Sentencia dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 94/2020, así como los Votos Concurrente del señor Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, Particular y Aclaratorio del señor Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, Particular del señor Ministro Presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, y Aclaratorio de la señora Ministra Ana Margarita Ríos Farjat.

Fecha de publicación12 Julio 2021
SecciónUNICA. Poder Judicial
SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 94/2020, así como los Votos Concurrente del señor Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, Particular y Aclaratorio del señor Ministro
SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 94/2020, así como los Votos Concurrente del señor Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, Particular y Aclaratorio del señor Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, Particular del señor Ministro Presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, y Aclaratorio de la señora Ministra Ana Margarita Ríos Farjat. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 94/2020
PROMOVENTE: COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
MINISTRO PONENTE: LUIS MARÍA AGUILAR MORALES
SECRETARIA: MARÍA CRISTINA VILLEDA OLVERA
COLABORÓ: STEPHANIE VIART JIMÉNEZ
Sentencia del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dictada en la Ciudad de México el treinta de noviembre de dos mil veinte.
VISTOS, para resolver, los autos correspondientes a la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos contra diversos numerales de las Leyes de Ingresos de los Municipios de Piedras Negras, Ramos de Arizpe, Saltillo, Torreón, Guerrero, Monclova, Morelos, Múzquiz, Nava, Parras, Viesca, Villa Unión, Zaragoza, Abasolo, Arteaga, Candela, Escobedo, Francisco I. Madero, Frontera, Hidalgo, Jiménez, Juárez, Lamadrid, Matamoros, Nadadores, Ocampo, Progreso, Sabinas, Sacramento, San Buenaventura, San Juan de Sabinas, San Pedro, Sierra Mojada, Acuña, Allende, Castaños, Cuatro Ciénegas de Carranza, General Cepeda, todos del Estado de Coahuila de Zaragoza, correspondientes al ejercicio fiscal de dos mil veinte.
RESULTANDO
(1) I. Presentación de la acción, autoridades emisora y promulgadora y normas impugnadas. Mediante escrito presentado el veintisiete de enero de dos mil veinte, en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, María del Rosario Piedra Ibarra, en su calidad de Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, promovió la presente acción de inconstitucionalidad, en la que solicitó la invalidez de diversas porciones de las leyes de ingresos para el ejercicio fiscal de dos mil veinte, de distintos municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, emitidas y promulgadas, respectivamente, por el Congreso y el Gobernador, ambos de dicha entidad, las cuales se precisan a continuación:
a) Relacionados con el principio de gratuidad en el acceso a la información.
- Artículo 27, fracción II, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Piedras Negras.
- Artículo 33, fracción IX, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Ramos de Arizpe.
- Artículo 13, fracción I (sic), sección "transparencia", en las porciones normativas "copia tamaño carta u oficio 7.26", "copia a color 29.03", y 32, fracción VI, incisos a), b), c), d) y e) de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Saltillo.
- Artículos 42, fracción IV, numerales 1, 3 y 4; 51, numeral 14, números 1 y 3, de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Torreón.
- Artículo 27, fracción VIII, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Guerrero.
- Artículo 39, fracción XI, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Monclova.
- Artículo 35, fracción VI, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Morelos.
- Artículo 28, fracción III, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Múzquiz.
- Artículo 37, fracción X, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Nava.
- Artículo 30, fracción II, numeral 14, inciso c) de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del
Municipio de Parras.
- Artículo 33, fracción V, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Viesca.
- Artículo 25, fracción IV, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Villa Unión.
- Artículo 25, fracción VI, numeral 2 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Zaragoza.
- Artículo 16, fracción II, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Abasolo.
- Artículo 27, fracción IV, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Arteaga.
- Artículo 22, fracción IV, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Candela.
- Artículo 20, fracción IV, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Escobedo.
- Artículo 33, fracción IX, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Francisco I. Madero.
- Artículo 22, fracción VI, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Frontera.
- Artículo 18, fracción V, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Hidalgo.
- Artículo 34, fracción VIII, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Jiménez.
- Artículo 20, fracción V, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Juárez.
- Artículo 21, fracción IV, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Lamadrid.
- Artículo 35 (sic), fracción V, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Matamoros.
- Artículo 29, fracción IV, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Nadadores.
- Artículo 19, fracción VI, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Ocampo.
- Artículo 32, fracción VI, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Progreso.
- Artículo 41, fracción IV, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Sabinas.
- Artículo 25, fracción III, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Sacramento.
- Artículo 28, fracción IV, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de San Buenaventura.
- Artículo 35, fracción II, numeral 3 (sic) de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de San Juan de Sabinas.
- Artículo 37, fracción VI, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de San Pedro.
- Artículo 21, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Sierra Mojada.
- Artículo 267 (sic), numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Acuña.
- Artículo 28, fracción IV, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Allende.
- Artículo 33, fracción VI, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Castaños.
- Artículo 33, fracción VI, de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Cuatro Ciénegas de Carranza.
- Artículo 24, fracción VI, numeral 3 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de General de Cepeda.
b) Por establecer infracciones por conductas indeterminadas o imprecisas
- Artículo 61, numeral 188 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Torreón.
- Artículo 42, fracciones I, numerales 1, 3 y 4, II, numeral 8, III, numerales 1, 2 y 3, y VI, numerales 3 y 4 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Guerrero.
- Artículo 52, fracción XXVII, numerales 41, 42, 43 y 45 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Nava.
- Artículo 46, fracción XII, numeral 27 de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020 del Municipio de Parras.
- Artículo 46, numerales 3 y 6, de la Ley de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR