Acuerdo de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SX-JDC-0092-2020-Acuerdo1), 2020

Fecha01 Enero 1900
Número de expedienteSX-JDC-0092-2020
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DE VERACRUZ
EmisorSala regional Xalapa (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

ACUERDO DE SALA

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL cIUDADANO

EXPEDIENTE: SX-JDC-92-2020

PARTE ACTORA: Y.M.I.

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL de veracruz

MAGISTRADO PONENTE: ENRIQUE FIGUEROA ÁVILA

SECRETARIAS: JAMZI JAMED JIMÉNEZ Y MARÍA FERNANDA SÁNCHEZ RUBIO

Xalapa-Enríquez, Veracruz de I. de la Llave, veinticinco de marzo de dos mil veinte.

ACUERDO DE SALA relativo al juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por Y.M.I., a fin de impugnar la sentencia dictada el pasado dieciocho de marzo, por el Tribunal Electoral de Veracruz que, entre otras cuestiones, determinó que no se acreditaba la violencia política en razón de género en su contra.

ÍNDICE

SUMARIO DEL ACUERDO

A N T E C E D E N T E S

I. El Contexto

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Actuación colegiada

SEGUNDO. Estudio de la procedencia de las medidas de protección

TERCERO. Medidas de protección

ACUERDA

SUMARIO DEL ACUERDO

Esta Sala Regional determina como procedentes las medidas de protección a favor de la parte actora debido al señalamiento de que la actora ha recibido agresiones psicológicas, de intimidación, tratos hostiles al interior del Ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz, que ponen en riesgo su integridad física y la de su familia, así como de sus posesiones.

A N T E C E D E N T E S I. El Contexto

De la demanda y demás constancias que integran el expediente del presente juicio, se advierte lo siguiente:

  1. Integración del Ayuntamiento. El uno de julio de dos mil diecisiete, se llevó a cabo la jornada electoral ordinaria, en la que se eligieron, entre otros cargos, a los integrantes del Ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz.
  2. Integración del Ayuntamiento. El veintiocho de diciembre posterior se publicó en la Gaceta Oficial del Gobierno del Estado de Veracruz de I. de la Llave, la lista de los nombres de quienes resultaron electos en la elección de Ayuntamientos, conforme a las constancias de mayoría y de asignación de representación proporcional, expedidas por el Organismo Público Local Electoral de Veracruz, el cual quedó conformado de la siguiente manera:

Cargo

Propietario

Suplente

Presidente

Víctor Manuel Carranza Rosaldo

Miguel Guillermo Pintos Guillén

S.

Y.M.I.

Sara García García

Regidor 1

F. de Jesús Zamudio Martínez

Cesil Coutiño Moreno

Regidora 2

Eusebia Cortéz Pérez

Alma Rosa Esperanza Morales

Regidor 3

Ángel Raúl Estrada Bernal

Arturo Sotelo Carrillo

Regidora 4

Fabiani Cueto Salinas

Flor Patricia Jiménez

Regidor 5

Benito Soriano Aguilera

David Esponda Cruz

Regidora 6

Oliver Damas de los Santos

Carlos Albert López Pérez

Regidor 7

Keren Itzel Prot Vázquez

Edita Jacinta Pérez Rodríguez

Regidor 8

Felipe de Jesús Rodríguez Gallegos

Federico Lagunes Santos

Regidora 9

Lenis Pauling Aparicio Ambrosio

Rufina Rodríguez Gonzaga

Regidor 10

Martín Juvenal Patiño Zamora

Víctor García Soto

Regidora 11

Blanca Hilda Cuevas Rosado

Cindy Alejandra Lara Gómez

Regidor 12

F. Díaz Juárez

José Luis Gómez Alemán

Regidora 13

Adriana Herrera Martínez

María Tomasa Martínez Fernández

  1. Juicio ciudadano local. El diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve, la actora presentó demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, por su propio derecho y ostentándose como S. Única del Ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz, contra el citado órgano edilicio, por conducto de su Presidente ante la presunta violación al derecho de ejercer y desempeñar su cargo, así como por actos constitutivos de violencia política en razón de género en su contra.
  2. El aludido juicio se radicó con el número de expediente TEV-JDC-952/2019, en el Tribunal Electoral de Veracruz.
  3. Acto impugnado. El dieciocho de marzo de dos mil veinte, el Tribunal Electoral local resolvió el juicio señalado de forma previa, en el que, entre otras cuestiones, determinó que no se acreditaba la violencia política en razón de género en su contra.
  4. Dicha sentencia se invoca como un hecho notorio al encontrarse publicada en la página oficial del Tribunal Electoral de Veracruz; lo anterior, de conformidad con el artículo 15, apartado 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
  5. Acuerdo de medidas sanitarias. El veinticuatro de marzo de dos mil veinte, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

II. Medio de impugnación federal

  1. Demanda. A fin de controvertir la determinación señalada de forma previa, el veinticuatro de marzo siguiente, la parte actora presentó ante la Oficialía de Partes de este Tribunal Electoral, escrito de demanda de juicio de ciudadano federal.
  2. Turno. El propio veinticuatro de marzo, el Magistrado Presidente de esta Sala Regional ordenó integrar el expediente SX-JDC-92/2020 y turnarlo a la ponencia a su cargo.
  3. Toda vez que la demanda se presentó directo ante esta Sala Regional, en el acuerdo de turno, el Magistrado Presidente requirió al Tribunal Electoral de Veracruz, para que realice el trámite previsto en los artículos 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
  4. Radicación y admisión. El veinticinco de marzo siguiente, el Magistrado Instructor radicó y admitió el aludido juicio.
C O N S I D E R A N D O PRIMERO. Actuación colegiada
  1. En atención a la materia sobre la que versa esta determinación, corresponde su conocimiento al Pleno de esta Sala Regional del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR