Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 29-09-2021 (AMPARO EN REVISIÓN 531/2020)

EmisorSEGUNDA SALA
PonenteLUIS MARÍA AGUILAR MORALES
Sentido del fallo29/09/2021 • SE REVOCA LA SENTENCIA RECURRIDA. • LA JUSTICIA DE LA UNIÓN NO AMPARA NI PROTEGE A LA PARTE QUEJOSA. • SE RESERVA JURISDICCIÓN AL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CONOCIMIENTO.
Número de expediente531/2020
Fecha29 Septiembre 2021
Tipo de AsuntoAMPARO EN REVISIÓN
Sentencia en primera instanciaJUZGADO NOVENO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN LA CIUDAD DE MÉXICO (EXP. ORIGEN: J.A. 711/2018),DÉCIMO SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO (EXP. ORIGEN: R.A. 488/2019))

AMPARO EN REVISIÓN 531/2020

QUEJOSO: A.N.G.

RECURRENTES: QUEJOSO, AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN Y OTRAS AUTORIDADES



ponente: MINISTRO L. maría aguilar morales

SECRETARIO: JAVIER EDUARDO ESTREVER RAMOS

Colaboró: claudia cristina cameras selvas



Ciudad de México. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente a la sesión del día veintinueve de septiembre del dos mil veintiuno, emite la siguiente:

S E N T E N C I A

Que resuelve los autos relativos al amparo en revisión 531/2020 interpuesto, entre otros, por A.N.G., contra la sentencia dictada por la secretaria en funciones del Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, en audiencia constitucional y terminada de engrosar el veintiséis de septiembre de dos mil diecinueve, en el juicio de amparo indirecto 711/2018.

  1. ANTECEDENTES

  1. PRIMERO. Demanda de amparo indirecto. Por escrito presentado el veintidós de junio de dos mil dieciocho en la oficina de correspondencia común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, A.N.G. demandó el amparo y la protección de la justicia federal contra las autoridades y los actos que a continuación se indican:

III. AUTORIDAD RESPONSABLE:

a) El Director General Adjunto de Verificación Patrimonial de la Secretaría de la Función Pública; y,

b) El Dirección de Verificación Patrimonial ‘A’ de la Dirección General Adjunta de Verificación Patrimonial de la Secretaría de la Función Pública.

c) Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos.

IV. ACTOS RECLAMADOS:

1.- La resolución dictada en autos del expediente VP/005/2018 de fecha veintisiete de mayo de dos mil dieciocho, de cuya existencia me enteré al notificárseme el oficio DG/DGAVP/DVPA/311/049/2018 de fecha catorce de junio de dos mil dieciocho, así como su ausencia de notificación. Estos actos se le atribuyen a las dos autoridades mencionadas en el capítulo próximo anterior de este escrito inicial…” (sic)

  1. SEGUNDO. Derechos fundamentales violados. El quejoso señaló como derechos fundamentales violados los contenidos en los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; relató los antecedentes del caso y expresó los conceptos de violación que estimó pertinentes.

  2. TERCERO. Admisión, trámite y ampliaciones. La demanda se turnó al Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México y, por acuerdo de veintiséis de junio de dos mil dieciocho, entre otros aspectos, la registró con el consecutivo 711/2018, la admitió a trámite, solicitó los informes con justificación y dio al representante social adscrito la intervención que le compete.

  3. Posteriormente, el diecisiete de agosto de ese año, el quejoso presentó un escrito por el que amplió la demanda, en esta ocasión identificó como autoridades responsables al Director General de Rresponsabilidades y Verificación Patrimonial y al titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos, ambos de la Secretaría de la Función Pública, respecto de los siguientes actos:

I) …la omisión de declarar la caduco del procedimiento administrativo seguido en el expediente VP/005/2017; y,

II) Las resoluciones dictadas en autos del expediente VP/005/2017 y contenidas en los oficios de fechas treinta y uno de mayo y veinte de junio de dos mil dieciocho, a través de la cual se dio por terminado el procedimiento que me fue seguido con fundamento en los artículos 41 y 42 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos(sic).

  1. Previo desahogo del requerimiento formulado, el tres de septiembre de dos mil dieciocho se tuvo por ampliada la demanda y se ordenó emplazar a las responsables para los efectos relativos.

  2. En atención a la información que se obtuvo de los informes justificados, el diecisiete de enero de dos mil diecinueve, el quejoso amplió por segunda ocasión, la demanda de amparo; lo que hizo en los siguientes términos:

AUTORIDADES RESPONSABLES:

  1. El H. Congreso de la Unión;

  2. El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos;

  3. La Directora de Verificación Patrimonial “A” adscrita a la Dirección General Adjunta de Verificación Patrimonial de la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial de la Secretaría de la Función Pública; y,

  4. Titular de la Unidad Especializada de Investigación de Delitos Cometidos por Servidores Públicos y contra la Administración de Justicia.

