Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSG -JDC-0099-2017), 06-07-2017

Fecha06 Julio 2017
Número de expedienteSG -JDC-0099-2017
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
SG-JDC-0099/2017

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SG-JDC-99/2017

ACTOR: JULIO ABEL GARCÍA VEGA Y OTROS

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE NAYARIT

MAGISTRADO: JORGE SÁNCHEZ MORALES

SECRETARIA: ANDREA NEPOTE RANGEL

Guadalajara, Jalisco, a seis de julio de dos mil diecisiete.

VISTOS, para resolver los autos del presente juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por Julio Abel García Vega, Jesús Enrique Aldaco Quiñones, Ramón López Fuentes y José Alfredo González Cabral, todos por propio derecho, a fin de impugnar del Tribunal Estatal Electoral de Nayarit, el acuerdo de dos de junio pasado, dictado por el Magistrado Presidente de ese tribunal, en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano nayarita identificado con la clave SC-E-JDCN 07/2014; y,

R E S U L T A N D O

I. Antecedentes. De lo narrado en el escrito de demanda y de las constancias del expediente se desprende que con fecha dos de junio del año en curso, en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano nayarita con nomenclatura SC-E-JDCN 07/2014, se emitió un acuerdo en lo que se estableció lo siguiente:

1. Se hizo constar la entrega de asuntos de parte de la Sala Constitucional-Electoral del Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Nayarit al Tribunal Estatal Electoral en dicha entidad federativa.

2. Se radicó el juicio ciudadano SC-E-JDCN 07/2014, ordenándose notificar a las partes del nuevo domicilio del ahora Tribunal Estatal Electoral del Estado de Nayarit para que manifestaran lo que a sus intereses legales conviniera en el plazo de tres días.

3. Se tuvo por recibido el oficio signado por el Secretario del Juzgado Primero de Distrito en materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Nayarit, mediante el cual remitió sentencia emitida por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, con sede en Tepic, Nayarit, en la inconformidad número 5/2017, promovido contra el acuerdo de diecisiete de noviembre de dos mil dieciséis, dictado dentro del juicio de amparo indirecto 1913/2015.

4. En acatamiento a la mencionada sentencia se requirió al Presidente, Síndico y Tesorero Municipal del Ayuntamiento de Rosamorada, Nayarit, para que dentro del plazo de cinco días, contados a partir de la notificación del acuerdo en comento, informaran las gestiones que han realizado tendentes a pagar a Julio Abel García Vega, Jesús Enrique Aldaco Quiñones, José Alfredo González Cabral y Ramón Fuentes López, la suma de $84,872.00 (ochenta y cuatro mil ochocientos setenta y dos pesos 00/100 moneda nacional) a cada uno de ellos y que se comprometieron a cubrir a más tardar el treinta y uno de junio...

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