Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente ST-JDC-0104-2020), 2020

Número de expedienteST-JDC-0104-2020
Fecha16 Septiembre 2020
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE HIDALGO
EmisorSala Regional Toluca (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: ST-JDC-104/2020

PARTE ACTORA: H.J.S.

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE HIDALGO

PARTE TERCERA INTERESADA: NO COMPARECIÓ

MAGISTRADO PONENTE: J.C.S.A.

SECRETARIO: FABIÁN TRINIDAD JIMÉNEZ

Toluca de Lerdo, Estado de México, a dieciséis de septiembre de dos mil veinte.

VISTOS, para resolver, los autos del expediente del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano citado al rubro, promovido por H.J.S., por su propio derecho, así como en su calidad de aspirante a la candidatura de M. a la presidencia municipal de S.T., H., a fin de controvertir la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de H. en el expediente TEEH-JDC-90/2020, relacionada con el proceso interno de selección de la candidatura en cita.

R E S U L T A N D O

I. Antecedentes. De la narración de los hechos que exponen la parte actora en su demanda, así como de las constancias que obran en el expediente del juicio que se resuelve, se advierte lo siguiente:

1. Inicio del proceso, convocatoria y calendario del Instituto Estatal Electoral de H.. El quince de diciembre de dos mil diecinueve, el Instituto Estatal Electoral de H. dio inicio al proceso electoral en esa entidad federativa, mediante los acuerdos IEEH/CG/055/2019 e IEEH/CG/057/2019, ambos de esa misma fecha.

En ellos, el Consejo General de dicho instituto aprobó el calendario del proceso electoral local, así como la convocatoria dirigida a la ciudadanía, partidos políticos, candidaturas comunes y coaliciones registrados ante ese órgano, para que postularan candidatas y candidatos para ocupar cargos en los ochenta y cuatro ayuntamientos que habrán de renovarse en el proceso electoral local 2019-2020.

2. Emisión y publicación de convocatoria. El veintiocho de febrero de dos mil veinte, el Comité Ejecutivo Nacional de M. aprobó la convocatoria para el proceso de selección de las candidaturas para presidentes y presidentas municipales, síndicos y síndicas, regidores y regidoras de los ayuntamientos para el proceso electoral 2019-2020, en el Estado de H., la cual fue publicada el dos de marzo siguiente.

3. Modificación a la convocatoria de M.. El cinco de marzo siguiente, se informó el género para cada municipio del Estado de H., dentro del proceso de selección de las candidaturas de M..

4. Solicitud de registro. El seis de marzo, se llevó a cabo el registro de aspirantes de M., dentro del proceso interno de selección de candidaturas.

5. Declaración de pandemia. El once de marzo del dos mil veinte, la Organización Mundial de la Salud declaró el brote del virus SARS-CoV2 (COVID-19) como pandemia, misma que consideró como emergencia de salud pública de relevancia internacional, y emitió diversas recomendaciones.

6. Suspensión de plazos y términos de actividades. El diecinueve de marzo, el Comité Ejecutivo Nacional y la Comisión Nacional de Elecciones de M. emitieron el acuerdo “POR EL QUE SE CANCELAN LAS ASAMBLEAS DE HIDALGO CONTEMPLADAS EN LA CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE CANDIDATOS EN EL PROCESO ELECTORAL 2019-2020, DEBIDO A LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA SANITARIA EN QUE SE ENCUENTRA EL PAÍS”.

7. Adopción de medidas temporales y actuación de carácter extraordinario emitidas por el Instituto Estatal Electoral de H.. El veinticinco de marzo de dos mil veinte, mediante acuerdo IEEH/CG/025/2020, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de H. aprobó la adopción de medidas temporales y de actuación de carácter extraordinario, por lo que se suspendieron las actividades no relacionadas, ni vinculadas, al proceso electoral local 2019-2020, derivado de la pandemia.

8. Aprobación del convenio de la candidatura común. El mismo veinticinco de marzo, mediante la resolución IEEH/CG/R/002/2020, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de H. aprobó el convenio de candidatura común celebrado entre los partidos políticos Verde Ecologista de México, del Trabajo, M. y Encuentro Social H., para el proceso Electoral Local 2019- 2020, para participar en diversos municipios de H., entre los que no se encuentra, el de S.T..

9. Facultad de atracción y suspensión temporal del proceso electoral local. El primero de abril de dos mil veinte, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral determinó, a través de la resolución INE/CG83/2020, ejercer la facultad de atracción para suspender, temporalmente, el desarrollo de los procesos electorales locales en los Estados de Coahuila e H., así como posponer la fecha de la jornada electoral.

10. Acuerdo del Comité Ejecutivo Nacional y de la Comisión Nacional de Elecciones. El dos de abril de este año, el Comité Ejecutivo Nacional y la Comisión Nacional de Elecciones de M. emitieron el “ACUERDO POR EL QUE SE SUSPENDE EL PRE - REGISTRO PARA LOS ASPIRANTES A PARTICIPAR EN LA INSACULACIÓN PARA DETERMINAR A LOS CANDIDATOS A DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL DEL ESTADO DE COAHUILA Y DE ASPIRANTES A REGIDORES DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE HIDALGO CONTEMPLADAS EN LOS ACUERDOS EMITIDOS EL 19 DE MARZO DE 2020 POR EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL Y LA COMISIÓN NACIONAL DE ELECCIONES DE M., DEBIDO A LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA SANITARIA EN LA QUE SE ENCUENTRA EL PAÍS.”

11. Acuerdo IEEH/CG/026/2020 del Instituto Estatal Electoral de H.. El cuatro de abril de dos mil veinte, el Instituto Estatal Electoral de H. declaró suspendidas las acciones, actividades y etapas del proceso electoral.

12. Reanudación del proceso electoral. El treinta de julio de dos mil veinte, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral determinó, a través de la resolución INE/CG170/2020, la fecha en que se celebraría la jornada electoral en los Estados de H. y Coahuila, y aprobó la reanudación de las actividades inherentes a su desarrollo, además de los ajustes al plan integral y los calendarios de coordinación.

13. Acuerdo IEEH/CG/030/2020 del Instituto Estatal Electoral de H.. El uno de agosto de dos mil veinte, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de H. reanudó las acciones, actividades y etapas del proceso electoral 2019-2020, mediante la aprobación del acuerdo IEEH/CG/030/2020.

14. Presentación de la solicitud de registro de planillas por parte de M. y resolución del Consejo General sobre las solicitudes de registro de candidaturas. El diecinueve de agosto el partido político M. presentó la solicitud de registro de sus planillas ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de H., para contender en el proceso de selección de candidaturas para la renovación de ayuntamientos en el Estado de H.. Dicho Consejo General resolvió sobre dichas solicitudes, en su sesión del cuatro de septiembre de dos mil veinte.

15. Juicio ciudadano local. El veinticuatro de agosto de este año, la ahora parte actora presentó demanda de juicio ciudadano local ante la oficialía de partes del Tribunal Electoral del Estado de H..

16. Sentencia dictada en el juicio ciudadano local TEEH-JDC-90/2020. El cuatro de septiembre de dos mil veinte, el Tribunal Electoral del Estado de H. dictó sentencia en la que resolvió lo siguiente:

[…]

VII. EFECTOS DE LA SENTENCIA

92. Ante lo parcialmente fundado del agravio es que se ordena lo siguiente:

Se ordena a la Comisión Nacional de Elecciones, al Comité Ejecutivo Nacional y Consejo Nacional, todos del partido M., que en el plazo de 24...

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