Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 18-02-2015 (CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 81/2014)

Sentido del fallo18/02/2015 • ES PARCIALMENTE PROCEDENTE PERO INFUNDADA LA PRESENTE CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. • SE SOBRESEE EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. • SE DECLARA LA VALIDEZ DEL DESCUENTO.
Tipo de AsuntoCONTROVERSIA CONSTITUCIONAL
Número de expediente81/2014
EmisorSEGUNDA SALA
Fecha18 Febrero 2015

Rectángulo 9 CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL NÚMERO 81/2014.



CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL NÚMERO 81/2014.

ACTOR: MUNICIPIO DE JANTETELCO, ESTADO DE MORELOS.



PONENTE: MINISTRO JOSÉ F.F.G.S..

SECRETARIA: M.A.S.M..

COLABORÓ: LIZBETH bERENICE mONTEALEGRE rAMÍREZ.


Vo. Bo.

MINISTRO:



México, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día dieciocho de febrero de dos mil quince.



COTEJÓ:

V I S T O S; y,

R E S U L T A N D O:


PRIMERO. Demanda. Por escrito presentado el veinticinco de agosto de dos mil catorce en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, Nicolás Flores López, en su carácter de Síndico Municipal del Ayuntamiento Constitucional de Jantetelco, Estado de Morelos, promovió controversia constitucional en contra del Poder Ejecutivo de dicho Estado, por los actos que a continuación se señalan:

  1. La invalidez de las órdenes e instrucciones giradas por el Poder Ejecutivo, a efecto de retener al Municipio actor, sus Participaciones Federales y del Fondo de Fomento Municipal.


  1. La retención ilegal de las Participaciones Federales y del Fondo de Fomento Municipal, efectuadas por el Poder Ejecutivo y su correspondiente entrega al Municipio actor, con los intereses que correspondan.



SEGUNDO. Antecedentes. Como antecedentes de los actos cuya invalidez se reclama, el Municipio actor narró los siguientes:


1°.- El suscrito resultó electo con el carácter de Síndico Municipal de Jantetelco, M., con motivo de la renovación de las autoridades municipales, iniciando mi gestión el día 1° de Enero de 2013, lo cual se acredita mediante la constancia de Mayoría expedida por el Instituto Estatal Electoral de Morelos, la cual se adjunta en copia certificada.

2°.- Con fecha 20 de Diciembre de 2013, se publicó en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad", órgano de difusión del Gobierno del Estado de Morelos, el Presupuesto de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2014. Gaceta que incluso puede ser visualizada en la página de internet con dirección: http://periodico.morelos.gob.mx/periódicos/2013/5150_SUMARIO.pdf, la que pido se tome en cuenta al momento de resolver y cuyo ejemplar además se anexa al presente escrito en original.

3°.- Conforme a dicho calendario, con fecha 13 de marzo del año en curso, la Tesorería Municipal de Jantetelco, M., entrega al Ejecutivo del Estado la factura electrónica número T-16, por la cantidad de $1’375,378.00 (UN MILLÓN TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL TRECIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.), por concepto del anticipo de participaciones correspondientes al mes de marzo del presente año, con el desglose siguiente:



Concepto

Importe

Fondo General de Participaciones

$940,737.00

Fondo de Fomento Municipal

$358,461.00

Impuesto Especial sobre Producción Servicios

$30,259.00

,

Tenencia Vehicular

$2,250.00

Impuesto sobre Automóviles Nuevos

$13,671.00



TOTAL



$1’375,378.00




5°.- Con fecha 4 de marzo del año en curso, el Gobierno del Estado de Morelos, efectuó a la Cuenta Bancaria del Municipio actor, el depósito de las participaciones federales (anticipo) correspondiente a las participaciones correspondientes al mes de marzo del presente por la cantidad de $1’178,155.77, en lugar de la cantidad de $1’375,378.00, que correspondían al Municipio actor, por concepto de anticipo de participaciones.

Es decir, el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Hacienda, retuvo al Municipio actor indebidamente, la cantidad de $ 197,222.23.

El depósito efectuado a favor del Municipio, no cubre siquiera el importe del Fondo de Fomento Municipal, el que de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal, corresponde el 100% al Municipio.

6°.- Conforme a dicho calendario, con fecha 15 de abril del año en curso, la Tesorería Municipal de Jantetelco, M., entregó al Ejecutivo del Estado la factura electrónica T 32, por la cantidad de $1’249,667.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.), por concepto del anticipo de participaciones correspondientes al mes de abril del presente año, con el desglose siguiente:



Concepto

Importe

Fondo General de Participaciones

$883,393.00

Fondo de Fomento Municipal

$333,724.00

Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

$15,717.00

Tenencia Vehicular

$1,400.00

Impuesto sobre Automóviles Nuevos

$15,433.00



TOTAL



$1’249,667.00




7°.- Con fecha 15 de abril del año en curso, el Gobierno del Estado de Morelos, efectuó a la Cuenta Bancaria del Municipio actor, el depósito de las participaciones federales (anticipo) correspondiente a las participaciones correspondientes al mes de abril del presente por la cantidad de $1’053,833.66, en lugar de la cantidad de $1’249,667.00, que correspondían al Municipio actor, por concepto de anticipo de participaciones.

Es decir, el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Hacienda, retuvo al Municipio actor indebidamente, la cantidad de $ 195,833.34.

El depósito efectuado a favor del municipio, no cubre siquiera el importe del Fondo de Fomento Municipal, el que de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal, corresponde el 100% al Municipio.

8°.- Conforme a dicho calendario, con fecha 16 de mayo del año en curso, la Tesorería Municipal de Jantetelco, M., entregó al Ejecutivo del Estado el recibo de pago No. T- 46, por la cantidad de $1’240,545.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), por concepto del anticipo de participaciones correspondientes al mes de mayo del presente año, con el desglose siguiente:

Concepto

Importe

Fondo General de Participaciones


$878,971.00

Fondo de Fomento Municipal

'

$332,502.00

Impuesto Especial sobre Producción Servicios


$16,705.00

Tenencia Vehicular


$1,144.00

Impuesto sobre Automóviles Nuevos


$11,223.00

TOTAL


$1’240,545.00

9°.- Con fecha 14 de mayo del año en curso, el Gobierno del Estado de Morelos, efectuó a la Cuenta Bancaria del Municipio actor, el depósito de las participaciones federales (anticipo) correspondiente a las participaciones correspondientes al mes de mayo del presente por la cantidad de $1’046,100.55, en lugar de la cantidad de $1’240,545.00, que correspondían al Municipio actor, por concepto de anticipo de participaciones.

Es decir, el Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Hacienda, retuvo al municipio actor indebidamente, la cantidad de $ 194,444.45.

El depósito efectuado a favor del Municipio, no cubre siquiera el importe del Fondo de Fomento Municipal, el que de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal, corresponde el 100% al Municipio.

10°.- Conforme a dicho calendario, con fecha 12 de junio del año en curso, la Tesorería Municipal de Jantetelco, M., entregó al Ejecutivo del Estado la factura electrónica No. N 221, por la cantidad de $1’273,618.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS DIECIOCHO PESOS 00/100 M.N.), por concepto del anticipo de participaciones correspondientes al mes de mayo del presente año, con el desglose siguiente:

Concepto

Importe

Fondo General de Participaciones

$906,6...

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