Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 01-06-2016 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4968/2014)

Sentido del fallo01/06/2016 1. SE CONFIRMA LA SENTENCIA RECURRIDA. 2. NIEGA EL AMPARO.
EmisorPRIMERA SALA
Tipo de AsuntoAMPARO DIRECTO EN REVISIÓN
Fecha01 Junio 2016
Número de expediente4968/2014
Sentencia en primera instanciaPRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMOSÉPTIMO CIRCUITO (EXP. ORIGEN: A.D. 117/2014 (AUXILIAR 632/2014)))

Rectangle 2 AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4968/2014




amparo DIRECTO en revisión 4968/2014

quejoso: **********








VISTO BUENO

SR. MINISTRO


ministrO ponente: jorge marIO pardo rebolledo.

SECRETARIA: M.V.S.M..




Ciudad de México. Acuerdo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación correspondiente al día uno de junio de dos mil dieciséis.


V I S T O S para resolver los autos relativos al amparo directo en revisión 4968/2014, en contra de la sentencia dictada por el Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, en el juicio de amparo directo **********. (Expediente auxiliar **********)


R E S U L T A N D O

PRIMERO. Antecedentes:

  1. Juicio Sumario Civil.

Demanda inicial. El asunto tiene su origen en un juicio en el que **********, por su propio derecho, demandó de **********, del Juzgado Segundo de lo Civil del Distrito Judicial de Bravos, del Titular de la Notaría Pública Número Dieciséis y del Registro Público de la Propiedad, todos de Ciudad Juárez, Chihuahua, las siguientes prestaciones:

a).- Que se declare mediante sentencia firme, con todas sus consecuencias legales la NULIDAD E INEXISTENCIA ABSOLUTA DE TODAS LAS ACTUACIONES DEL JUICIO SUMARIO CIVIL, promovido por la C. **********, EN CONTRA DE LOS SUSCRITOS que obra radicado ante el Juzgado Segundo de lo Civil bajo el Expediente No. ********** en virtud de que el PROCEDIMIENTO MISMO FUE FRAUDULENTO POR VIOLARSE LAS REGLAS ESENCIALES DE PROCEDIMIENTO SEÑALADAS EN EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO, FALTA DE FUNDAMENTACIÓN DE LA DEMANDA, FALTA DE IDENTIDAD DEL PREDIO MATERIA DE ESE JUICIO, FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTALES PÚBLICAS Y PRIVADAS DE SUSTANCIAL IMPORTANCIA EN EL JUICIO **********, USURPACIÓN DE PERSONA, ASÍ COMO LA VIOLACIÓN DE LAS LEYES DE FONDO RELATIVAS, conforme a los términos de los Artículos 2107, 2108, 2109, 2111, 2112, 2113, 2114 y 2119 del Código Sustantivo Civil vigente en el Estado.

b).- Que consecuentemente se decrete mediante sentencia firme, a la primer demandada **********, A RESTITUIR AL SUSCRITO LO QUE RECIBIÓ O PERCIBIÓ EN VIRTUD O COMO CONSECUENCIA DE LOS ACTOS JURÍDICOS ANULADOS, conforme a lo ordenado por el artículo 2122 del Código Civil del Estado.

c).- Que consecuentemente se decrete mediante sentencia firme, que todos los DERECHOS REALES O PERSONALES, transmitidos a tercero sobre el bien inmueble inscrito bajo el número ********** folios **********, libro ********** de la Sección Primera del Registro Público de la Propiedad de esta Ciudad de este Distrito Judicial, y que fueron transmitidos al primero de los demandados ********** quedan sin NINGÚN VALOR E INSUBSISTENTES, en virtud o como consecuencia de la NULIDAD DE LOS ACTOS JURÍDICOS, por los cuales le fueron transmitidos dichos DERECHOS REALES O PERSONALES conforme a los términos del artículo 2125 del Código Civil del Estado.

d).- Que como consecuencia se declare mediante sentencia firme con todas sus consecuencias legales la NULIDAD ABSOLUTA Y TOTAL de la inscripción No. **********, FOLIO ********** LIBRO ********** de la Sección Primera del Registro Público de la Propiedad de esta ciudad, en virtud de haber sido declarada la NULIDAD DEL TÍTULO en cuya virtud se realizó la mencionada inscripción, conforme a los términos de la Fracción III del Artículo 2924 del Código Civil del Estado.

e).- Que consecuentemente se condene mediante sentencia firme al primero de los demandados a pagar al suscrito los DAÑOS Y PERJUICIOS causados con los ACTOS ILÍCITOS REALIZADOS POR DICHO DEMANDADO EN EL JUICIO ORDINARIO CIVIL, RADICADO BAJO EL EXPEDIENTE No. **********, DEL ÍNDICE DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, conforme a lo establecido por el Artículo 1795 del Código Civil del Estado.

f).- Que se condene a la primera demandada a pagar al suscrito LOS GASTOS Y COSTAS del presente juicio, conforme a los términos de los artículos 2001 del Código Civil del Estado y 145 del Código de Procedimientos Civiles en vigor.”


