Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SM-JE-0054-2021), 2021
Fecha | 31 Marzo 2021 |
Número de expediente | SM-JE-0054-2021 |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA |
Tipo de proceso | Juicio electoral |
Emisor | Sala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
EXPEDIENTE: SM-JE-54/2021
ACTORES: J.A.P.L., EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL DE MONCLOVA, COAHUILA, CON LICENCIA Y OTROS
RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
MAGISTRADA PONENTE: CLAUDIA VALLE AGUILASOCHO
SECRETARIO: JUAN ANTONIO PALOMARES LEAL |
Monterrey, Nuevo León, a treinta y uno de marzo de dos mil veintiuno.
Sentencia definitiva que revoca la resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza en el juicio ciudadano TECZ-JDC-07/2021, en la que tuvo por acreditado que diversas autoridades del Ayuntamiento de Monclova obstaculizaron el desempeño del cargo de una regidora y, derivado de ello, ejercieron violencia política por razón de género y en perjuicio de una persona adulta mayor. Lo anterior, al determinarse que el tribunal responsable consideró la obstaculización del cargo y la existencia de violencia política por razón de género, sin individualizar el estudio y valoración de cada uno de los hechos y sus personas participantes, así como el contexto en el cual pudieron darse las conductas que adujo la denunciante, concretamente las atinentes a la falta de otorgamiento de respuestas, sobre información, y a la asignación de personal que no había contratado ella, y que fuese de su confianza, y sin motivar, en su caso, que en las sesiones de cabildo pudo tener participación.
ÍNDICE
GLOSARIO
1. ANTECEDENTES DEL CASO
2. COMPETENCIA
3. PROCEDENCIA
4. ESTUDIO DE FONDO
4.1. Materia de la controversia
4.1.1. Sentencia impugnada
4.1.2. Planteamientos ante esta S.
4.2. Cuestión a resolver
4.3. Decisión
4.4. Justificación de la decisión
4.4.1..............................................................El Tribunal local es competente para conocer de la violación al derecho político-electoral de ser votado en la modalidad de desempeñar un cargo de elección popular y, derivado de ello, de la comisión de actos que constituyen violencia política en razón de género y en contra de una persona adulta mayor.
4.4.1.1..Marco normativo y conceptual para analizar las inconformidades expuestas
4.4.1.2.......................................Los actos impugnados por la Regidora en la instancia local son tutelables en la vía electoral.
4.4.1.3.La autoridad jurisdiccional puede conocer la conducta de violencia política en razón de género cuando derive de actos que vulneran un derecho político-electoral.
4.4.2.El Tribunal local consideró la existencia de violencia política por razón de género, sin analizar, en primer lugar, de manera puntual, qué personas intervinieron en cada hecho, así como el contexto en el cual pudieron darse las conductas que adujo la denunciante, concretamente las atinentes a la falta de otorgamiento de respuestas, sobre información, y a la asignación de personal que no había contratado ella, y que fuese de su confianza, y sin motivar, en su caso, que en las sesiones de cabildo pudo tener participación.
5. EFECTOS
6. RESOLUTIVO
Ayuntamiento: |
Ayuntamiento de Monclova, Coahuila de Zaragoza
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Comisión: |
Comisión del Adulto Mayor y Personas con Discapacidad del Ayuntamiento de Monclova, Coahuila de Zaragoza
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D.: |
D. de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Monclova, Coahuila de Zaragoza
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Fiscalía local: |
Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales del Estado de Coahuila de Zaragoza
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INE: |
Instituto Nacional Electoral
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Instituto local: |
Instituto Electoral de Coahuila
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Ley de Medios: |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral
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Ley de Medios local: |
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Ley General de Acceso: |
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
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LGIPE: |
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
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P.: |
P. Municipal del Ayuntamiento de Monclova, Coahuila de Zaragoza, con licencia.
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Regidora: |
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Registro Estatal: |
Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género
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Registro Nacional: |
Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género
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S.: |
S. del Ayuntamiento de Monclova, Coahuila de Zaragoza
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Tesorero: |
Ex Tesorero del Ayuntamiento de Monclova, Coahuila de Zaragoza
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Tribunal local: |
Tribunal Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza
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Las fechas que se citan corresponden a dos mil veintiuno, salvo distinta precisión.
1.1. Solicitud de información y respuesta. El dos de mayo de dos mil diecinueve, la Regidora presentó solicitud por escrito al P., S. y Tesorero, a efecto de que se le informara sobre la entrega del presupuesto de egresos del Ayuntamiento para el ejercicio dos mil diecinueve, así como de las asignaciones previstas dicho ente de gobierno, correspondientes a los capítulos 1000, relacionado con gastos personales; 2000, referente a materiales y suministros; así como, al 3000, concerniente a servicios generales; dicha solicitud fue contestada por oficio, el catorce siguiente, por medio del D., quien proporcionó la información correspondiente.
1.2. Solicitudes de información posteriores. Mediante escritos de once y diecisiete de junio de dos mil veinte, la Regidora formuló dos solicitudes al S.; el dieciséis de diciembre dirigió diversa solicitud al P., S., D. y Tesorero, para que se le brindara información relacionada con pagos a proveedores, contratos, gastos, derechos de alumbrado público, entre otros, además, para que le proporcionaran recursos materiales para el ejercicio de sus funciones y, se contratara personal de su confianza para asistirle en el ejercicio de su encargo.
1.3. Juicio ciudadano local. El veinte de enero, la Regidora presentó medio de...
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