Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-1209-2019), 2019

Fecha17 Enero 2020
Número de expedienteSCM-JDC-1209-2019
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE GUERRERO
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)

JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTES: SCM-JDC-1209/2019, SCM-JDC-1210/2019 y SCM-JDC-1211/2019

ACTORES:

S.R.G. Y OTROS

AUTORIDAD RESPONSABLE:

TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE GUERRERO

TERCERO:

C.A.M.S.

MAGISTRADA:

M.G.S. ROJAS

SECRETARIA:

ROSA E.M.R.H.[1]

Ciudad de México, a diecisiete de enero de dos mil veinte.

El P. de esta S.R. del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública, revoca la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de G. en el expediente TEE/JEC/031/2019, al resultar fundado el agravio en que se acusó la variación de la controversia hecha valer en tal instancia; y, en plenitud de jurisdicción, confirma la resolución emitida por la Comisión Nacional de Justicia del Partido Acción Nacional, al haber resultado inoperante el agravio en que acusó la incongruencia de la resolución controvertida.

G L O S A R I O

Comisión de Justicia

Comisión Nacional de Justicia del Partido Acción Nacional

Comisión Permanente

Comisión Permanente Estatal del Partido Acción Nacional en G.

Comité Estatal

Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en G.

Consejo Estatal

Consejo Estatal del Partido Acción Nacional en G.

Constitución

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Juicio de la Ciudadanía

Juicio para la Protección de los Derechos Político-electorales del Ciudadano (y la Ciudadana)

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley Orgánica del TEEG

Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado de G.

PAN o Partido

Partido Acción Nacional

Reglamento

Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Reglamento de Órganos del PAN

Reglamento de los Órganos Estatales y Municipales del Partido Acción Nacional

Tribunal Local

Tribunal Electoral del Estado de G.

ÍNDICE

A N T E C E D E N T E S

RAZONES Y FUNDAMENTOS

PRIMERA. Jurisdicción y competencia

SEGUNDA. Acumulación

TERCERA. Tercero Interesado

a. Forma

b. Oportunidad

c. Legitimación e interés jurídico

d. Personería

CUARTA. Causas de improcedencia

Falta de legitimación

QUINTA. Requisitos de procedencia.

a. Forma

b. Oportunidad

c. Legitimación e interés jurídico

d. Definitividad

SEXTA. Consideraciones previas

6.1. Juicio de la Ciudadanía SCM-JDC-139/2019

6.2. Demanda presentada por el Tercero ante la instancia intrapartidaria

6.3. Resolución emitida por la Comisión de Justicia en el expediente CJ/JIN/11/2019-1

6.4. Sentencia impugnada

6.5. Agravios en los Juicios de la Ciudadanía

SÉPTIMA. Planteamiento del caso

7.1. Causa de pedir

7.2. Pretensión

7.3. Controversia

OCTAVA. Estudio de fondo

8.1. Metodología

8.2. Análisis de los agravios

NOVENA. Asunción de jurisdicción

9.1. Agravios Juicio Local

9.2. Resolución emitida por la Comisión de Justicia en el expediente CJ/JIN/11/2019-1

DÉCIMA. Efectos

R E S U E L V E

A N T E C E D E N T E S

De las demandas, informes circunstanciados y demás constancias que integran los expedientes, así como del juicio SCM-JDC-139/2019 y sus acumulados, que son hechos notorios para esta S.R. de conformidad con el artículo 15 de la Ley de Medios, se desprende lo siguiente:

I. Primera elección de la Comisión Permanente propuesta por el Presidente del Comité Directivo Estatal periodo 2016-2019

a. Elección del Consejo Estatal. El 4 (cuatro) de diciembre de 2016 (dos mil dieciséis) se efectuó la asamblea mediante la cual se eligió al Consejo Estatal para el periodo 2016-2019.

b. Convocatoria para la instalación del Consejo Estatal. El (6) seis de febrero de 2017 (dos mil diecisiete), se emitió la convocatoria para la instalación del Consejo Estatal.

c. Sesión del Consejo Estatal. El 12 (doce) de febrero de 2017 (dos mil diecisiete), se realizó la sesión de instalación del Consejo Estatal, en la que, entre otros aspectos, se eligieron las personas integrantes de la Comisión Permanente.

d. Impugnaciones intrapartidistas. El veinticinco de mayo de 2017 (dos mil diecisiete), la Comisión de Justicia resolvió de manera conjunta los juicios de inconformidad CJE/JIN/029/2017 y CJE/JIN/030/2017, en los que la materia de controversia fue la sesión del Consejo Estatal antes mencionada.

e. Impugnación en la instancia local. Contra la anterior determinación se promovió el juicio con el que se formó el expediente TEE/JEC/032/2017, resuelto por el Tribunal Local el 29 (veintinueve) de diciembre de ese mismo año, en cuya sentencia determinó lo siguiente:

PRIMERO. Por las razones expresadas en el considerando sexto, de este fallo es fundado el Juicio Electoral Ciudadano promovido por C.R.B., R.L.R., A.U.L., L.B.N.B., J.C.M.M., É.H.V., J.A.B. y A.A.B..

SEGUNDO. Se declara la invalidez de la Sesión de Instalación del Consejo Estatal del Partido Acción Nacional, celebrada el doce de febrero del dos mil diecisiete, y en consecuencia, los actos, acuerdos y elecciones en ella efectuados.

TERCERO. En consecuencia, se decreta la nulidad de la resolución partidista de veinticinco de mayo del dos mil diecisiete, emitida por la Comisión de Justicia Electoral del Consejo Nacional del Partido acción nacional.

CUARTO. Se ordena al Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en G., y a su S. General, que de conformidad con los artículos 75 y 76 del Reglamento de los Órganos Estatales y Municipales, que dentro del plazo de cuatro días a partir de la notificación del presente fallo, convoquen a sesión al Comité Directivo Estatal en G., para los efectos establecidos en la convocatoria de seis de febrero pasado, que obra a fojas 295-296 de los autos del expediente en...

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