ACTOS RECLAMADOS:

  1. A las autoridades referidas como a) y b) en el apartado inmediato anterior de esta demanda se les reclama la inconstitucionalidad de los artículos 41 y 42 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, vigente al momento de los hechos por los cuales fueron determinadas presuntas incongruencias dentro del procedimiento de verificación patrimonial seguido en contra el quejoso, en su carácter de heteroaplicativa, cuyo primer acto de aplicación se concretizó en la resolución administrativa de fecha treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho, dictada dentro del expediente VP/005/2017; y,

  2. De la autoridad precisada como c) se reclama la emisión de la resolución administrativa de fecha treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho, dictada dentro del expediente VP/005/2017.

  3. De la autoridad precisada como d) se le reclama la ejecución de la resolución administrativa de fecha treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho, dictada dentro del expediente VP/005/2017.

  1. Lo que se admitió a trámite en acuerdo de veintiuno de enero de dos mil diecinueve por lo que, entre otras cuestiones, se solicitaron los informes justificados relativos.

  2. CUARTO. Audiencia constitucional y sentencia. Seguidos los trámites legales, el veintisiete de junio de dos mil diecinueve tuvo verificativo la audiencia constitucional que concluyó el veintiséis de septiembre siguiente en que la secretaria en funciones del Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, determinó:

PRIMERO. Se sobresee en el juicio de amparo en el juicio de amparo (sic) promovido por Alonso Noyola Gómez, por las autoridades y actos precisados en los considerando tercero y quinto de esta sentencia.

SEGUNDO. La Justicia Federal ampara y protege a Alonso Noyola Gómez, contra los actos que reclamó de la Directora de Verificación Patrimonial “A” de la Dirección General Adjunta de Verificación Patrimonial, de la Secretaría de la Función Pública, por los motivos precisados en el considerando sexto de esta sentencia”.

  1. QUINTO. Recurso de revisión y trámite. Inconformes con esa determinación, algunas autoridades responsables y la parte quejosa interpusieron recurso de revisión.

  2. Medio de impugnación del que correspondió conocer al Decimoséptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y que el veintiocho de octubre de dos mil diecinueve se admitió a trámite y se identificó con el número 488/2019.

  3. En sesión correspondiente al cuatro de septiembre de dos mil veinte, el tribunal colegiado dictó resolución en la que, superados los presupuestos de legitimación y oportunidad, puntualizó que no sería materia de análisis el sobreseimiento decretado respecto de los actos atribuidos a las autoridades responsables identificadas como titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Directora General Adjunta de Verificación Patrimonial Adjunta de Verificación Patrimonial, ambos de la Secretaría de la Función Pública1 y contra el titular de la Unidad Especializada de Investigación de Delitos Cometidos por Servidores Públicos y en Contra de la Administración de Justicia2.

  4. Luego, procedió al análisis de los agravios y, por cuestión de técnica, revisó en primer lugar aquellos que se vinculan con la impugnación del sobreseimiento decretado por el órgano jurisdiccional de origen en relación con el oficio citatorio DG/DGAVP/311/130/2017 de catorce de julio de dos mil diecisiete, sobreseimiento que se hizo extensivo a la inconstitucionalidad de los artículos 41 y 42 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

  5. En torno a ese tópico, la parte quejosa consideró que fue incorrecta la determinación asumida por la autoridad jurisdiccional dado que contrario a lo resuelto, no puede estimarse extemporánea su impugnación dado que la hizo valer como una violación procesal controvertida al emitirse la resolución final del procedimiento; por ende, como lo hizo, era el momento para impugnar la inconstitucionalidad de la norma pues el acto de aplicación lo fue precisamente esa determinación. Incluso, destacó, contra el oficio citatorio no procede el juicio de amparo.

  6. Esos agravios fueron calificados como fundados.

  7. Lo anterior, señaló el tribunal colegiado, pues al analizar el contenido de los artículos 41 a 47 de la legislación federal en comento se obtiene que regulan el procedimiento con que cuenta la Secretaría de la Función Pública para investigar el patrimonio de los servidores públicos y la forma en que se desahoga.

  8. Apuntó que, si bien no se concluye con una resolución que imponga alguna sanción al servidor público, la declaratoria que se emite en términos del ordinal 46 de ese cuerpo legal, sienta las bases para instaurar una investigación de índole penal. Aunado a ello, constituye una resolución administrativa que pone fin a un procedimiento de esa naturaleza y, por ese simple...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex