadanía.
8. Oficio de errores y omisiones. El apelante manifiesta que el diez de marzo de dos mil veintiuno, mediante oficio INE/UTF/DA/10027/2021, la Unidad Técnica de Fiscalización notificó los errores y omisiones respecto de la contabilidad del aspirante a candidato independiente y cuya respuesta al mismo, se realizó el dieciséis de marzo siguiente.
9. Dictamen consolidado y resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (actos impugnados). El seis de abril de este año, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el dictamen consolidado INE/CG340/2021 y la resolución INE/CG341/2021, derivados de la revisión de los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de las actividades para la obtención del apoyo ciudadano de las personas aspirantes al cargo de ayuntamientos, correspondiente al proceso electoral local ordinario 2020-2021, en el Estado de México.
10. Notificación de los actos impugnados. El apelante aduce que el doce de abril del año en curso, los actos impugnados le fueron notificados por la responsable.
II. Recurso de apelación. En contra de la determinación anterior, el dieciséis de abril de la presente anualidad, la parte recurrente interpuso, ante la oficialía de partes del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, el escrito que dio origen al recurso de apelación citado al rubro.
III. Turno a la ponencia. El veinte de abril siguiente, la magistrada presidenta de esta Sala Regional ordenó la integración del expediente del presente juicio y el turno del mismo a la ponencia del magistrado Juan Carlos Silva Adaya, para los efectos previstos en el artículo 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
IV. Radicación y admisión. El veinticinco de abril de la presente anualidad, el magistrado instructor acordó la radicación y admisión del expediente en la ponencia a su cargo.
V. Cierre de instrucción. En su oportunidad, el magistrado instructor, al advertir que no existía alguna cuestión pendiente de resolver, declaró cerrada la instrucción, quedando el asunto en estado de resolución.
CONSIDERANDOPRIMERO. Jurisdicción y competencia. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ejerce jurisdicción y esta Sala Regional, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal, tiene competencia para conocer y resolver el presente medio de impugnación, en términos de lo dispuesto en los artículos 41, párrafo tercero, base VI; 94, párrafo primero, y 99, párrafos primero, segundo y cuarto, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, fracción II; 184; 185; 186, fracción III, inciso g); 192, párrafo primero, y 195, párrafo primero, fracciones I y XIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 1°; 3°, párrafo 1, inciso a), y párrafo 2, inciso b); 4°; 6°, párrafo 1; 40, párrafo 1, inciso b); 42; 44, párrafo 1, inciso b), 45 y 47 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, así como los Acuerdos Generales 1/2017 y 7/2017 de Sala Superior del este Tribunal, de ocho de marzo y diez de octubre de dos mil diecisiete, respectivamente, que ordena la delegación de asuntos de su competencia para su resolución a las Salas Regionales.
Lo anterior, toda vez que el presente medio de impugnación lo promueve un ciudadano por propio derecho, en contra de una determinación de la autoridad administrativa electoral nacional relacionada con la revisión de los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de las actividades para la obtención del apoyo ciudadano de las personas aspirantes al cargo de ayuntamientos, correspondiente al proceso electoral ordinario 2020-2021, en el Estado de México, perteneciente a la quinta circunscripción plurinominal, donde esta Sala Regional ejerce jurisdicción.
SEGUNDO. Estudio de la procedencia del recurso. El presente recurso satisface los requisitos de procedencia previstos en los artículos 8°; 9°, párrafo 1; 13, párrafo 1, inciso b), de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, como se evidencia a continuación.
a) Forma. El recurso se interpuso por escrito ante la autoridad responsable, en él se hace constar el nombre y la firma autógrafa de la parte recurrente, así como su domicilio para oír y...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.