El conocimiento del asunto correspondió al Juez Sexto de lo Civil del Distrito Judicial Bravos, con sede en Ciudad Juárez, C., quien la admitió a trámite y la registró bajo el número de expediente **********.


1.1 Sentencia de Primera Instancia. El siete de agosto de dos mil doce, el juez del conocimiento dictó resolución en la que determinó que el actor no comprobó los elementos de su acción, consecuentemente determinó que no había lugar a decretar la nulidad del juicio concluido por sentencia debidamente ejecutoria (sic) respecto del expediente ********** promovido por ********** en contra de ********** ante el Juzgado Segundo de lo Civil del Distrito Judicial Bravos, C.. No hizo especial condenación al actor en el pago de los gastos y costas originados en esa instancia.


  1. Segunda Instancia. Inconforme **********, interpuso recurso de apelación del que conoció la Sala Civil Regional del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Chihuahua, quien con fecha veintinueve de noviembre de dos mil trece, dictó el fallo reclamado, en el cual decidió confirmar la sentencia recurrida y condenó a la recurrente y al actor en el principal, al pago de costas en ambas instancias.


SEGUNDO. Presentación y trámite de la demanda de amparo. Por escrito presentado el nueve de enero de dos mil catorce ante la Sala Civil Regional del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Chihuahua, **********, promovió demanda de amparo directo en contra de las autoridades y por el acto que a continuación se precisan:


Autoridades responsables:

  • O..

Magistrado de la Sala Civil Regional del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado de Chihuahua.


  • Ejecutora.


Juez Sexto de lo Civil del Distrito Judicial de Bravos, en Ciudad Juárez, C..


Acto reclamado:


  • La sentencia de veintinueve de noviembre de dos mil trece, emitida en el toca de apelación ********** y su ejecución.


Por razón de turno correspondió conocer de la demanda al Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito, en Ciudad Juárez, C., y el presidente de ese órgano jurisdiccional, con fecha catorce de febrero de dos mil catorce la admitió a trámite y la registró con el número de amparo directo **********.1

Remisión de la demanda de amparo al tribunal auxiliar. Por oficio STCCNO/762/2014, de veinticuatro de febrero de dos mil catorce, el Secretario Técnico de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, determinó que el Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito, con sede en Ciudad Juárez, C., recibiera el apoyo del Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con residencia en esa ciudad, para el dictado de sentencias en los asuntos de su conocimiento.

En virtud de lo anterior, el citado Tribunal Colegiado auxiliado, por diverso acuerdo de nueve de junio de dos mil catorce, ordenó la remisión del asunto al Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con residencia en Saltillo, Coahuila de Zaragoza, quien la registró con el número de expediente auxiliar ********** y seguidos los trámites legales, dictó sentencia en sesión de veintiuno de agosto de dos mil catorce en la que determinó negar el amparo al quejoso.2

TERCERO. Interposición del recurso de revisión. Mediante escrito presentado el tres de octubre de dos mil catorce, ante el Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito en Ciudad Juárez, C., **********, por su propio derecho, interpuso recurso de revisión.


En diverso escrito presentado el seis de octubre de dos mil catorce, ante el Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, **********, por su propio derecho, presentó ampliación del recurso de revisión.


Por auto de siete de octubre de dos mil catorce, el Presidente del Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito, en Ciudad Juárez, tuvo por interpuesto el recurso de revisión y su ampliación, y ordenó remitir los autos del juicio de amparo y el escrito de expresión de agravios a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.3


CUARTO. Trámite del recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Con la remisión anterior, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por auto de veintitrés de octubre de dos mil catorce, tuvo por recibidos los escritos de referencia y al advertir que las firmas que los calzan difieren notablemente de las que obran en las actuaciones del juicio de amparo, requirió al promovente para que ante la presencia judicial y en el plazo de tres días exprese si ratifica o no las firmas que calzan esos escritos, así como su contenido, con el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR