Ejecutoria, Tribunales Colegiados de Circuito

Número de resoluciónVI.2o.C. J/247
Fecha de publicación01 Noviembre 2004
Fecha01 Noviembre 2004
Número de registro18448
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Tomo XX, Noviembre de 2004, 1848
MateriaDerecho Procesal

AMPARO DIRECTO 313/2004. G.M.V. POR SÍ Y POR SU REPRESENTACIÓN.


CONSIDERANDO:


QUINTO. Son en parte infundados y, en lo demás, parcialmente fundados los conceptos de violación transcritos, atento a las consideraciones siguientes:


Es verdad, como lo aduce la parte quejosa, que la sentencia de alzada reclamada se fundó, en lo esencial, en el análisis de la prueba testimonial aportada en el juicio de primera instancia por la entonces parte actora, quien ahora promueve el juicio de garantías, y con base en el estudio de ese medio de convicción concluyó que los hechos constitutivos y extremos de la acción ejercida no se encontraban comprobados, en virtud de que mediante la prueba en referencia no se acreditaba el acto jurídico de donación de inmueble, cuya forma escrita y constitución legal en escritura pública se pretendía en el juicio ordinario, entre otras prestaciones.


A continuación se emprenderá el estudio de los conceptos de violación enderezados a controvertir el estudio realizado por el tribunal de alzada de la prueba testimonial aludida, los cuales están contenidos en los incisos uno y dos del apartado correspondiente de la demanda de garantías.


Sobre el particular, resultan parcialmente fundados los argumentos que propone la parte inconforme en el presente amparo.


Para considerarlo así y analizar los motivos de inconformidad que la parte quejosa hace valer, es necesario precisar las preguntas y repreguntas formuladas a los testigos, así como las respuestas que éstos externaron.


El interrogatorio formulado por la parte actora es del tenor siguiente: "1. Si conocen a la señora G.M.V.. 2. Si conocen al señor C.G.E.. 3. Si conocen a la señora C.P.L. y/o C.P. de G.. 4. Si conocen el bien inmueble identificado con el número ciento noventa y cinco, del predio Cuamilco de la Junta Auxiliar de S.P.A., actualmente número novecientos veinticuatro de la calle Dos Oriente de esta ciudad, de las siguientes medidas y colindancias: al norte, veintitrés metros con noventa y seis centímetros, colinda con calle Dos Oriente; al sur, veintitrés metros, noventa y seis centímetros, colinda con el señor A.; al oriente, treinta y ocho metros con cuarenta centímetros, colinda con E.G.L.; al poniente, treinta y ocho metros con cuarenta centímetros, colinda con I.N.. 5. Si saben y les consta qué hechos sucedieron el día veintiuno de octubre del año de mil novecientos noventa y uno, aproximadamente a las doce horas, en el domicilio que se menciona en la pregunta inmediata anterior de este interrogatorio, entre los señores C.G.E. y C.P.L. y/o C.P. de G. y la señora G.M.V.."


Las repreguntas formuladas por la parte enjuiciada y que se calificaron de legales fueron las siguientes: "Primero. En relación con la pregunta número uno del interrogatorio directo: A) Que diga el testigo, desde qué fecha conoce a G.M.V.. ... D) Que diga el testigo por qué causas conoció a G.M.V.. E) Que diga el testigo, el número de veces que ha tratado personalmente a G.M.V.. F) Que diga el testigo el lugar o domicilio donde ha tenido diversos tratos con G.M.V.. G) Que diga el testigo qué actividades o hechos ha tenido con G.M.V., para haberla conocido. Segundo. Con respecto a la pregunta número dos del interrogatorio directo: A) Que diga el testigo desde qué fecha conoció a C.G.E.. B) Que diga el testigo por qué sabe y le consta que la persona que menciona la pregunta directa, responde al nombre de C.G.E.. C) Que diga el testigo las causas por las que dice haber conocido a C.G.E.. D) Que diga el testigo cuántas veces ha tenido tratos con C.G.E.. E) Que diga el testigo en forma precisa el lugar del domicilio en que dice haber conocido a C.G.E.. Tercero. En relación con la pregunta número tres del interrogatorio directo: A) Que diga el testigo desde qué fecha conoció a C.P.L. o C.P. de G.. B) Que diga el testigo por qué sabe y le consta que C.P. de G. o C.P.L., utiliza los citados nombres. Cuarto. En relación con la pregunta número cuatro del interrogatorio directo: A) Que diga el testigo desde qué fecha conoció las medidas y colindancias del inmueble que menciona la pregunta directa. B) Que diga el testigo por qué causas tiene conocimiento que el inmueble que menciona la pregunta directa se conoce también con el número ciento noventa y cinco, predio Cuamilco de la Junta Auxiliar de S.P.A.. C) Que diga el testigo desde qué fecha el inmueble que menciona la pregunta directa se conoce con el número novecientos noventa y cuatro, de la calle Dos Oriente de esta ciudad. F) Que diga el testigo qué medios tuvo a su alcance para conocer las medidas y colindancias del inmueble que se describe en la pregunta directa. G) Que diga el testigo si conoce el nombre completo del colindante por el lado sur, del inmueble que se describe en la pregunta directa. Quinto. En relación con la pregunta número cinco del interrogatorio directo: H) Que diga el testigo en forma precisa el lugar del interior de la casa novecientos veinticuatro de esta ciudad, donde dice acontecieron los hechos que relata, de conformidad con la pregunta directa del interrogatorio. I) Que diga el testigo, por qué causa afirma que los hechos de la pregunta número cinco del interrogatorio acontecieron a las doce horas. J) Que diga el testigo el número de personas que dicen estuvieron presentes en la casa novecientos veinticuatro de la calle Dos Oriente de esta ciudad, en la fecha que indica la pregunta directa. K) Que diga el testigo el nombre y apellidos de las personas que dicen estuvieron presentes en la casa novecientos veinticuatro de la calle Dos Oriente de esta ciudad, en la fecha que indica la pregunta directa ..."


Lo anterior, en virtud de que el Juez de primera instancia en la diligencia llevada a cabo a las doce horas del día dieciséis de abril de dos mil tres, hizo la calificación de las preguntas y repreguntas como sigue: "En relación con la primera pregunta directa, se desechan las repreguntas: B) No tiene relación con la directa y C) No tiene relación con la directa. En relación con la cuarta pregunta directa, se desechan: D) Contiene una pregunta directa en una repregunta; E) Insidiosa; H) Contenida en la razón de su dicho; I) Contenida en la razón de su dicho; y, J) No tiene relación con la directa. Respecto a la quinta pregunta directa, se desechan: A) Por insidiosa; B) No tiene relación con la directa; C) No tienen relación con la directa; D), E), F) y G) No tienen relación con la directa; L), LL), M), N), Ñ), O), P) y Q) No tiene relación con la directa. C. de legales todas las demás repreguntas, por lo que a continuación y estando presentes los testigos, se les procede a tomarles la protesta de ley, haciéndoles saber de las penas en que incurren las personas que declaran con falsedad ante una autoridad judicial, a lo que manifestaron quedar debidamente entendidos y producirse con la verdad en los hechos a declarar, agregando además no ser amigos ni enemigos de las partes, no tener interés en el presente juicio, por lo que previa separación de dichos testigos, se tiene presente al primero de ellos ..."


En cuanto al primer testigo J.D.L.A.D., dio respuesta al interrogatorio de la manera siguiente: "A la primera directa. Que sí la conoce, porque fue clienta del Banco Nacional de México, y el de la voz fue un funcionario de ese banco, ahí trabajó. A las repreguntas: A) Desde hace catorce años aproximadamente; D) Como clienta del banco; E) Como quince veces aproximadamente; F) Que en el número novecientos veinticuatro de la calle Dos Oriente; G) Como clienta del Banco Nacional de México, donde fue funcionario bancario. A la segunda directa. Que sí lo conoce, porque fueron vecinos y tendrá como treinta años aproximadamente que lo conoce de vista. A las repreguntas: A) Desde hace aproximadamente treinta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR