Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente ST-JDC-0691-2018), 2018
| Emisor | Sala Regional Toluca (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
| Ponente | MARTHA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ GUARNEROS |
| Número de expediente | ST-JDC-0691-2018 |
| Fecha | 29 Agosto 2018 |
| Tribunal de Origen | CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE HIDALGO |
| Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
|
JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO Y JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL.
EXPEDIENTES: ST-JDC-691/2018 Y ACUMULADOS.
ACTORES: S.H.C. Y OTROS.
TERCEROS INTERESADOS: PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Y OTROS.
COADYUVANTE: N.G.R.
AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE HIDALGO.
MAGISTRADA: M.C.M.G..
SECRETARIOS: J.L.B.M., A.F.C., F.G.M., A.M.T.Y.E.D.V.S.. |
Toluca de L., Estado de México, a veintinueve de agosto de dos mil dieciocho.
VISTOS para resolver, los autos de los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y el juicio de revisión constitucional electoral, que a continuación se precisan:
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N° |
Parte Actora |
Expediente |
Origen Partidario |
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1 |
S.H.C. |
ST-JDC-691/2018 |
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2 |
G.H.V. |
ST-JDC-692/2018 |
|
|
3 |
R. de J.N.V.t |
ST-JDC-693/2018 |
|
|
4 |
N.G.R. |
ST-JDC-699/2018 |
|
|
5 |
T.M.C.L. |
ST-JDC-700/2018 |
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|
6 |
S.A.P.M. |
ST-JDC-701/2018 |
|
|
7 |
Partido Político M. |
ST-JRC-158/2018 |
|
A través de los citados medios de impugnación, los actores impugnan el acuerdo IEEH/CG/094/2018, denominado “Acuerdo que propone la Secretaría Ejecutiva al pleno del Consejo General, por el que se realiza la asignación de las doce diputaciones por el principio de representación proporcional, que les corresponden a los partidos políticos de acuerdo a la votación obtenida en el proceso electoral local 2017-2018, para la integración de la LXIV Legislatura del H. Congreso del Estado de H.”, emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de H..
RESULTANDOS
I. Antecedentes. De la narración de hechos que los actores refieren en sus escritos de demanda, así como de las constancias que obran en autos de los presentes expedientes, se advierte lo siguiente:
1. Jornada Electoral. El uno de julio de dos mil dieciocho, se llevó a cabo la jornada electoral para la elección de integrantes de LXIV Legislatura del Estado de H..
2. Sesión de cómputo distrital. El cuatro de julio siguiente, se realizaron las sesiones de cómputo distrital de la elección de diputadas y diputados al Congreso del Estado, declaración de validez y entrega de constancias por el principio de mayoría relativa en los dieciocho distritos electorales.
3. Asignación de diputados por el principio de representación proporcional. (Acto impugnado). Una vez resueltos por las instancias jurisdiccionales competentes los medios de impugnación presentados respecto de los cómputos distritales, declaración de validez de las elecciones y entrega de las constancias de mayoría[1], el veintidós de agosto siguiente, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de H., emitió el acuerdo IEEH/CG/094/2018, por el que se realiza la asignación de las doce diputaciones por el principio de representación proporcional, que les corresponden a los partidos políticos de acuerdo a la votación obtenida en el proceso electoral local 2017-2018, para la integración la LXIV Legislatura del H. Congreso del Estado de H., en los términos siguientes:
II. Juicios para la protección de los derechos político-electorales de ciudadano y juicio de revisión constitucional electoral. Los días veinticuatro, veinticinco y veintiséis de agosto del presente año, los actores, presentaron, vía per saltum, demandas de juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y juicio de revisión constitucional electoral, para controvertir el acuerdo IEEH/CG/094/2018.
III. Turno a Ponencia. Mediante proveídos de veinticuatro, veinticinco y veintiséis de agosto del presente año, la Magistrada Presidenta de esta Sala Regional acordó integrar los expedientes de los diversos juicios presentados y, ordenó turnarlos a la Ponencia a su cargo para los efectos previstos en el artículo 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Dichos acuerdos se cumplimentaron por el S. General de Acuerdos de este órgano jurisdiccional federal, mediante oficios TEPJF-ST-SGA-3803/18, TEPJF-ST-SGA-3804/18, TEPJF-ST-SGA-3806/18, TEPJF-ST-SGA-3842/18, TEPJF-ST-SGA-3843/18, TEPJF-ST-SGA-3844/18 y TEPJF-ST-SGA-3845/18.
IV. Radicación y requerimiento (ST-JDC-691/2018, ST-JDC-692/2018 y ST-JDC-693/2018). El veinticinco de agosto del presente año, la Magistrada Instructora acordó la radicación de los expedientes de los juicios referidos.
Así mismo, ordenó al Consejo General del Instituto Estatal Electoral de H., que realizara el trámite de ley previsto en los artículos 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y, requirió el informe circunstanciado, acompañado de todas y cada una de las constancias que resultasen necesarias para la resolución de los citados juicios.
V. Terceros interesados. Durante la tramitación de los medios de impugnación que se resuelven, comparecieron los terceros interesados siguientes:
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Terceros interesados |
Expediente |
|
Partido Nueva Alianza |
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Partido Revolucionario Institucional |
|
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J.L. Espinosa Silva |
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